III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-11036)
Resolución de 26 de mayo de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio entre la Universidad Nacional de Educación a Distancia y el Instituto de Mayores y Servicios Sociales, para la realización de prácticas académicas externas en los centros bajo la dependencia orgánica y funcional del Imserso.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 132

Viernes 31 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 63375

los centros bajo la dependencia orgánica y funcional del Imserso, que queda redactada
de la siguiente forma:
«Cuarta bis. Seguridad Social de las personas que desarrollan programas de
formación y prácticas no laborales y académicas.
El cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social de los alumnos que
están cursando las prácticas académicas curriculares en enseñanzas oficiales de
grado y máster corresponderá al centro educativo UNED de conformidad con lo
previsto en el apartado 4.b) de la nueva disposición adicional quincuagésima
segunda del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado
por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, introducida a través del
Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la ampliación
de derechos de los pensionistas de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema
público de pensiones.»
Segunda.

Prórroga.

A través de la presente adenda se procede a prorrogar la duración del convenio por
un período de cuatro años adicionales a la vigencia del mismo.
Tercera.

Obligaciones de las partes.

Las partes intervinientes se comprometen a continuar desarrollando las actuaciones
precisas dirigidas a dar continuidad al objeto del convenio. Las obligaciones asumidas
entre las partes se entenderán vigentes hasta la finalización del plazo de duración del
convenio.
Cuarta.

Eficacia de la adenda.

La presente adenda se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las
partes y resultará eficaz una vez inscrita en el plazo de cinco días hábiles desde su
formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del sector público estatal, siempre que se produzca antes de la extinción
del convenio. Asimismo, será publicado en el plazo de diez días hábiles desde su
formalización en el «Boletín Oficial del Estado».
Quinta.

Subsistencia del resto del convenio.

Se mantiene plenamente en vigor todos y cada uno de los términos y condiciones del
convenio en lo no estipulado en esta adenda.

cve: BOE-A-2024-11036
Verificable en https://www.boe.es

En prueba de conformidad, las partes implicadas firman la presente adenda de
modificación y prórroga en la fecha indicada en el pie de firma, tomándose como fecha de
formalización del presente documento la fecha del último firmante.–La Directora General
del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, María Teresa Sancho Castiello.–El Rector
de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, P. D. [Resolución del Rectorado
de 17 de enero de 2024 (BOE de 9 de febrero)], la Vicerrectora de Calidad y Acreditación
de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, Rebeca de Juan Díaz.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X