III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Encomienda de gestión. (BOE-A-2024-11357)
Resolución de 25 de abril de 2024, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se publica el sexto Acuerdo de Encomienda de Gestión a la Universidad Nacional de Educación a Distancia, para realizar actuaciones referidas a las entidades y centros de formación que se integren en el registro estatal de entidades de formación del sistema nacional de empleo para impartir, en la modalidad de teleformación, especialidades formativas incluidas en el catálogo de especialidades formativas en el ámbito competencial del Servicio Público de Empleo Estatal y de las Comunidades Autónomas que se adhieran al mismo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 135

Martes 4 de junio de 2024

Sec. III. Pág. 65239

dificultad se ajusta al nivel de cualificación de las capacidades y criterios de evaluación u
objetivos y resultados de aprendizaje que se han de comprobar.
– Si las autoevaluaciones permiten al alumnado visualizar sus errores y aciertos
(feedback inmediato) e incluyen estrategias que le ayuden a superar dichos fallos.
Valoración de la Dimensión Organizativa.

– Si la planificación didáctica incluida en el proyecto formativo está completa (con
indicación, en caso negativo, de los elementos que faltan).
– Si la programación didáctica incluida en el proyecto formativo está completa (con
indicación, en caso negativo, de los elementos que faltan).
– Si las tutorías presenciales recogidas en la programación didáctica incluyen
actividades de aprendizaje y si dichas actividades de aprendizaje son adecuadas para la
adquisición de las capacidades y criterios de evaluación u objetivos y resultados de
aprendizaje a los que se refieren.
– Si la planificación de la evaluación incluida en el proyecto formativo está completa.
– Si los objetivos de aprendizaje (generales y específicos de cada módulo formativo)
recogidos en las programaciones didácticas coinciden con los incluidos en el material
virtual de aprendizaje y si las unidades formativas incluyen objetivos.
– Si los contenidos recogidos en las programaciones didácticas coinciden con los
contenidos incluidos en el material virtual de aprendizaje.
– Si las actividades de aprendizaje recogidas en las programaciones didácticas
están reflejadas en el material virtual de aprendizaje.
– Si las estrategias metodológicas recogidas en las programaciones didácticas se
reflejan en el material virtual de aprendizaje, son concretas y adecuadas para la
adquisición de las capacidades y coherentes con los criterios de evaluación o resultados
de aprendizaje asociados.
– Si los recursos didácticos recogidos en las programaciones didácticas coinciden
con los incluidos en el material virtual de aprendizaje, y si se concretan, al menos, en un
foro y un chat.
– Si la programación didáctica presenta actividades, recursos y orientaciones
específicas, diferentes y relacionadas con todos y cada uno de los contenidos
secuenciados. No deben admitirse orientaciones pedagógicas ni recursos genéricos.
– Si las actividades e instrumentos de evaluación contenidas en la planificación de la
evaluación recogida en el proyecto formativo coinciden con las incluidas en el material
virtual de aprendizaje.
– Si queda descrita la evaluación final, precisando tipos de pruebas en que se
configura, adecuación de las mismas para comprobar tanto las competencias de carácter
teórico-práctico, como práctico (pruebas objetivas, pruebas de ejecución, supuestos
prácticos), así como duración de tales pruebas, y si dicha duración es acorde a la
duración del módulo y si incluye criterios y fórmulas de corrección.
– Si la Guía del tutor formador contiene la programación didáctica y la planificación
de la evaluación del módulo y en su caso unidad formativa a que hace referencia y si
recoge expresamente las estrategias metodológicas que el tutor-formador debe utilizar
en cada situación de aprendizaje, así como los medios que puede emplear para el
seguimiento de cada una de las fases de las actividades de aprendizaje realizadas por
los participantes, cuando estas estén así estructuradas, y si explicita que dicho tutor
proporcione feedback al alumnado antes de enfrentarse a las siguientes actividades.
– Si la Guía del alumno contiene información suficiente, correcta y relevante sobre la
especialidad formativa a que hace referencia y sobre la acción formativa que se imparte
en la modalidad de teleformación.
– Si la Guía del alumno contiene la descripción de las actividades de aprendizaje
estructuradas en varias fases (o varias entregas), su forma de realización y de
interacción con el tutor-formador para identificar y resolver los fallos cometidos antes de
afrontar la siguiente fase.

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2024-11357
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C.