III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-11046)
Resolución de 9 de mayo de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Iberdrola Renovables Andalucía, SAU, la autorización administrativa previa para el módulo fotovoltaico "FV Tallisca", de 39,975 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en El Almendro (Huelva), para su hibridación con el parque eólico existente Tallisca.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 31 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 63417
Se ha recibido respuesta de la Dirección General de Planificación y Recursos
Hídricos de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la
Junta de Andalucía, en la que se pone de manifiesto la necesidad de respetar en
concreto determinados cauces del dominio público hidráulico, se establecen
condicionados técnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar autorización ante dichos
organismos por la ocupación o el cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de
sus competencias, y se señala la necesidad de modificar y completar la documentación
aportada, indicando respecto al Estudio Hidrológico e Hidráulico que «Una vez verificado
este estudio con las indicaciones establecidas, desde esta Administración Hidráulica se
procederá valorar la afección de las actuaciones proyectadas, mediante la determinación
de la superficie ocupada por el Dominio Público Hidráulico y zonas asociadas de los
cauces afectados, así como la inundabilidad de los terrenos afectados por la actuación».
También se hacen una serie de consideraciones de carácter medioambiental. Respecto a
las consideraciones en materia de medio ambiente, estas son objeto del trámite de
evaluación de impacto ambiental ordinaria del proyecto del cual se ha resuelto la
declaración de impacto ambiental y las condiciones y medidas adicionales que deben ser
tenidas en cuenta por parte del promotor para el proyecto. Se ha dado traslado al
promotor de dicha contestación, el cual expresa su conformidad con la misma y señala
que se tomarán las medidas para subsanación de los puntos indicados por dicho
organismo.
Dicha Dirección General de Planificación y Recursos Hídricos emite posteriormente
un informe complementario, en el que señala haber recibido del promotor el
correspondiente Estudio Hidrológico-Hidráulico, el cual ha supervisado favorablemente, y
emite un condicionado técnico. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, el
cual expresa su conformidad con la misma.
Preguntados el Ayuntamiento de El Almendro, la Diputación provincial de Huelva, la
Secretaría General de Industria y Minas de la Consejería de Industria y Minas de la Junta
de Andalucía, la Dirección General de Energía de la Consejería de Industria y Minas de
la Junta de Andalucía, la Demarcación de Carreteras en Andalucía Occidental, y Endesa
Distribución Eléctrica, SA, no se ha recibido contestación por su parte, por lo que se
entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.2 del
referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 30 de septiembre de 2021 en el
«Boletín Oficial del Estado», el 18 de octubre de 2021 en el «Boletín Oficial de la
Provincia de Huelva». Se recibió una alegación, la cual fue contestada por el promotor.
Igualmente, se remitieron separatas del proyecto y del estudio de impacto ambiental
(en adelante, EsIA) acompañadas de solicitudes de informe en relación con lo
establecido en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental a la
Confederación Hidrográfica del Guadiana, a la Dirección General de Emergencias y
Protección Civil de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Interior de la
Junta de Andalucía, a la Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica
de la Consejería de Salud y Familias de la Junta de Andalucía, a la Dirección General de
Planificación y Recursos Hídricos de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y
Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía, a la Dirección General de Patrimonio Histórico
y Documental de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico de la Junta de
Andalucía, a la Dirección General de Calidad ambiental y Cambio Climático de la
Consejería de Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la
Junta de Andalucía, a la Dirección General de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios
Protegidos de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de
la Junta de Andalucía, y a la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y
Desertificación del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
El Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Huelva emitió
informe en fecha 27 de enero de 2022, complementado posteriormente.
cve: BOE-A-2024-11046
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 132
Viernes 31 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 63417
Se ha recibido respuesta de la Dirección General de Planificación y Recursos
Hídricos de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la
Junta de Andalucía, en la que se pone de manifiesto la necesidad de respetar en
concreto determinados cauces del dominio público hidráulico, se establecen
condicionados técnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar autorización ante dichos
organismos por la ocupación o el cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de
sus competencias, y se señala la necesidad de modificar y completar la documentación
aportada, indicando respecto al Estudio Hidrológico e Hidráulico que «Una vez verificado
este estudio con las indicaciones establecidas, desde esta Administración Hidráulica se
procederá valorar la afección de las actuaciones proyectadas, mediante la determinación
de la superficie ocupada por el Dominio Público Hidráulico y zonas asociadas de los
cauces afectados, así como la inundabilidad de los terrenos afectados por la actuación».
También se hacen una serie de consideraciones de carácter medioambiental. Respecto a
las consideraciones en materia de medio ambiente, estas son objeto del trámite de
evaluación de impacto ambiental ordinaria del proyecto del cual se ha resuelto la
declaración de impacto ambiental y las condiciones y medidas adicionales que deben ser
tenidas en cuenta por parte del promotor para el proyecto. Se ha dado traslado al
promotor de dicha contestación, el cual expresa su conformidad con la misma y señala
que se tomarán las medidas para subsanación de los puntos indicados por dicho
organismo.
Dicha Dirección General de Planificación y Recursos Hídricos emite posteriormente
un informe complementario, en el que señala haber recibido del promotor el
correspondiente Estudio Hidrológico-Hidráulico, el cual ha supervisado favorablemente, y
emite un condicionado técnico. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, el
cual expresa su conformidad con la misma.
Preguntados el Ayuntamiento de El Almendro, la Diputación provincial de Huelva, la
Secretaría General de Industria y Minas de la Consejería de Industria y Minas de la Junta
de Andalucía, la Dirección General de Energía de la Consejería de Industria y Minas de
la Junta de Andalucía, la Demarcación de Carreteras en Andalucía Occidental, y Endesa
Distribución Eléctrica, SA, no se ha recibido contestación por su parte, por lo que se
entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.2 del
referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 30 de septiembre de 2021 en el
«Boletín Oficial del Estado», el 18 de octubre de 2021 en el «Boletín Oficial de la
Provincia de Huelva». Se recibió una alegación, la cual fue contestada por el promotor.
Igualmente, se remitieron separatas del proyecto y del estudio de impacto ambiental
(en adelante, EsIA) acompañadas de solicitudes de informe en relación con lo
establecido en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental a la
Confederación Hidrográfica del Guadiana, a la Dirección General de Emergencias y
Protección Civil de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Interior de la
Junta de Andalucía, a la Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica
de la Consejería de Salud y Familias de la Junta de Andalucía, a la Dirección General de
Planificación y Recursos Hídricos de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y
Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía, a la Dirección General de Patrimonio Histórico
y Documental de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico de la Junta de
Andalucía, a la Dirección General de Calidad ambiental y Cambio Climático de la
Consejería de Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la
Junta de Andalucía, a la Dirección General de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios
Protegidos de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de
la Junta de Andalucía, y a la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y
Desertificación del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
El Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Huelva emitió
informe en fecha 27 de enero de 2022, complementado posteriormente.
cve: BOE-A-2024-11046
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 132