V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. (BOE-B-2024-19579)
Resolución de la Dirección General de Desarrollo Rural, por la que se da publicidad a una solicitud de modificación normal del pliego de condiciones de la Denominación de Origen Navarra y se inicia el procedimiento nacional de oposición.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 130

Miércoles 29 de mayo de 2024

Sec. V-B. Pág. 29104

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

19579

Resolución de la Dirección General de Desarrollo Rural, por la que se
da publicidad a una solicitud de modificación normal de l plie go de
condicione s de la De nominación de Orige n Navarra y se inicia e l
proce dimie nto nacional de oposición.

El Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida Navarra (en
adelante DO Navarra), con NIF Q3171001E, solicitó al Departamento de Desarrollo
Rural y Medio Ambiente, con fecha 4 de octubre de 2023 y número de registro
2023/1345963, una modificación normal del pliego de condiciones de la DO
Navarra. El 8 de marzo de 2024, el Consejo Regulador subsanó la documentación
presentada en la solicitud inicial (nº registro 2024/316874). La solicitud realizada
contiene el pliego de condiciones y el documento único modificados, así como la
documentación necesaria para la tramitación de una modificación normal del pliego
de condiciones, conforme al Reglamento (UE) 1308/2013 del Parlamento Europeo
y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización
común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los
Reglamentos (CEE) 922/72, (CEE)234/79, (CE) 1037/2001 y (CE) 1234/2007, y a
las disposiciones adoptadas en virtud del mismo.
El Reglamento delegado (UE) 2019/33 de la Comisión, de 17 de octubre de
2018, completa el Reglamento (UE) 1308/2013, en lo que respecta a los
procedimientos a seguir para la tramitación de las solicitudes de protección de
denominaciones de origen, los procedimientos de oposición, y las modificaciones
de pliegos de condiciones.
El Reglamento de ejecución (UE) 2019/34 de la Comisión, de 17 de octubre de
2018, establece disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) 1308/2013 del
Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a las solicitudes de las
modificaciones del pliego de condiciones de denominaciones de origen, entre otros
preceptos.

La zona de producción de la DO Navarra se circunscribe al ámbito territorial de
la Comunidad Foral de Navarra, correspondiendo, por tanto, a su Departamento de
Desarrollo Rural y Medio Ambiente, la competencia para dictar la presente
resolución.
La solicitud de modificación consiste en incluir en el Pliego de condiciones de
la DO Navarra las variedades de uva de vinificación: GARNACHA ROJA –
GARNACHA ROYA y ONECA.
Una vez evaluada la solicitud, se ha comprobado que el Consejo Regulador de
la DO Navarra cumple con las condiciones de solicitante establecidas en el artículo

cve: BOE-B-2024-19579
Verificable en https://www.boe.es

El artículo 8, apartado 6, del Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre, por el
que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción
de denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas
protegidas en el registro comunitario y la oposición a ellas, modificado por el Real
Decreto 149/2014, de 7 de marzo, establece que, si la resolución de la solicitud es
favorable, al objeto de dar publicidad a la misma y, en su caso, iniciar el
procedimiento nacional de oposición, se publicará dicha resolución en el "Boletín
Oficial del Estado" por parte de la autoridad competente.