III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-11030)
Resolución de 26 de mayo de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de Administración Pública y la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, para la cesión de uso de los servicios de la plataforma de formación basada en Moodle del INAP.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 31 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 63315
Reconociéndose mutuamente la competencia y capacidad para la firma de este
documento
EXPONEN
I. El INAP es un organismo autónomo, adscrito al Ministerio para la Transformación
Digital y de la Función Pública, a través de la Secretaría de Estado de Función Pública,
según dispone el Real Decreto 210/2024, de 27 de febrero, por el que se establece la
estructura orgánica básica del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función
Pública (BOE núm. 52, de 28 de febrero de 2024).
De acuerdo con el Estatuto del Instituto Nacional de Administración Pública,
aprobado por el Real Decreto 464/2011, de 1 de abril, son fines esenciales del INAP, sin
perjuicio de las competencias específicas que se reconozcan sobre estas materias a
otros centros, institutos o escuelas de la Administración General del Estado, la formación
y perfeccionamiento de los empleados públicos de la Administración General del Estado
y de sus organismos públicos, así como del resto de entidades del sector público estatal,
salvo en los supuestos en que otras disposiciones encomienden estas funciones a otros
centros especializados, y la coordinación, colaboración y cooperación con los demás
centros, institutos o escuelas de la Administración General del Estado o de sus
organismos públicos que realicen tareas de selección, formación y perfeccionamiento de
empleados públicos.
II. Que la AESA es un organismo público, adscrito al Ministerio de Transportes y
Movilidad Sostenible, a través de la Secretaría General de Transportes Aéreo y Marítimo
dependiente de la Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible, según
dispone el Real Decreto 253/2024, de 12 de marzo, por el que se desarrolla la estructura
orgánica básica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, y se modifica el
Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura
orgánica básica de los departamentos ministeriales.
De acuerdo con el Estatuto de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, aprobado por
Real Decreto 184/2008, de 8 de febrero, tiene por objeto la ejecución de las funciones de
ordenación, supervisión e inspección de la seguridad del transporte aéreo y de los sistemas
de navegación aérea y de seguridad aeroportuaria, en sus vertientes de inspección y control
de productos aeronáuticos, de actividades aéreas y del personal aeronáutico, así como las
funciones de detección, análisis y evaluación de los riesgos de seguridad en este modo de
transporte. En concreto, en el ámbito específico del presente convenio, la AESA ejerce, a
través de su Secretaría General, la función de selección, gestión y formación de sus
recursos humanos, en virtud del artículo 29.a del citado Real Decreto.
III. Que el INAP tiene como objetivo impulsar procesos de enseñanza y aprendizaje
que contribuyan a dotar a las Administraciones públicas de personas competentes, con
altas capacidades, flexibles y comprometidas con los valores del servicio público.
IV. Que el INAP ha impulsado el proyecto «Compartir», que se inició con el estudio
de las posibilidades de compartir y colaborar entre las distintas Administraciones
públicas y cuya finalidad es racionalizar la programación de los distintos centros de
formación y de selección y conseguir una mayor eficiencia en la utilización de los
recursos disponibles.
V. Que el INAP dispone de una plataforma de formación basada en Moodle.
VI. Que AESA desea realizar formación en línea.
VII. Que AESA no dispone de una plataforma propia de formación, adecuada a sus
necesidades y la utilización conjunta de esta herramienta del INAP da cumplimiento a lo
previsto en el artículo 157.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del
Sector Público.
VIII. En el marco normativo de las relaciones entre Administraciones públicas
establecido por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, los
convenios se consideran un instrumento, de uso generalizado por las Administraciones
públicas, los organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes
cve: BOE-A-2024-11030
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 132
Viernes 31 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 63315
Reconociéndose mutuamente la competencia y capacidad para la firma de este
documento
EXPONEN
I. El INAP es un organismo autónomo, adscrito al Ministerio para la Transformación
Digital y de la Función Pública, a través de la Secretaría de Estado de Función Pública,
según dispone el Real Decreto 210/2024, de 27 de febrero, por el que se establece la
estructura orgánica básica del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función
Pública (BOE núm. 52, de 28 de febrero de 2024).
De acuerdo con el Estatuto del Instituto Nacional de Administración Pública,
aprobado por el Real Decreto 464/2011, de 1 de abril, son fines esenciales del INAP, sin
perjuicio de las competencias específicas que se reconozcan sobre estas materias a
otros centros, institutos o escuelas de la Administración General del Estado, la formación
y perfeccionamiento de los empleados públicos de la Administración General del Estado
y de sus organismos públicos, así como del resto de entidades del sector público estatal,
salvo en los supuestos en que otras disposiciones encomienden estas funciones a otros
centros especializados, y la coordinación, colaboración y cooperación con los demás
centros, institutos o escuelas de la Administración General del Estado o de sus
organismos públicos que realicen tareas de selección, formación y perfeccionamiento de
empleados públicos.
II. Que la AESA es un organismo público, adscrito al Ministerio de Transportes y
Movilidad Sostenible, a través de la Secretaría General de Transportes Aéreo y Marítimo
dependiente de la Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible, según
dispone el Real Decreto 253/2024, de 12 de marzo, por el que se desarrolla la estructura
orgánica básica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, y se modifica el
Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura
orgánica básica de los departamentos ministeriales.
De acuerdo con el Estatuto de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, aprobado por
Real Decreto 184/2008, de 8 de febrero, tiene por objeto la ejecución de las funciones de
ordenación, supervisión e inspección de la seguridad del transporte aéreo y de los sistemas
de navegación aérea y de seguridad aeroportuaria, en sus vertientes de inspección y control
de productos aeronáuticos, de actividades aéreas y del personal aeronáutico, así como las
funciones de detección, análisis y evaluación de los riesgos de seguridad en este modo de
transporte. En concreto, en el ámbito específico del presente convenio, la AESA ejerce, a
través de su Secretaría General, la función de selección, gestión y formación de sus
recursos humanos, en virtud del artículo 29.a del citado Real Decreto.
III. Que el INAP tiene como objetivo impulsar procesos de enseñanza y aprendizaje
que contribuyan a dotar a las Administraciones públicas de personas competentes, con
altas capacidades, flexibles y comprometidas con los valores del servicio público.
IV. Que el INAP ha impulsado el proyecto «Compartir», que se inició con el estudio
de las posibilidades de compartir y colaborar entre las distintas Administraciones
públicas y cuya finalidad es racionalizar la programación de los distintos centros de
formación y de selección y conseguir una mayor eficiencia en la utilización de los
recursos disponibles.
V. Que el INAP dispone de una plataforma de formación basada en Moodle.
VI. Que AESA desea realizar formación en línea.
VII. Que AESA no dispone de una plataforma propia de formación, adecuada a sus
necesidades y la utilización conjunta de esta herramienta del INAP da cumplimiento a lo
previsto en el artículo 157.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del
Sector Público.
VIII. En el marco normativo de las relaciones entre Administraciones públicas
establecido por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, los
convenios se consideran un instrumento, de uso generalizado por las Administraciones
públicas, los organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes
cve: BOE-A-2024-11030
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 132