III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-11046)
Resolución de 9 de mayo de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Iberdrola Renovables Andalucía, SAU, la autorización administrativa previa para el módulo fotovoltaico "FV Tallisca", de 39,975 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en El Almendro (Huelva), para su hibridación con el parque eólico existente Tallisca.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 31 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 63419

– De conformidad con el condicionado ii, en lo relativo a Flora y vegetación y
hábitats de interés comunitario:
● Se excluirá de las actuaciones una franja de entre 5 y 20 m en cada margen de los
arroyos que atraviesan la finca, en función de su importancia, con objeto de mantener una
banda de vegetación natural que contribuya a la protección y estabilización de los cauces,
así como a la conexión entre las poblaciones de las especies de flora y fauna silvestres.
● En aplicación de la normativa en materia de incendios forestales, los titulares del
proyecto deberán elaborar y presentar para su aprobación por parte de los Ayuntamientos
de los territorios afectados, un Plan de Autoprotección de incendios forestales.
– Según la Dirección General de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos
de la Junta de Andalucía, deberá justificarse adecuadamente ante dicho organismo la
necesidad del cerramiento perimetral previsto, así como la validación del mismo en caso
de que sea necesario. La Delegación de Desarrollo Sostenible de Huelva, solicita
justificar la necesidad del cerramiento perimetral previsto, y en su caso, corregir el diseño
proyectado de manera que permita y garantice la total permeabilidad para la fauna
silvestre (condición ii, en lo relativo a Fauna).
– Se realizará un estudio de invertebrados polinizadores, y según los resultados, se
valorará y coordinará con el organismo competente en medio ambiente la instalación de
colmenas para el aprovechamiento apícola (condición ii, en lo relativo a Fauna).
– Se solicitará la participación, en coordinación con la Junta de Andalucía, en alguno de
los programas de los planes recogidos en el Acuerdo de 18 de enero de 2011, del Consejo
de Gobierno, por el que se aprueban los planes de recuperación y conservación de
determinadas especies silvestres y hábitats protegidos (condición ii, en lo relativo a Fauna).
– Se presentará un Plan de Restauración Vegetal e Integración Paisajística que
comprenda todas las actuaciones, el cual deberá remitirse al órgano autonómico con
competencias en materia de medio ambiente para su validación antes del comienzo de
las obras. (Condición ii, en lo relativo a Paisaje).
– El Programa de Vigilancia Ambiental deberá completarse con los aspectos
adicionales que se recogen en el condicionado de la DIA y, en particular, lo indicado en el
apartado iii.
Cada una de las condiciones y medidas establecidas en el EsIA y en la DIA deberán
estar definidas y presupuestadas por el promotor mediante una adenda al proyecto, con
el desglose que permita identificar cada una de las medidas definidas en la citada DIA.
Teniendo en cuenta lo anteriormente citado, será de aplicación lo establecido en el
artículo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, respecto de las modificaciones de
instalaciones de generación que hayan obtenido autorización administrativa previa y el
cumplimiento de todas las condiciones establecidas en el citado artículo.
Considerando que, en virtud del artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
del Sector Eléctrico, la autorización administrativa previa de instalaciones de generación
no podrá ser otorgada si su titular no ha obtenido previamente los permisos de acceso y
conexión a las redes de transporte o distribución correspondientes.
El parque eólico «Tallisca», inscrito de forma definitiva en el Registro Administrativo de
Instalaciones de Producción de Energía Eléctrica con el número de registro RE-005715,
cuenta con permiso de acceso y conexión a la red de transporte en la subestación eléctrica
Puebla de Guzmán 220 kV, propiedad de Red Eléctrica de España, SA.
Red Eléctrica emitió, con fecha 9 de julio de 2021, actualización de los permisos de
acceso y conexión, concedidos para generación renovable a la red de transporte para la
conexión en la subestación Puebla de Guzmán 220 kV, para permitir la incorporación del
módulo fotovoltaico FV Tallisca, para su hibridación con el parque eólico Tallisca.
Por tanto, la infraestructura de evacuación de energía eléctrica conjunta conectará la
instalación con la red de transporte, en la subestación Puebla de Guzmán 220 kV,
propiedad de Red Eléctrica de España, SAU.

cve: BOE-A-2024-11046
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Núm. 132