III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Convenios. (BOE-A-2024-10927)
Resolución de 21 de mayo de 2024, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se publica el Convenio con Madrid Destino Cultura Turismo y Negocio, SA, para la organización del ciclo audiovisual del cineasta Billy Woodberry en el marco del festival internacional de cine Documenta Madrid.
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 131

Jueves 30 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 62905

Tercera. Imagen y difusión.
3.1 En el material de difusión, tanto impreso como digital y online, que se edite, se
hará referencia al MNCARS y Documenta Madrid, y figurará la siguiente línea de crédito:
Organiza: Museo Reina Sofía y Documenta Madrid.
3.2 Las Partes se comprometen a coordinar sus esfuerzos la promoción y difusión
de las actividades en sus canales habituales de difusión, en especial en sus páginas
digitales, redes sociales y notas de prensa. A tales efectos, con las autorizaciones y
licencias necesarias para dicha finalidad.
3.3 El MNCARS manifiesta su conformidad con el Manual de Imagen Corporativa
del Ayuntamiento de Madrid publicado en https://identidad.madrid.es/, y en particular con
los criterios de ubicación y maquetación de los logotipos de colaboradores y
patrocinadores integrados en las campañas de comunicación y soportes de la ciudad de
Madrid, y la obligatoriedad de que los mismos sean formulados en monocolor.
3.4 El MNCARS y Madrid Destino acuerdan expresamente que publicarán el texto
adecuado de las comunicaciones públicas que puedan hacerse anunciando la relación
establecida en el presente convenio de acuerdo a las prescripciones del Manual de
Imagen Corporativa del Ayuntamiento de Madrid. Ninguna de las partes efectuará
comunicación pública alguna sin el previo consentimiento de la otra parte.
3.5 Cualquier material de difusión que deba ser sometido a la supervisión y
aprobación por cualquiera de las Partes en ejecución del presente convenio, deberá ser
remitido por la/s otra/s con una antelación suficiente que permita su adecuada revisión.
Las revisiones deberán realizarse en el menor tiempo posible a fin de agilizar al máximo
los procesos de edición.
En todo caso, ambas partes establecerán el orden y tamaño en que deben aparecer
los logotipos de los colaboradores y patrocinadores, si los hubiere, condicionado a las
directrices del Manual de Imagen Corporativa del Ayuntamiento de Madrid 2022 que
establece que las marcas de colaboradores y otras marcas ajenas al mismo deben ser
parte del «área de contenido», y dependen de la maquetación de la campaña, sin que en
ningún caso formen parte de la campaña (Manual de identidad corporativa del
Ayuntamiento de Madrid 2022, págs. 47 y 48).
3.6 El MNCARS y Madrid Destino podrán incluir en el material de difusión los
logotipos de otras instituciones, públicas y/o privadas, que colaboren en la celebración del
Ciclo, previo acuerdo y revisión de ambas partes. En el caso del MNCARS, la revisión y
aprobación del material se hará por su Departamento de Desarrollo Estratégico, Comercial
y Públicos. En el caso de Madrid Destino, la revisión y aprobación será llevada a cabo por
el Departamento de Comunicación de Matadero Madrid. Será motivo para denegar dicha
inclusión el posible conflicto con patrocinadores o colaboradores propios, por motivos de
exclusividad o de pertenencia a un mismo sector de actividad.
3.7 Conforme a lo indicado en los apartados anteriores, las partes no podrán utilizar
los respectivos logotipos para fines distintos a los pactados en el convenio.
Eficacia.

El presente convenio surtirá efectos a partir de que una vez firmado, se inscriba en el
Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público
estatal, en el plazo de 5 días hábiles desde su formalización y se publicará asimismo en el
«Boletín Oficial del Estado», en el plazo de 10 días hábiles desde su formalización, según
se establece en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público. Los efectos se extenderán hasta el 2 de junio de 2024. En cualquier
momento antes esta fecha, las partes podrán acordar unánimemente la prórroga del
convenio por un periodo de hasta cuatro años adicionales o su extinción, que se tramitará
de conformidad con lo previsto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

cve: BOE-A-2024-10927
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta.