III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-11599)
Resolución de 21 de mayo de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto "Planta fotovoltaica Solaben PV6, de 4,99 MW de potencia instalada, para su hibridación con la planta termosolar existente Solaben 6, de 50 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Cáceres".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 7 de junio de 2024

Sec. III. Pág. 66789

al proyecto. A menos de 2 km están presentes dos LAATs. La presencia de estas
instalaciones implica un impacto sinérgico y acumulativo de destrucción de hábitat
estepario.
Existen numerosas líneas eléctricas a lo largo de todo el ámbito del proyecto, entre
ellas la línea de evacuación utilizada por las plantas termosolares, desde la zona del
proyecto a SE estación de Valdecaballeros. El Plan de Gestión de la ZEC «Dehesas del
Ruecas y Cubilar» y la ZEPA «Vegas del Ruecas, Cubilar y Moheda Alta» recoge como
presiones y factores de amenazas la colisión y electrocución por tendidos eléctricos y
líneas telefónicas aéreas especialmente en días de niebla y por los patrones de
movimiento circadianos de la población de grulla común desde los dormideros hacia las
áreas de alimentación.
El promotor deberá cumplir todas las medidas preventivas, correctoras y
compensatorias y el Plan de Vigilancia del estudio de impacto ambiental, en tanto no
contradigan la presente resolución, y las siguientes condiciones:
Para solicitar la aprobación del proyecto de ejecución, el promotor deberá acreditar al
órgano sustantivo haberlo elaborado con pleno cumplimiento de las condiciones
aplicables especificadas en esta resolución. Asimismo, para iniciar la fase de
explotación, el promotor debe acreditar haber cumplido todas las condiciones y
ejecutado todas las medidas indicadas para el diseño y construcción del proyecto.
Al tratarse de un proyecto de hibridación, las medidas y condiciones deben ir acordes
en su conjunto, coordinadas y relacionadas en lo posible con las establecidas para la
parte termosolar del proyecto.
Si se detectase algún impacto no analizado o cuya magnitud fuera superior a la
evaluada, se comunicará al órgano autonómico competente para la determinación de la
forma de proceder.
Previo a las obras, se realizará un estudio botánico con prospección en los meses de
primavera en la parcela solar que estudie la posible presencia de flora protegida y
Hábitat de Interés comunitario en el proyecto. Así mismo, se llevará a cabo un estudio de
quirópteros, con trabajo de campo en los meses de máxima actividad de esta fauna, con
búsqueda de refugios y grabaciones de ultrasonidos en el entorno de la planta solar y la
línea de evacuación soterrada para comprobar si hay fauna protegida de quirópteros
presentes en la ZEPAES0000408 Vegas del Ruecas, Cubilar y Moheda Alta, tales como
el murciélago mediano de herradura, el murciélago mediterráneo de herradura y el
murciélago ratonero grande. Además, se ejecutará una prospección del terreno para
detectar nidos o camadas de especies amenazadas antes de las obras que será
suministrado a la Dirección General de Sostenibilidad de la Junta de Extremadura. Esa
Dirección General emitirá un informe sobre estos estudios con las medidas que
considere oportunas para la integración ambiental del proyecto para que puedan
iniciarse las obras y deberán ser tenidas en cuenta por el promotor.
Previo a las obras, será necesario realizar una prospección arqueológica intensiva en
la parcela de la planta solar y en el trazado de la línea soterrada que será suministrada a
la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural de la Junta de
Extremadura, que debe emitir informe favorable, incluyendo en su caso medidas
protectoras, correctoras o compensatorias, para que puedan iniciarse las obras.
Se llevará a cabo un seguimiento arqueológico de las obras que impliquen remoción
de tierras por un arqueólogo. Se deberá poner en conocimiento de la Dirección General
de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural de la Junta de Extremadura cualquier
hallazgo durante las mismas. Esa Dirección General será el organismo responsable de
parar las obras o tomar otras medidas para salvaguardar el patrimonio cultural
detectado.
Los seguidores se instalarán mediante hincado en el terreno. No se retirará la tierra
vegetal para implantar los seguidores solares, debiéndose retirar sólo la parte de la capa
indispensable para implantarlos.

cve: BOE-A-2024-11599
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Núm. 138