III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2024-11276)
Resolución de 22 de mayo de 2024, de la Dirección General de Políticas contra la Despoblación, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Huelva, para la realización del Programa Campus Rural de prácticas universitarias en el medio rural.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 134

Lunes 3 de junio de 2024
Duodécima.

Sec. III. Pág. 64660

Transferencia de ayudas a personas participantes.

La Universidad se compromete a transferir las ayudas correspondientes a las
personas participantes en las prácticas, de acuerdo con el instrumento que determine.
Dado el carácter formativo de las prácticas académicas externas, de su realización
no se derivarán, en ningún caso, obligaciones propias de una relación laboral, ni su
contenido podrá dar lugar a la sustitución de la prestación laboral propia de puestos de
trabajo.
Decimotercera.

Comisión de Seguimiento.

Se constituirá una Comisión de Seguimiento del Convenio, que estará integrada por
dos representantes de cada una de las partes.
Serán funciones de la Comisión de Seguimiento:
a) Velar por el cumplimiento del convenio.
b) Resolver los problemas de interpretación que pudieran plantearse en ejecución
del mismo.
c) Garantizar un adecuado reparto territorial de las plazas ofertadas, velando
porque las prácticas se desarrollen en zonas rurales con efectivos problemas de
despoblación.
d) Verificar la adecuada justificación de los compromisos económicos adoptados en
el presente convenio.
La Comisión estará presidida por un representante del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico. La secretaría de la Comisión corresponderá a un
funcionario designado por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico, que actuará con voz pero sin voto.
La Comisión se reunirá, al menos, una vez al año, y de manera extraordinaria a
petición motivada de cualquiera de las partes firmantes.
Las decisiones se tomarán en lo posible de forma consensuada. En caso de
discrepancia, el voto del presidente de la Comisión tendrá carácter de voto de calidad.
La Comisión de Seguimiento ajustará su funcionamiento a lo dispuesto en el
presente convenio y, en todo caso, a lo dispuesto supletoriamente en la sección 3.ª,
capítulo II, título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
Decimocuarta.

Imagen institucional.

La Universidad hará constar la colaboración del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico en todas las actividades que se lleven a cabo con cargo
a este convenio, especialmente aquellas que tengan que ver con la difusión del proyecto
en medios de comunicación. El Ministerio hará constar la colaboración de las
universidades participantes en todas las actividades que se lleven a cabo con cargo a
este convenio, especialmente aquellas que tengan que ver con la difusión del proyecto
en medios de comunicación.
Seguimiento y justificación.

Finalizado el periodo de prácticas, la Universidad aportará la cuenta justificativa, que
constará de una parte técnica y una parte económica.
En relación con la parte técnica, la documentación a presentar será la siguiente:
– Documento de formalización de prácticas entre la Universidad y el alumnado.
– Declaración responsable del estudiante de residir en el municipio de las prácticas
(o en otro, si se realizan según las excepciones de la cláusula séptima, punto 4, de este
convenio).

cve: BOE-A-2024-11276
Verificable en https://www.boe.es

Decimoquinta.