I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Procedimientos administrativos. Gestión informatizada. (BOE-A-2024-10764)
Resolución de 23 de mayo de 2024, del Instituto Nacional de la Seguridad Social, por la que se modifica la de 5 de marzo de 2024, por la que se determinan las prestaciones del sistema de la Seguridad Social cuya resolución se podrá adoptar de forma automatizada, los criterios de reparto para la asignación a las direcciones provinciales de la ordenación e instrucción de determinados procedimientos, y la dirección provincial competente para reconocer las pensiones cuando sea de aplicación un instrumento internacional de Seguridad Social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 130

Miércoles 29 de mayo de 2024

Sec. I. Pág. 61975

en los procedimientos de reconocimiento del derecho a las pensiones de jubilación en su
modalidad contributiva, de muerte y supervivencia y de incapacidad permanente en las
que sea de aplicación el Convenio de Seguridad Social entre el Reino de España y la
República de Moldavia. Ello exige, igualmente, modificar el resuelve sexto de la citada
resolución, en cuanto a la entrada en vigor del citado anexo. A tal fin, se dicta la presente
resolución. Sirve también esta resolución para subsanar una omisión cometida en el
citado Anexo, respecto de las competencias y actuaciones atribuidas a la Dirección
Provincial de León.
Por todo ello, teniendo en cuenta el artículo 15 del Real Decreto 2583/1996, de 13 de
diciembre, de estructura orgánica y funciones del Instituto Nacional de la Seguridad
Social y de modificación parcial de la Tesorería General de la Seguridad Social,
Esta Dirección General resuelve:
Primero.
Modificación de la Resolución de 5 de marzo de 2024, por la que se determinan las
prestaciones del sistema de la Seguridad Social cuya resolución se podrá adoptar de
forma automatizada, los criterios de reparto para la asignación a las direcciones
provinciales de la ordenación e instrucción de determinados procedimientos, y la
dirección provincial competente para reconocer las pensiones cuando sea de aplicación
un instrumento internacional de Seguridad Social.
La Resolución de 5 de marzo de 2024, por la que se determinan las prestaciones del
sistema de la Seguridad Social cuya resolución se podrá adoptar de forma automatizada,
los criterios de reparto para la asignación a las direcciones provinciales de la ordenación
e instrucción de determinados procedimientos, y la dirección provincial competente para
reconocer las pensiones cuando sea de aplicación un instrumento internacional de
Seguridad Social, queda modificada como sigue:
Uno.

Se modifica el resuelve sexto, que queda redactado del siguiente modo:

«Sexto. Entrada en vigor.
La presente resolución entrará en vigor a partir del día siguiente al de su
publicación en el "Boletín Oficial del Estado" y será de aplicación a las solicitudes
que se presenten a partir de dicha fecha, salvo el anexo sobre direcciones
provinciales a las que se atribuyen competencias y actuaciones en procedimientos
de reconocimiento de pensiones en aplicación de instrumentos internacionales de
Seguridad Social, que entrará en vigor el 1 de julio de 2024, con excepción de la
competencia de la Dirección Provincial de Málaga para la gestión de los
expedientes que se tramiten en virtud del Convenio Bilateral de Seguridad Social
con Moldavia, que entrará en vigor el 1 de junio de 2024.»
Dos.

Se modifica el anexo, en los siguientes términos:

Direcciones provinciales a las que se atribuyen las competencias y
actuaciones en los procedimientos de reconocimiento de pensiones en
aplicación de instrumentos internacionales de Seguridad Social
Dirección Provincial

Instrumento Internacional de Aplicación

País

Araba/Álava.

REGLAMENTOS COMUNITARIOS.

FINLANDIA.

Albacete.

CONVENIO BILATERAL SS.

MÉXICO.

Alacant/Alicante.

REGLAMENTOS COMUNITARIOS.

FRANCIA.

Almería.

REGLAMENTOS COMUNITARIOS.

RUMANÍA INST.EXT.

cve: BOE-A-2024-10764
Verificable en https://www.boe.es

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