III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Sistema eléctrico. (BOE-A-2024-11535)
Resolución de 25 de abril de 2024, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se modifican las condiciones relativas al balance y los procedimientos de operación para la participación del sistema eléctrico peninsular español en las plataformas europeas de balance Mari y Picasso.
244 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 137
Jueves 6 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 66332
El OS procederá a publicar el Programa Final (PHF) en el horario fijado en el anexo I
de este procedimiento de operación.
Con posterioridad a cada sesión de subasta del mercado intradiario, en el horario
establecido en el anexo I, los operadores de los sistemas eléctricos portugués y español
establecerán de forma conjunta el programa resultante en la interconexión PortugalEspaña tras las sesiones de subasta del mercado intradiario, al objeto facilitar dicho
programa a la Plataforma de Contratación Continua Europea para el cálculo por parte de
la misma de la capacidad de intercambio disponible en la interconexión Portugal-España
para la negociación en el mercado intradiario continuo.
11.2
Elaboración Programa Final definitivo (PHFC).
Al objeto de elaborar el Programa Final definitivo (PHFC) correspondiente a cada
periodo horario de programación, el OS recibirá la siguiente información:
– De la Plataforma de Contratación Continua Europea: los flujos en las
interconexiones como resultado de las transacciones realizadas en el mercado intradiario
continuo.
– Del OM: Con una anterioridad no inferior a 50 minutos respecto al periodo horario
de inicio de programación, la información referente a las transacciones negociadas por
los participantes en el mercado de la zona de oferta española en el mercado intradiario
continuo. Asimismo, el OS recibirá la información relativa al precio horario de referencia
de la energía gestionada en el mercado intradiario continuo.
– De los PM: Con una anterioridad no inferior a 50 minutos respecto al periodo
horario de inicio de programación, las nominaciones de programas para la
correspondiente ronda por unidad de programación (UP), en aquellos casos en los que
en una misma unidad de oferta (UO) esté integrada por dos o más unidades de
programación.
– En aquellos casos en los que previo a la confirmación de los resultados del
mercado intradiario continuo, el OM publique la anulación de las transacciones
realizadas durante la última ronda.
– En aquellos casos en los que por la existencia de una incidencia no se disponga
de los resultados del mercado intradiario continuo o habiéndose recibido, no hayan sido
confirmados con una anterioridad no inferior a 40 minutos respecto al periodo horario de
inicio de programación.
– En aquellos casos en los que el OS no pueda integrar en su sistema con una
anterioridad de 40 minutos respecto al periodo de inicio del horizonte de programación la
información oficial confirmada por el OM referente a las transacciones negociadas por
los participantes en el mercado de la zona de oferta española en el mercado intradiario
continuo.
cve: BOE-A-2024-11535
Verificable en https://www.boe.es
Las nominaciones de programas en unidades de programación deberán respetar, en
su caso, las limitaciones de programa establecidas por seguridad del sistema.
El OS realizará las validaciones descritas en el anexo V respecto a las nominaciones
de programa enviadas por los participantes en el mercado.
El Programa Final definitivo (PHFC) se establecerá por el OS a partir del resultado
del PDVP y de la agregación de todas las transacciones firmes formalizadas con
posterioridad a cada una de las subastas y rondas del mercado intradiario continuo para
los periodos de programación negociables en cada una de las subastas y rondas del
mercado intradiario continuo.
El OS procederá a publicar el PHFC para los periodos de programación negociados
en cada ronda, con una antelación no inferior a 45 minutos respecto al inicio del periodo
de programación.
El OS elaborará y publicará el PHFC a partir del PHFC anterior, o en su defecto,
del PHF anterior, en los siguientes casos:
Núm. 137
Jueves 6 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 66332
El OS procederá a publicar el Programa Final (PHF) en el horario fijado en el anexo I
de este procedimiento de operación.
Con posterioridad a cada sesión de subasta del mercado intradiario, en el horario
establecido en el anexo I, los operadores de los sistemas eléctricos portugués y español
establecerán de forma conjunta el programa resultante en la interconexión PortugalEspaña tras las sesiones de subasta del mercado intradiario, al objeto facilitar dicho
programa a la Plataforma de Contratación Continua Europea para el cálculo por parte de
la misma de la capacidad de intercambio disponible en la interconexión Portugal-España
para la negociación en el mercado intradiario continuo.
11.2
Elaboración Programa Final definitivo (PHFC).
Al objeto de elaborar el Programa Final definitivo (PHFC) correspondiente a cada
periodo horario de programación, el OS recibirá la siguiente información:
– De la Plataforma de Contratación Continua Europea: los flujos en las
interconexiones como resultado de las transacciones realizadas en el mercado intradiario
continuo.
– Del OM: Con una anterioridad no inferior a 50 minutos respecto al periodo horario
de inicio de programación, la información referente a las transacciones negociadas por
los participantes en el mercado de la zona de oferta española en el mercado intradiario
continuo. Asimismo, el OS recibirá la información relativa al precio horario de referencia
de la energía gestionada en el mercado intradiario continuo.
– De los PM: Con una anterioridad no inferior a 50 minutos respecto al periodo
horario de inicio de programación, las nominaciones de programas para la
correspondiente ronda por unidad de programación (UP), en aquellos casos en los que
en una misma unidad de oferta (UO) esté integrada por dos o más unidades de
programación.
– En aquellos casos en los que previo a la confirmación de los resultados del
mercado intradiario continuo, el OM publique la anulación de las transacciones
realizadas durante la última ronda.
– En aquellos casos en los que por la existencia de una incidencia no se disponga
de los resultados del mercado intradiario continuo o habiéndose recibido, no hayan sido
confirmados con una anterioridad no inferior a 40 minutos respecto al periodo horario de
inicio de programación.
– En aquellos casos en los que el OS no pueda integrar en su sistema con una
anterioridad de 40 minutos respecto al periodo de inicio del horizonte de programación la
información oficial confirmada por el OM referente a las transacciones negociadas por
los participantes en el mercado de la zona de oferta española en el mercado intradiario
continuo.
cve: BOE-A-2024-11535
Verificable en https://www.boe.es
Las nominaciones de programas en unidades de programación deberán respetar, en
su caso, las limitaciones de programa establecidas por seguridad del sistema.
El OS realizará las validaciones descritas en el anexo V respecto a las nominaciones
de programa enviadas por los participantes en el mercado.
El Programa Final definitivo (PHFC) se establecerá por el OS a partir del resultado
del PDVP y de la agregación de todas las transacciones firmes formalizadas con
posterioridad a cada una de las subastas y rondas del mercado intradiario continuo para
los periodos de programación negociables en cada una de las subastas y rondas del
mercado intradiario continuo.
El OS procederá a publicar el PHFC para los periodos de programación negociados
en cada ronda, con una antelación no inferior a 45 minutos respecto al inicio del periodo
de programación.
El OS elaborará y publicará el PHFC a partir del PHFC anterior, o en su defecto,
del PHF anterior, en los siguientes casos: