II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Escala de Técnicos Superiores Especializados de los Organismos Públicos de Investigación. (BOE-A-2024-10889)
Resolución de 24 de mayo de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por promoción interna, en la Escala de Técnicos Superiores Especializados de los Organismos Públicos de Investigación.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 131
Jueves 30 de mayo de 2024
Sec. II.B. Pág. 62548
Administración General de Estado, en Cuerpos y Escalas Postales y Telegráficos o en
Cuerpos y Escalas del resto de Administraciones incluidos en el ámbito de aplicación del
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, con destino definitivo,
estos últimos en la Administración General del Estado, teniendo en cuenta los servicios
efectivos prestados y reconocidos hasta la fecha de publicación de esta convocatoria al
amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre.
Este mérito se valorará a razón de 1,2 punto por cada año completo de servicios,
hasta un máximo de 18 puntos.
2.2 Servicios prestados en los agentes del Sistema Español de Ciencia, Tecnología
e Innovación siguientes: Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, Agencia
Estatal de Investigación y Organismos Públicos de Investigación de la Administración
General del Estado:
– Servicios prestados, siendo funcionario de carrera del subgrupo A2, referidos a la
fecha de publicación de esta resolución de convocatoria, como personal técnico o de
gestión, administración y servicios relacionados con la investigación, el desarrollo, la
transferencia de conocimiento y la innovación, de acuerdo a lo establecido en el
artículo 3.5 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación,
en los agentes públicos de coordinación, financiación y ejecución de la Administración
General del Estado del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación: Ministerio
de Ciencia, Innovación y Universidades, Agencia Estatal de Investigación y Organismos
Públicos de Investigación de la Administración General del Estado. Se valorarán
únicamente los años de servicios efectivamente prestados en las entidades públicas
indicadas, hasta la fecha de publicación de la convocatoria. Este mérito se valorará a
razón de 1,8 puntos por cada año completo de servicios.
– Servicios prestados, siendo funcionario interino del subgrupo A2, como personal
técnico o de gestión, administración y servicios relacionados con la investigación, el
desarrollo, la transferencia de conocimiento y la innovación, de acuerdo a lo establecido
en el artículo 3.5 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la
Innovación, en los agentes públicos de coordinación, financiación y ejecución de la
Administración General del Estado del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e
Innovación: Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, Agencia Estatal de
Investigación y Organismos Públicos de Investigación de la Administración General del
Estado. Se valorarán únicamente los años de servicios efectivamente prestados en las
entidades públicas indicadas, hasta la fecha de publicación de la convocatoria. Este
mérito se valorará a razón de 0,9 puntos por cada año completo de servicios.
La puntuación máxima de los méritos contemplados en este apartado 2.2 será de 18
puntos.
–
–
–
–
Grado 18 e inferiores: 2 puntos.
Grados 19 a 21: 6 puntos.
Grados 22 a 24: 9 puntos.
Grados 25 y superiores: 12 puntos.
Asimismo, se otorgarán 2 puntos a aquellos/as funcionarios/as que en la fecha de
publicación de la convocatoria no tengan ningún grado consolidado y formalizado en la
Administración General del Estado y hayan prestado servicios efectivos en la misma
como funcionarios de carrera al menos dos años.
cve: BOE-A-2024-10889
Verificable en https://www.boe.es
2.3 Grado personal consolidado y formalizado en la Administración General del
Estado a través del acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente
hasta la fecha de finalización del plazo de presentación del certificado de requisitos y
méritos. Se otorgará la siguiente puntuación:
Núm. 131
Jueves 30 de mayo de 2024
Sec. II.B. Pág. 62548
Administración General de Estado, en Cuerpos y Escalas Postales y Telegráficos o en
Cuerpos y Escalas del resto de Administraciones incluidos en el ámbito de aplicación del
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, con destino definitivo,
estos últimos en la Administración General del Estado, teniendo en cuenta los servicios
efectivos prestados y reconocidos hasta la fecha de publicación de esta convocatoria al
amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre.
Este mérito se valorará a razón de 1,2 punto por cada año completo de servicios,
hasta un máximo de 18 puntos.
2.2 Servicios prestados en los agentes del Sistema Español de Ciencia, Tecnología
e Innovación siguientes: Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, Agencia
Estatal de Investigación y Organismos Públicos de Investigación de la Administración
General del Estado:
– Servicios prestados, siendo funcionario de carrera del subgrupo A2, referidos a la
fecha de publicación de esta resolución de convocatoria, como personal técnico o de
gestión, administración y servicios relacionados con la investigación, el desarrollo, la
transferencia de conocimiento y la innovación, de acuerdo a lo establecido en el
artículo 3.5 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación,
en los agentes públicos de coordinación, financiación y ejecución de la Administración
General del Estado del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación: Ministerio
de Ciencia, Innovación y Universidades, Agencia Estatal de Investigación y Organismos
Públicos de Investigación de la Administración General del Estado. Se valorarán
únicamente los años de servicios efectivamente prestados en las entidades públicas
indicadas, hasta la fecha de publicación de la convocatoria. Este mérito se valorará a
razón de 1,8 puntos por cada año completo de servicios.
– Servicios prestados, siendo funcionario interino del subgrupo A2, como personal
técnico o de gestión, administración y servicios relacionados con la investigación, el
desarrollo, la transferencia de conocimiento y la innovación, de acuerdo a lo establecido
en el artículo 3.5 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la
Innovación, en los agentes públicos de coordinación, financiación y ejecución de la
Administración General del Estado del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e
Innovación: Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, Agencia Estatal de
Investigación y Organismos Públicos de Investigación de la Administración General del
Estado. Se valorarán únicamente los años de servicios efectivamente prestados en las
entidades públicas indicadas, hasta la fecha de publicación de la convocatoria. Este
mérito se valorará a razón de 0,9 puntos por cada año completo de servicios.
La puntuación máxima de los méritos contemplados en este apartado 2.2 será de 18
puntos.
–
–
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Grado 18 e inferiores: 2 puntos.
Grados 19 a 21: 6 puntos.
Grados 22 a 24: 9 puntos.
Grados 25 y superiores: 12 puntos.
Asimismo, se otorgarán 2 puntos a aquellos/as funcionarios/as que en la fecha de
publicación de la convocatoria no tengan ningún grado consolidado y formalizado en la
Administración General del Estado y hayan prestado servicios efectivos en la misma
como funcionarios de carrera al menos dos años.
cve: BOE-A-2024-10889
Verificable en https://www.boe.es
2.3 Grado personal consolidado y formalizado en la Administración General del
Estado a través del acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente
hasta la fecha de finalización del plazo de presentación del certificado de requisitos y
méritos. Se otorgará la siguiente puntuación: