III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2024-11342)
Resolución de 23 de mayo de 2024, del Instituto Cervantes, por la que se publica el Convenio con Madrid Destino, Cultura, Turismo y Negocio, SA, para la itinerancia de la exposición "Perdona, estoy hablando. Cómic autobiográfico de mujeres en español" producida por CentroCentro.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 135
Martes 4 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 65137
que lo dirigió notificará a las demás partes la concurrencia de la causa de resolución y se
entenderá resuelto el convenio.
8.5 De acuerdo con el artículo 52.3 LRJSP si cuando concurra cualquiera de las
causas de resolución del convenio existen actuaciones en curso de ejecución, las partes,
a propuesta de los responsables del seguimiento y control de la ejecución del presente
convenio, podrán acordar la continuación y finalización de las actuaciones en curso que
consideren necesarias dentro del plazo improrrogable de seis meses a contar desde la
fecha de la citada resolución, en los términos previstos en dicho artículo.
8.6 Cuando la causa de ineficacia del presente convenio sea de caso fortuito o
fuerza mayor, ambas partes quedarán relegadas de cumplir con sus respectivas
obligaciones contraídas en virtud del presente convenio, sin que ninguna de ellas tenga
derecho a reclamar cantidad o indemnización alguna por ningún concepto.
8.7 La finalización del convenio por cumplimiento o resolución dará lugar a la
liquidación del mismo con el objeto de determinar las obligaciones y compromisos de
cada una de las partes, que serán determinados con carácter general de conformidad
con lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
Novena. Garantías y responsabilidad.
Las partes colaborarán en todo momento de acuerdo con los principios de buena fe y
eficacia en aras a la consecución del buen fin del objeto del presente convenio.
Ambas partes garantizan que ostentan el derecho, plena capacidad y legitimación
para formalizar el presente convenio, y para realizar todas las acciones necesarias para
ejercitar sus derechos y cumplir con sus compromisos asumidos en virtud del mismo.
Cada parte será responsable frente a la otra por cualquier reclamación judicial o
extrajudicial que se produzca como consecuencia de ejecución de lo detallado en el
convenio y/o por el incumplimiento de cualquiera de los compromisos, manifestaciones y
garantías recogidas en el mismo.
Protección de datos de carácter personal.
10.1 Las partes se comprometen a respetar en todo momento la normativa vigente
en la materia de protección de datos de carácter personal en el contexto de la operación
de este convenio, fundamentalmente el Reglamento 2016/679 del Parlamento Europeo y
del Consejo del 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo
que respecta al tratamiento de datos personales y a la circulación de estos datos
(RGPD), la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales
y garantía de los derechos digitales, y su normativa de desarrollo.
10.2 Las partes únicamente se comunicarán aquellos datos de carácter personal
que sean adecuados, pertinentes y no excesivos en relación con las necesidades
derivadas del presente convenio, garantizando que dichos datos sean exactos y puestos
al día, obligándose a comunicar a la otra, sin dilación indebida, aquellos que hayan sido
rectificados y/o deban ser cancelados según proceda.
10.3 Madrid Destino garantiza a los representantes e interlocutores del Instituto
Cervantes el tratamiento de sus datos de carácter personal conforme a la legislación
vigente y a tal efecto informa que serán incorporados en un fichero titularidad de Madrid
Destino en los siguientes términos:
Responsable del tratamiento: Madrid Destino, Cultura, Turismo y Negocio, SA, con
domicilio en Madrid, calle Conde Duque, 9-11, 28015 Madrid.
Delegado de Protección de datos: dpd@madrid-destino.com
Finalidades: Gestionar y cumplir la relación establecida (incluyendo, la gestión del
expediente jurídico de contratación, la formalización y archivo de los contratos y
escrituras, la gestión de la contabilidad, el cumplimiento de obligaciones impositivas, de
facturación, de transparencia y de control).
cve: BOE-A-2024-11342
Verificable en https://www.boe.es
Décima.
Núm. 135
Martes 4 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 65137
que lo dirigió notificará a las demás partes la concurrencia de la causa de resolución y se
entenderá resuelto el convenio.
8.5 De acuerdo con el artículo 52.3 LRJSP si cuando concurra cualquiera de las
causas de resolución del convenio existen actuaciones en curso de ejecución, las partes,
a propuesta de los responsables del seguimiento y control de la ejecución del presente
convenio, podrán acordar la continuación y finalización de las actuaciones en curso que
consideren necesarias dentro del plazo improrrogable de seis meses a contar desde la
fecha de la citada resolución, en los términos previstos en dicho artículo.
8.6 Cuando la causa de ineficacia del presente convenio sea de caso fortuito o
fuerza mayor, ambas partes quedarán relegadas de cumplir con sus respectivas
obligaciones contraídas en virtud del presente convenio, sin que ninguna de ellas tenga
derecho a reclamar cantidad o indemnización alguna por ningún concepto.
8.7 La finalización del convenio por cumplimiento o resolución dará lugar a la
liquidación del mismo con el objeto de determinar las obligaciones y compromisos de
cada una de las partes, que serán determinados con carácter general de conformidad
con lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
Novena. Garantías y responsabilidad.
Las partes colaborarán en todo momento de acuerdo con los principios de buena fe y
eficacia en aras a la consecución del buen fin del objeto del presente convenio.
Ambas partes garantizan que ostentan el derecho, plena capacidad y legitimación
para formalizar el presente convenio, y para realizar todas las acciones necesarias para
ejercitar sus derechos y cumplir con sus compromisos asumidos en virtud del mismo.
Cada parte será responsable frente a la otra por cualquier reclamación judicial o
extrajudicial que se produzca como consecuencia de ejecución de lo detallado en el
convenio y/o por el incumplimiento de cualquiera de los compromisos, manifestaciones y
garantías recogidas en el mismo.
Protección de datos de carácter personal.
10.1 Las partes se comprometen a respetar en todo momento la normativa vigente
en la materia de protección de datos de carácter personal en el contexto de la operación
de este convenio, fundamentalmente el Reglamento 2016/679 del Parlamento Europeo y
del Consejo del 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo
que respecta al tratamiento de datos personales y a la circulación de estos datos
(RGPD), la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales
y garantía de los derechos digitales, y su normativa de desarrollo.
10.2 Las partes únicamente se comunicarán aquellos datos de carácter personal
que sean adecuados, pertinentes y no excesivos en relación con las necesidades
derivadas del presente convenio, garantizando que dichos datos sean exactos y puestos
al día, obligándose a comunicar a la otra, sin dilación indebida, aquellos que hayan sido
rectificados y/o deban ser cancelados según proceda.
10.3 Madrid Destino garantiza a los representantes e interlocutores del Instituto
Cervantes el tratamiento de sus datos de carácter personal conforme a la legislación
vigente y a tal efecto informa que serán incorporados en un fichero titularidad de Madrid
Destino en los siguientes términos:
Responsable del tratamiento: Madrid Destino, Cultura, Turismo y Negocio, SA, con
domicilio en Madrid, calle Conde Duque, 9-11, 28015 Madrid.
Delegado de Protección de datos: dpd@madrid-destino.com
Finalidades: Gestionar y cumplir la relación establecida (incluyendo, la gestión del
expediente jurídico de contratación, la formalización y archivo de los contratos y
escrituras, la gestión de la contabilidad, el cumplimiento de obligaciones impositivas, de
facturación, de transparencia y de control).
cve: BOE-A-2024-11342
Verificable en https://www.boe.es
Décima.