III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2024-11275)
Resolución de 27 de mayo de 2024, de la Secretaría de Estado de Política Territorial, por la que se publica el Convenio con Área Metropolitana de Barcelona, para el desarrollo de actuaciones que promuevan la transformación digital y la modernización administrativa de acuerdo con el Plan de Digitalización de las AAPP 2021-2025, financiado con fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 134
Lunes 3 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 64649
Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero
de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
En las medidas de información y comunicación, que deberán colocarse en lugar
visible, se deberán incluir los siguientes logos:
– El emblema de la Unión, de acuerdo con las normas gráficas y los colores
normalizados establecidos en el anexo II del Reglamento de Ejecución 821/2014 de la
Comisión, de 28 de julio de 2014.
– Junto con el emblema de la Unión, se incluirá el texto: «Financiado por la Unión
Europea-Next Generation EU».
– Se incluirá también el logo oficial del Plan de Recuperación del Reino de España,
elaborado por el Gobierno. Éste debe ser del mismo tamaño que el emblema de la UE y
debe ir separado del mismo.
En todo caso, se seguirá lo establecido por el Manual de Marca del PRTR elaborado
por el Gobierno de España y demás elementos de identidad visual relacionados, en
particular de acuerdo con lo disponible en el siguiente enlace: https://
planderecuperacion.gob.es/identidad-visual.
2.
El AMB se obliga a aportar:
El AMB exigirá de todos los participantes, empleados y responsables en el proceso
de preparación y tramitación de las contrataciones que realice para la ejecución de este
convenio, la firma de la Declaración de Ausencia de Conflicto de Intereses, de
conformidad con el contenido de la DACI que se encuentra en la Orden HFP/1030/2021.
3. En caso de ser requerido por el MPT, el AMB deberá acreditar el cumplimiento
de las obligaciones en materia de etiquetado verde y etiquetado digital y de los
mecanismos para su control.
4. El AMB se obliga a seguir las directrices del Plan de Medidas Antifraude del
Ministerio de Política Territorial. A mayor abundamiento, el AMB cumplirá las
exigencias de sus políticas, procedimientos y certificaciones de calidad desarrolladas
al amparo del PRTR y que contribuyen al control de su cumplimiento en materia
medioambiental, antifraude, anticorrupción, ética de los negocios y conflicto de
intereses. Para ello, se deberá elaborar un Plan específico con los requisitos
establecidos en el artículo 6 de la HFP/1030/2021, de 29 de agosto, que le permita
garantizar y declarar que, en su respectivo ámbito de actuación, los fondos
correspondientes se han utilizado de conformidad con las normas aplicables, en
particular, en lo que se refiere a la prevención, detección y corrección del fraude, la
corrupción y los conflictos de intereses. De la misma forma, el AMB deberá
cumplimentar los cuestionarios y las listas de verificación exigidas para ser entidades
ejecutoras que se incluyen en la Orden. En este sentido, el AMB ya tiene aprobado un
Plan de Medidas Antifraude para dar respuesta a otras subvenciones similares, si
bien, deberá contener lo dispuesto en la citada Orden.
5. Respecto de las concretas medidas sobre aportación de información, el AMB
cumplimentará las obligaciones de información previstas en el artículo 8.2. de la Orden
HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, sobre la propia entidad y sobre las personas y
empresas que realicen prestaciones parciales de ejecución del presente convenio,
cve: BOE-A-2024-11275
Verificable en https://www.boe.es
– Declaración de Ausencia de Conflicto de Intereses (DACI) (Anexo IV.A, Orden
HFP/1030/2021).
– Declaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento de los principios
transversales establecidos en relación con la ejecución de actuaciones del PRTR que
pudieran afectar al ámbito objeto de gestión (Anexo IV.C, Orden HFP/1030/2021).
– Declaración de compromiso en relación con la ejecución de actuaciones del plan
de recuperación, transformación y resiliencia (PRTR).
Núm. 134
Lunes 3 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 64649
Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero
de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
En las medidas de información y comunicación, que deberán colocarse en lugar
visible, se deberán incluir los siguientes logos:
– El emblema de la Unión, de acuerdo con las normas gráficas y los colores
normalizados establecidos en el anexo II del Reglamento de Ejecución 821/2014 de la
Comisión, de 28 de julio de 2014.
– Junto con el emblema de la Unión, se incluirá el texto: «Financiado por la Unión
Europea-Next Generation EU».
– Se incluirá también el logo oficial del Plan de Recuperación del Reino de España,
elaborado por el Gobierno. Éste debe ser del mismo tamaño que el emblema de la UE y
debe ir separado del mismo.
En todo caso, se seguirá lo establecido por el Manual de Marca del PRTR elaborado
por el Gobierno de España y demás elementos de identidad visual relacionados, en
particular de acuerdo con lo disponible en el siguiente enlace: https://
planderecuperacion.gob.es/identidad-visual.
2.
El AMB se obliga a aportar:
El AMB exigirá de todos los participantes, empleados y responsables en el proceso
de preparación y tramitación de las contrataciones que realice para la ejecución de este
convenio, la firma de la Declaración de Ausencia de Conflicto de Intereses, de
conformidad con el contenido de la DACI que se encuentra en la Orden HFP/1030/2021.
3. En caso de ser requerido por el MPT, el AMB deberá acreditar el cumplimiento
de las obligaciones en materia de etiquetado verde y etiquetado digital y de los
mecanismos para su control.
4. El AMB se obliga a seguir las directrices del Plan de Medidas Antifraude del
Ministerio de Política Territorial. A mayor abundamiento, el AMB cumplirá las
exigencias de sus políticas, procedimientos y certificaciones de calidad desarrolladas
al amparo del PRTR y que contribuyen al control de su cumplimiento en materia
medioambiental, antifraude, anticorrupción, ética de los negocios y conflicto de
intereses. Para ello, se deberá elaborar un Plan específico con los requisitos
establecidos en el artículo 6 de la HFP/1030/2021, de 29 de agosto, que le permita
garantizar y declarar que, en su respectivo ámbito de actuación, los fondos
correspondientes se han utilizado de conformidad con las normas aplicables, en
particular, en lo que se refiere a la prevención, detección y corrección del fraude, la
corrupción y los conflictos de intereses. De la misma forma, el AMB deberá
cumplimentar los cuestionarios y las listas de verificación exigidas para ser entidades
ejecutoras que se incluyen en la Orden. En este sentido, el AMB ya tiene aprobado un
Plan de Medidas Antifraude para dar respuesta a otras subvenciones similares, si
bien, deberá contener lo dispuesto en la citada Orden.
5. Respecto de las concretas medidas sobre aportación de información, el AMB
cumplimentará las obligaciones de información previstas en el artículo 8.2. de la Orden
HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, sobre la propia entidad y sobre las personas y
empresas que realicen prestaciones parciales de ejecución del presente convenio,
cve: BOE-A-2024-11275
Verificable en https://www.boe.es
– Declaración de Ausencia de Conflicto de Intereses (DACI) (Anexo IV.A, Orden
HFP/1030/2021).
– Declaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento de los principios
transversales establecidos en relación con la ejecución de actuaciones del PRTR que
pudieran afectar al ámbito objeto de gestión (Anexo IV.C, Orden HFP/1030/2021).
– Declaración de compromiso en relación con la ejecución de actuaciones del plan
de recuperación, transformación y resiliencia (PRTR).