III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-10837)
Resolución de 26 de mayo de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., y el Instituto de Estudios Fiscales, O.A., para colaborar en la realización del encuentro "Administración tributaria y ciudadanía".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 130

Miércoles 29 de mayo de 2024
Segunda.

Sec. III. Pág. 62253

Compromisos asumidos por el IEF.

I. El IEF asume las tareas de dirección académica y de secretaría académica del
encuentro, de acuerdo con la propuesta de programa presentada por el propio Instituto y
aprobada por la UIMP.
II. El equipo directivo y técnico del IEF participará activamente en el programa,
asesorando e interviniendo en aquellos temas en los que su aportación sea relevante
para el contenido del encuentro.
III. El IEF apoyará a la UIMP en las labores de coordinación durante la celebración
del encuentro.
IV. El IEF se compromete a realizar una aportación económica a la UIMP para
contribuir a la financiación de los gastos del encuentro, por un importe máximo de
veintitrés mil ochocientos ochenta euros (23.880,00 euros), para cubrir las partidas que
se indican en el presupuesto aprobado que se adjunta como anexo.
Dicha aportación irá con cargo a la aplicación presupuestaria 15.101.462N.226.06 de
su presupuesto vigente de gastos, en la cual existe crédito adecuado y suficiente, y se
abonará mediante transferencia a la cuenta número ES95-9000-0001-20-0200008606
abierta a nombre de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo en el Banco de
España, Agencia de Madrid. Se establecen como requisitos para el pago que se haya
celebrado el encuentro de conformidad con lo previsto y que se haya emitido por parte
de la UIMP el correspondiente requerimiento de pago, que deberá ir acompañado de la
liquidación final del presupuesto, en el que se recogerán las unidades realmente
ejecutadas de cada partida respetando los importes unitarios aprobados en el
presupuesto que se incluye como anexo. El importe final no podrá superar en ningún
caso el máximo indicado al inicio de este apartado I. Los responsables del seguimiento,
vigilancia y control del convenio certificarán conjuntamente el cumplimiento de los
requisitos indicados para el pago. Este pago se deberá realizar en el plazo máximo de 30
días desde la emisión de la certificación indicada y en todo caso antes del 31 de
diciembre de 2024.
V. En el caso de que la UIMP acordara la no celebración del encuentro por causa
de fuerza mayor, por la falta del número mínimo de alumnos requerido según su propia
normativa, o por cualquier otra causa valorada por sus órganos de gobierno, el IEF no
deberá hacer ninguna aportación económica a la UIMP.

I. La organización y celebración del encuentro corresponde a la UIMP, tal y como
tiene previsto dentro de la Programación académica que ha sido aprobada por sus
órganos de gobierno. Por lo tanto, corresponde a la UIMP la aprobación del programa
del Encuentro, de acuerdo con la propuesta presentada por el IEF, y de las normas
conforme a las que debe desarrollarse, en especial toda la normativa relativa a criterios
de admisión o cualquier otro asunto relativo al alumnado, vigilando en todo momento que
se cumpla el más escrupuloso respeto a la independencia de la propia institución y de
las personas que participan en el programa.
Asimismo, la UIMP avalará académicamente este encuentro, emitiendo los
correspondientes diplomas a los participantes que cumplan los requisitos mínimos de
asistencia y aprovechamiento establecidos en su normativa interna, así como las
certificaciones académicas que se soliciten. Con tal fin, la UIMP se responsabilizará del
control de asistencia de los alumnos.
II. La UIMP se compromete a destacar la colaboración del IEF en cuantos medios
se utilicen para la promoción y difusión del encuentro, respetando en todo caso el
logotipo y las directrices de imagen externa que se faciliten con este fin.
La difusión de esta colaboración por parte de la UIMP no constituirá una prestación
de servicios.
III. Corresponde a la UIMP la gestión económica y administrativa que conlleve la
organización y celebración del encuentro, con medios propios.

cve: BOE-A-2024-10837
Verificable en https://www.boe.es

Tercera. Compromisos asumidos por la UIMP.