III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-11180)
Resolución de 22 de mayo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Ediservicios Madrid 2000, SL.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 133

Sábado 1 de junio de 2024
Artículo 39.

Sec. III. Pág. 63889

Desgaste de material.

Se abonará a aquellas personas trabajadoras que proporcionen sus propios equipos
fotográficos la cuantía de 83,15 euros mensuales en concepto de desgaste de material y
roturas en caso de servicio. En caso contrario, la empresa cubrirá todos los gastos de
reparación y reposición de equipos.
Artículo 40. Gratificación extraordinaria 2023 y retribución variable 2024 y 2025.
Año 2023.
Se abonará una gratificación que tiene su causa en el incremento de los precios al
consumo que se han producido durante el año 2022 y anteriores años, y que tendrá el
siguiente régimen de aplicación:
a) Las personas trabajadoras que estén de alta en la empresa a fecha 15 de
octubre de 2023, excepto aquellas que se mencionan en el apartado b), percibirán:
(i) Un importe por el concepto de gratificación extraordinaria 2023 de 550 euros
brutos para los salarios inferiores a 40.000 euros anuales.
(ii) Los salarios superiores a 40.000 euros anuales percibirán por el concepto de
gratificación extraordinaria 2023 un importe de 500 euros brutos.
(iii) Las personas trabajadoras cuyo salario sea inferior a 21.500 euros brutos
anuales percibirán, además del importe establecido en el punto (i) de este apartado, una
gratificación adicional en 2023, no consolidable y por una sola vez, de 450 euros brutos.
b) Por razón de la causa que da lugar a esta gratificación se excluye de la
gratificación extraordinaria 2023 a las personas trabajadoras del grupo 0; al personal
contratado en el año 2023, cualquiera que fuera la modalidad de su contratación y a las
personas que por cambios societarios hayan percibido una gratificación.
c) En el año 2024 las personas trabajadoras con salarios inferiores a 21.500 euros
brutos anuales que hayan percibido la gratificación extraordinaria 2023, consolidarán 700
euros brutos anuales. Las personas trabajadoras con salarios anuales entre 21.500
y 55.000 euros brutos anuales y que hayan percibido la gratificación extraordinaria 2023
consolidaran en el año 2024 el importe de 400 euros brutos.
Año 2024 y 2025.

El presente sistema de retribución variable se basa en el cumplimento del objetivo de
negocio presupuestado. Opera por fases, distinguiéndose una primera fase que tiene
como referencia el cumplimiento de dicho objetivo. Y una segunda fase que se activa,
sólo en el caso de alcanzar un sobrecumplimiento del objetivo.
A.

Fase 1. Cumplimento del objetivo.

a) El objetivo a cumplir es el presupuestado para cada año, no más tarde del primer
trimestre, a nivel de Grupo mercantil Unidad Editorial.

cve: BOE-A-2024-11180
Verificable en https://www.boe.es

En los años 2024 y 2025 las personas trabajadoras podrán tener derecho a percibir
una retribución variable cuyos objetivos se definirán por las partes que han negociado
este convenio colectivo en cada uno de los años.
Se definirán los objetivos para la retribución variable de empresa que sustituirá a la
actual retribución variable de grupo. Cada año se definirán los diferentes objetivos y, en
caso de que no haya acuerdo entre las partes, el objetivo será el EBITDA menos
inversiones del presupuesto del grupo.
Las partes del sistema de retribución variable que son de grupo se suprimirán del
modelo.
En el caso de que no hubiera acuerdo entre las partes, el sistema de retribución
variable será el siguiente: