III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-11596)
Resolución de 23 de mayo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de BSH Electrodomésticos España, SA, Servicio BSH al cliente, Zona 1 para los centros de trabajo en La Coruña, Orense, Oviedo y Vigo.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 138
Viernes 7 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 66707
Comprenden, dependiendo de su evolución, de tres niveles salariales progresivos:
3C-1, 3C-2, 3C-3 y 3D-1, 3D-2 y 3D-3.
Simplemente a título orientativo y para mejor entendimiento de esta nueva
clasificación profesional, se englobarían aquí los actuales puestos de cualquier área o
función en fase de aprendizaje, como los puestos Acoges, Promotores/as,
Demostradores/as y Auxiliares que pasarían a ser Grupo 3 Acoge excepto si han
cumplido ya los períodos de adaptación por nivel.
También a título orientativo, pueden corresponder a los Grupos de Cotización 6, 7, 8
y 9 (Grupo 3 Nivel C Acoge) y Grupos 10 y 11 si los hubiera (Grupo 3 Nivel D Acoge).
21.
Asignación y promoción profesional
Asignación funcional. En virtud del artículo 39 del Estatuto de los Trabajadores, es
función de la Dirección de la empresa asignar el Grupo Profesional que corresponde a
cada función o actividad, atendiendo siempre a las funciones que se realizan y a los
criterios ponderados que aquí se han establecido. Así, los trabajadores/as se integrarán
en los distintos grupos profesionales produciéndose la movilidad funcional en su caso en
el ámbito de los mismos.
Excepto para el Personal denominado Exento, o situaciones excepcionales como
movilidad geográfica y/o funcional de unidades dentro del Grupo BSH u otras que estime
la Dirección, el personal que se incorpore a esta empresa lo hará en el Grupo 3 Nivel C
ACOGE o Grupo 3 Nivel D ACOGE según las funciones para las que haya sido
contratado.
Promoción Profesional. La Dirección de la empresa procurará cubrir las vacantes que
surjan, y que haya decidido no amortizar, a través de la promoción interna de los
trabajadores de plantilla, y ello atendiendo al desempeño del trabajador/a, a su desarrollo
profesional y al grado de cumplimiento que muestra respecto al resto de factores
ponderados que determinan la permanencia a un Grupo Profesional o a otro. No
obstante, y como única limitación, existirá la siguiente promoción automática:
El personal clasificado en el Grupo 3 Nivel C ACOGE o Grupo 3 Nivel D ACOGE:
Transcurrido el período conjunto de 24 meses, será clasificado como mínimo en el
nivel «D» del Grupo 3 si realiza funciones técnicas de reparación y asistencia o en el
nivel C del Grupo 3 si realiza otro tipo de funciones, y una vez alcanzado ese nivel no
será posible la reasignación por parte de la Dirección a niveles ACOGE. A partir de ese
momento podrá optar a niveles superiores si se van adquiriendo y desarrollando los
factores mencionados de Conocimiento, Formación, Adaptación, Iniciativa, Proactividad,
Responsabilidad, Compromiso, Mando, Autonomía, Flexibilidad y Complejidad.
22.
Rotación y polivalencia
Será competencia de la Dirección la rotación funcional y/o geográfica del personal de
cualquiera de los Grupos Profesionales del convenio. En ambos casos, lo pondrá en
conocimiento de los Representantes de los Trabajadores sin que la opinión de estos
cve: BOE-A-2024-11596
Verificable en https://www.boe.es
– Ingresará en el nivel «3», en el que durante 6 meses irá conociendo y
adaptándose a los principales procesos, sistemas, herramientas, medios, productos, etc.
y se comenzará a valorar sus conocimientos y formación externos e internos que para el
desempeño de sus funciones se le van proporcionando.
– Accederá entonces y de manera automática al nivel «2» en el que permanecerá 6
meses para ir poniendo más en práctica los conocimientos, formación y experiencia que
va adquiriendo a la vez que se le continúa valorando su progresivo desempeño.
