III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-11030)
Resolución de 26 de mayo de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de Administración Pública y la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, para la cesión de uso de los servicios de la plataforma de formación basada en Moodle del INAP.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 132

Viernes 31 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 63316

o las universidades públicas entre sí o con sujetos de derecho privado para lograr un fin
común. Esta técnica de cooperación se ha acreditado como especialmente eficiente para la
gestión de los recursos públicos desde la perspectiva de su aprovechamiento racional, la
búsqueda de sinergias y la coordinación de esfuerzos entre las partes.
IX. Que es deseo de ambas instituciones, mediante el uso del instrumento del
convenio, que el INAP ceda el uso de su plataforma de formación basada Moodle a AESA.
Por todo lo anterior, bajo los principios de colaboración y cooperación que deben
presidir las relaciones entre las Administraciones públicas, reconociéndose ambas
partes, en la representación que ostentan, capacidad suficiente para poder formalizar
este convenio
ACUERDAN
Primera. Objeto.
El objeto de este convenio es la cesión de uso a AESA de la plataforma de formación
basada en Moodle del INAP.
Segunda.
1.

Obligaciones asumidas por las partes.

Cesión de uso de la plataforma Moodle.

a) La cesión del uso será totalmente gratuita. El convenio no genera compromisos
económicos ni obligaciones financieras para ninguna de las partes.
b) La cesión del uso no supondrá, en ningún caso, la asunción de ninguna otra
obligación para el INAP en el desarrollo y funcionamiento de las actividades formativas
de AESA.
No obstante, el INAP garantiza a AESA el uso pacífico de la citada plataforma, de tal
forma que el INAP protegerá a AESA y asumirá toda responsabilidad en relación con
cualquier reclamación de terceras personas, físicas o jurídicas, que pretendan tener
derechos sobre una parte o sobre toda la plataforma.
c) La cesión del uso no podrá, a su vez, ser cedida o transferida a terceros, ni
subrogada a persona alguna, en todo o en parte.
d) La responsabilidad de la gestión y desarrollo de las actividades formativas de
AESA recaerá en la institución cesionaria.
e) AESA, como cesionario, antes de utilizar la plataforma deberá entregar la
estimación del número y denominación de las actividades formativas y del máximo de
alumnos que prevé que la empleen en el año en curso, para así realizar un
dimensionamiento adecuado del sistema y evitar posibles problemas de rendimiento.
Para ejercicios futuros, dicha estimación deberá ser remitida al INAP antes del 30 de
octubre del año anterior. En cualquier caso, el cesionario se compromete a comunicar, lo
antes posible, cualquier cambio significativo que se produzca en dicha estimación.
f) El INAP, por su parte, se reserva el derecho a analizar cualquier aspecto de las
actividades formativas del cesionario que pueda afectar al rendimiento de la plataforma y a
realizar cuantas recomendaciones sean necesarias para la optimización de dicho
rendimiento. Del mismo modo, en casos excepcionales, podrá clausurar un curso si, por
causas técnicas, este afecte negativamente al funcionamiento de la plataforma de formación.
g) El INAP establecerá un procedimiento para la eliminación de los cursos
impartidos por AESA a través de la plataforma Moodle. Dicha eliminación se realizará
por AESA una vez transcurridos tres meses desde su finalización del curso. Si no se ha
eliminado un curso trascurrido este plazo, el INAP podrá proceder a su eliminación.
AESA será responsable de la gestión de las copias de respaldo de los contenidos de sus
propios cursos con anterioridad a dicha eliminación, pudiendo solicitar apoyo al INAP a
través del Centro de Atención a Usuarios (CAU).

cve: BOE-A-2024-11030
Verificable en https://www.boe.es

Se ajustará a las siguientes condiciones: