III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Ayudas. (BOE-A-2024-11473)
Resolución de 28 de mayo de 2024, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se convoca la concesión de ayudas para mujeres víctimas de violencia de género para el año 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 5 de junio de 2024
10.
Sec. III. Pág. 65701
Resolución
Recibidas las solicitudes y la documentación y una vez examinadas, MUFACE
adoptará la resolución que proceda, de concesión de las ayudas para quienes reúnan los
requisitos exigidos en esta convocatoria, y de desestimación de aquellas que no los
reúnan, lo que se notificará.
Corresponderá a la persona que ejerza como titular de la Dirección General de
MUFACE acordar las resoluciones a que se refiere este epígrafe, así como, cuando
proceda, las de extinción o anulación del derecho a la percepción de las ayudas, la
revisión de su importe, así como el pago.
Las resoluciones serán notificadas por el mismo medio en que fuera presentada la
solicitud.
Contra la resolución que no pondrá fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso de alzada ante la persona que ejerza como titular del Ministerio para la
Transformación Digital y de la Función Pública en el plazo de un mes, a contar desde el
día siguiente al de la recepción de la notificación, de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
El plazo para resolver las solicitudes será de dos meses desde la fecha de
presentación de la solicitud. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera dictado
resolución expresa, se podrá entender estimada la solicitud.
Madrid, 28 de mayo de 2024.–La Directora General de la Mutualidad General de
Funcionarios Civiles del Estado, Myriam Pallarés Cortón.
cve: BOE-A-2024-11473
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 136
Miércoles 5 de junio de 2024
10.
Sec. III. Pág. 65701
Resolución
Recibidas las solicitudes y la documentación y una vez examinadas, MUFACE
adoptará la resolución que proceda, de concesión de las ayudas para quienes reúnan los
requisitos exigidos en esta convocatoria, y de desestimación de aquellas que no los
reúnan, lo que se notificará.
Corresponderá a la persona que ejerza como titular de la Dirección General de
MUFACE acordar las resoluciones a que se refiere este epígrafe, así como, cuando
proceda, las de extinción o anulación del derecho a la percepción de las ayudas, la
revisión de su importe, así como el pago.
Las resoluciones serán notificadas por el mismo medio en que fuera presentada la
solicitud.
Contra la resolución que no pondrá fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso de alzada ante la persona que ejerza como titular del Ministerio para la
Transformación Digital y de la Función Pública en el plazo de un mes, a contar desde el
día siguiente al de la recepción de la notificación, de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
El plazo para resolver las solicitudes será de dos meses desde la fecha de
presentación de la solicitud. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera dictado
resolución expresa, se podrá entender estimada la solicitud.
Madrid, 28 de mayo de 2024.–La Directora General de la Mutualidad General de
Funcionarios Civiles del Estado, Myriam Pallarés Cortón.
cve: BOE-A-2024-11473
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 136