– Pasará desde ese momento al nivel «1» donde completará durante 12 meses su
período ACOGE y culminando así el período de adquisición de autonomía, iniciativa y
responsabilidad bajo supervisión.
Núm. 138
Viernes 7 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 66707
Comprenden, dependiendo de su evolución, de tres niveles salariales progresivos:
3C-1, 3C-2, 3C-3 y 3D-1, 3D-2 y 3D-3.
Simplemente a título orientativo y para mejor entendimiento de esta nueva
clasificación profesional, se englobarían aquí los actuales puestos de cualquier área o
función en fase de aprendizaje, como los puestos Acoges, Promotores/as,
Demostradores/as y Auxiliares que pasarían a ser Grupo 3 Acoge excepto si han
cumplido ya los períodos de adaptación por nivel.
También a título orientativo, pueden corresponder a los Grupos de Cotización 6, 7, 8
y 9 (Grupo 3 Nivel C Acoge) y Grupos 10 y 11 si los hubiera (Grupo 3 Nivel D Acoge).
21.
Asignación y promoción profesional
Asignación funcional. En virtud del artículo 39 del Estatuto de los Trabajadores, es
función de la Dirección de la empresa asignar el Grupo Profesional que corresponde a
cada función o actividad, atendiendo siempre a las funciones que se realizan y a los
criterios ponderados que aquí se han establecido. Así, los trabajadores/as se integrarán
en los distintos grupos profesionales produciéndose la movilidad funcional en su caso en
el ámbito de los mismos.
Excepto para el Personal denominado Exento, o situaciones excepcionales como
movilidad geográfica y/o funcional de unidades dentro del Grupo BSH u otras que estime
la Dirección, el personal que se incorpore a esta empresa lo hará en el Grupo 3 Nivel C
ACOGE o Grupo 3 Nivel D ACOGE según las funciones para las que haya sido
contratado.
Promoción Profesional. La Dirección de la empresa procurará cubrir las vacantes que
surjan, y que haya decidido no amortizar, a través de la promoción interna de los
trabajadores de plantilla, y ello atendiendo al desempeño del trabajador/a, a su desarrollo
profesional y al grado de cumplimiento que muestra respecto al resto de factores
ponderados que determinan la permanencia a un Grupo Profesional o a otro. No
obstante, y como única limitación, existirá la siguiente promoción automática:
El personal clasificado en el Grupo 3 Nivel C ACOGE o Grupo 3 Nivel D ACOGE:
Transcurrido el período conjunto de 24 meses, será clasificado como mínimo en el
nivel «D» del Grupo 3 si realiza funciones técnicas de reparación y asistencia o en el
nivel C del Grupo 3 si realiza otro tipo de funciones, y una vez alcanzado ese nivel no
será posible la reasignación por parte de la Dirección a niveles ACOGE. A partir de ese
momento podrá optar a niveles superiores si se van adquiriendo y desarrollando los
factores mencionados de Conocimiento, Formación, Adaptación, Iniciativa, Proactividad,
Responsabilidad, Compromiso, Mando, Autonomía, Flexibilidad y Complejidad.
22.
Rotación y polivalencia
Será competencia de la Dirección la rotación funcional y/o geográfica del personal de
cualquiera de los Grupos Profesionales del convenio. En ambos casos, lo pondrá en
conocimiento de los Representantes de los Trabajadores sin que la opinión de estos
cve: BOE-A-2024-11596
Verificable en https://www.boe.es
– Ingresará en el nivel «3», en el que durante 6 meses irá conociendo y
adaptándose a los principales procesos, sistemas, herramientas, medios, productos, etc.
y se comenzará a valorar sus conocimientos y formación externos e internos que para el
desempeño de sus funciones se le van proporcionando.
– Accederá entonces y de manera automática al nivel «2» en el que permanecerá 6
meses para ir poniendo más en práctica los conocimientos, formación y experiencia que
va adquiriendo a la vez que se le continúa valorando su progresivo desempeño.
– Pasará desde ese momento al nivel «1» donde completará durante 12 meses su
período ACOGE y culminando así el período de adquisición de autonomía, iniciativa y
responsabilidad bajo supervisión.