III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-11596)
Resolución de 23 de mayo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de BSH Electrodomésticos España, SA, Servicio BSH al cliente, Zona 1 para los centros de trabajo en La Coruña, Orense, Oviedo y Vigo.
58 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 7 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 66717
Facturación total (FG y G) Porcentaje
>160.000
14,60
>170.000
14,65
>180.000
14,70
>190.000
14,75
>200.000
14,80
● A la hora de determinar el porcentaje de repesca de acuerdo a la escala indicada
en el punto anterior, se tendrá en cuenta, única y exclusivamente a los efectos de la
determinación del porcentaje (por lo tanto, no se considerará para el cálculo de la
repesca si la hubiere), la facturación de los boletines de reparación de aparatos de la
marca Gaggenau.
● Una vez conocido el porcentaje máximo de prima definitivo a aplicar a cada
técnico reparador (grupo 3 nivel D) de manera individual, se procederá a calcular
nuevamente, mes a mes, las primas de reparación de asistencia del año en cuestión, y
de acuerdo a los mismos datos de facturación, objetivos, etc., pero considerando el
nuevo porcentaje máximo de prima que resultare de aplicación de acuerdo a la escala
indicada anteriormente.
● La repesca consistirá, por tanto, en una cantidad igual a la diferencia entre las
primas de reparación y asistencia que resulten abonar por aplicación del nuevo
porcentaje máximo de prima y las inicialmente abonadas.
● Las cantidades a abonar en concepto de repesca, se abonarían de manera
individual en una única paga en enero de cada uno de los años 2024, 2025, 2026
y 2027.
– Retribución boletines Gaggenau: los boletines de reparación de electrodomésticos
de la marca Gaggenau, se retribuirán con una cantidad fija por boletín que será de:
● 20 euros en el caso de boletines en garantía.
● 30 euros en el caso de boletines fuera de garantía.
En el supuesto de que la cantidad resultante de multiplicar los boletines Fuera de
Garantía y Garantía de Gaggenau realizados en el mes, por las cantidades antes
mencionadas, supere el 18,5 % de la facturación neta total por los avisos de reparación
de dicha marca realizados en el mismo mes, la prima a abonar será igual al 18,5 % de la
facturación neta total mensual de dichos avisos.
La facturación y las UT’s correspondientes a los boletines Gaggenau se descontarán
de la facturación neta mensual Fuera y dentro de Garantía, así como de las UT’s
facturadas, a efectos del cálculo de las primas de reparación y asistencia reguladas en el
presente artículo. Del mismo modo, y a efectos del cálculo del ajuste de primas (y en su
caso de la repesca), dicha facturación se descontará igualmente de la suma total
mensual de los ingresos netos individuales en garantía y fuera de garantía.
Por boletín Gaggenau, a los efectos de la remuneración descrita en el presente
artículo, se entenderán todas las reparaciones realizadas y terminadas en los aparatos
de la mencionada marca, incluidas puestas en marcha. Quedan expresamente excluidos
los boletines de canje, los TI 31-, y las reparaciones especiales.
Por otro lado, en aquellos supuestos en que para la realización de una reparación de
un electrodoméstico de la marca Gaggenau sea necesaria la ayuda de otro técnico
reparador, estas ayudas no se remunerarán vía boletín, sino que se considerarán a los
efectos del pago de las variables de reparación y asistencia como tiempo improductivo,
abonándose por dichos trabajos una prima igual a la recogida en el artículo 25.a).1.e)
(prima permiso retribuido), en su parte proporcional.
cve: BOE-A-2024-11596
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 138
Viernes 7 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 66717
Facturación total (FG y G) Porcentaje
>160.000
14,60
>170.000
14,65
>180.000
14,70
>190.000
14,75
>200.000
14,80
● A la hora de determinar el porcentaje de repesca de acuerdo a la escala indicada
en el punto anterior, se tendrá en cuenta, única y exclusivamente a los efectos de la
determinación del porcentaje (por lo tanto, no se considerará para el cálculo de la
repesca si la hubiere), la facturación de los boletines de reparación de aparatos de la
marca Gaggenau.
● Una vez conocido el porcentaje máximo de prima definitivo a aplicar a cada
técnico reparador (grupo 3 nivel D) de manera individual, se procederá a calcular
nuevamente, mes a mes, las primas de reparación de asistencia del año en cuestión, y
de acuerdo a los mismos datos de facturación, objetivos, etc., pero considerando el
nuevo porcentaje máximo de prima que resultare de aplicación de acuerdo a la escala
indicada anteriormente.
● La repesca consistirá, por tanto, en una cantidad igual a la diferencia entre las
primas de reparación y asistencia que resulten abonar por aplicación del nuevo
porcentaje máximo de prima y las inicialmente abonadas.
● Las cantidades a abonar en concepto de repesca, se abonarían de manera
individual en una única paga en enero de cada uno de los años 2024, 2025, 2026
y 2027.
– Retribución boletines Gaggenau: los boletines de reparación de electrodomésticos
de la marca Gaggenau, se retribuirán con una cantidad fija por boletín que será de:
● 20 euros en el caso de boletines en garantía.
● 30 euros en el caso de boletines fuera de garantía.
En el supuesto de que la cantidad resultante de multiplicar los boletines Fuera de
Garantía y Garantía de Gaggenau realizados en el mes, por las cantidades antes
mencionadas, supere el 18,5 % de la facturación neta total por los avisos de reparación
de dicha marca realizados en el mismo mes, la prima a abonar será igual al 18,5 % de la
facturación neta total mensual de dichos avisos.
La facturación y las UT’s correspondientes a los boletines Gaggenau se descontarán
de la facturación neta mensual Fuera y dentro de Garantía, así como de las UT’s
facturadas, a efectos del cálculo de las primas de reparación y asistencia reguladas en el
presente artículo. Del mismo modo, y a efectos del cálculo del ajuste de primas (y en su
caso de la repesca), dicha facturación se descontará igualmente de la suma total
mensual de los ingresos netos individuales en garantía y fuera de garantía.
Por boletín Gaggenau, a los efectos de la remuneración descrita en el presente
artículo, se entenderán todas las reparaciones realizadas y terminadas en los aparatos
de la mencionada marca, incluidas puestas en marcha. Quedan expresamente excluidos
los boletines de canje, los TI 31-, y las reparaciones especiales.
Por otro lado, en aquellos supuestos en que para la realización de una reparación de
un electrodoméstico de la marca Gaggenau sea necesaria la ayuda de otro técnico
reparador, estas ayudas no se remunerarán vía boletín, sino que se considerarán a los
efectos del pago de las variables de reparación y asistencia como tiempo improductivo,
abonándose por dichos trabajos una prima igual a la recogida en el artículo 25.a).1.e)
(prima permiso retribuido), en su parte proporcional.
cve: BOE-A-2024-11596
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 138