II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-10833)
Resolución de 22 de mayo de 2024, de la Universidad de las Illes Balears, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 130
Miércoles 29 de mayo de 2024
Sec. II.B. Pág. 62226
proceda en los casos no previstos en ellas. En todo momento, su actuación se ajustará a
lo dispuesto en la LPACAP.
6.4 Los concursos de acceso se realizarán en las instalaciones de la Universidad
de las Illes Balears, sin perjuicio de que se puedan realizar utilizando medios
telemáticos.
6.5 Los aspirantes deberán presentar la documentación en el plazo establecido
por la comisión y acudir, si procede, a la celebración de la entrevista. Los aspirantes
que no presenten dicha documentación o no comparezcan a la entrevista, salvo casos
de fuerza mayor debidamente justificados y apreciados por la comisión, serán excluidos
del concurso. En todo caso corresponderá a la comisión adoptar las medidas
adecuadas para la verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en
el desarrollo del concurso, adoptando al respecto los acuerdos que considere
pertinentes.
6.6 La comisión deberá adoptar las medidas necesarias en el caso de concursantes
con necesidades especiales de forma que éstos tengan condiciones similares para la
realización de las pruebas al resto de concursantes. En este sentido se establecerán
para los concursantes con minusvalía que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.5
e), las adaptaciones posibles en tiempo y medios para la realización de las pruebas.
7.
7.1
Documentación a presentar por los concursantes
Los concursantes deberán entregar la siguiente documentación:
a) Curriculum vitae según modelo utilizado en la solicitud de acreditación a la
Agencia Nacional de Evaluación y Acreditación (ANECA). El uso de este modelo de
currículum exime a los candidatos de presentar documentación acreditativa de los
méritos alegados.
7.2
Forma de presentación:
a) Toda la documentación se aportará en formato electrónico en la forma que se les
indique a los candidatos en la convocatoria realizada por la comisión en los términos del
apartado 5.5.
Desarrollo del concurso de acceso, turno de promoción interna
8.1 La valoración de méritos se realizará en sesión secreta. En caso de celebración
de entrevista, ésta se desarrollará en sesión pública.
8.2 La entrevista constará de una exposición y defensa por parte del aspirante, en
un máximo de treinta minutos, de los méritos académicos y la adecuación a la plaza.
Seguidamente, la comisión debatirá con el concursante, durante un máximo de sesenta
minutos, sobre todos aquellos aspectos que estime relevantes en relación con la
documentación aportada, la exposición y la defensa realizadas.
8.3 Finalizada la valoración de méritos o, si procede, la entrevista, cada miembro
de la comisión elaborará un informe razonado sobre la valoración de cada uno de los
candidatos y en los que se tienen que desglosar cada uno de los aspectos evaluados
respecto de los criterios establecidos. Estos informes pueden ser sustituidos por un solo
informe de la comisión, cuando haya consenso entre todos los miembros.
A la vista de los informes, los miembros de la comisión votarán, sin que sea posible
la abstención en las votaciones, qué candidatos han superado el concurso de méritos.
9.
Propuesta de provisión
9.1 La comisión elevará al Rector, en el plazo máximo de tres meses desde el acto
de constitución, una propuesta motivada, y con carácter vinculante, en la que se
relacionarán todos los candidatos por orden de preferencia para su nombramiento, y sin
cve: BOE-A-2024-10833
Verificable en https://www.boe.es
8.
Núm. 130
Miércoles 29 de mayo de 2024
Sec. II.B. Pág. 62226
proceda en los casos no previstos en ellas. En todo momento, su actuación se ajustará a
lo dispuesto en la LPACAP.
6.4 Los concursos de acceso se realizarán en las instalaciones de la Universidad
de las Illes Balears, sin perjuicio de que se puedan realizar utilizando medios
telemáticos.
6.5 Los aspirantes deberán presentar la documentación en el plazo establecido
por la comisión y acudir, si procede, a la celebración de la entrevista. Los aspirantes
que no presenten dicha documentación o no comparezcan a la entrevista, salvo casos
de fuerza mayor debidamente justificados y apreciados por la comisión, serán excluidos
del concurso. En todo caso corresponderá a la comisión adoptar las medidas
adecuadas para la verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en
el desarrollo del concurso, adoptando al respecto los acuerdos que considere
pertinentes.
6.6 La comisión deberá adoptar las medidas necesarias en el caso de concursantes
con necesidades especiales de forma que éstos tengan condiciones similares para la
realización de las pruebas al resto de concursantes. En este sentido se establecerán
para los concursantes con minusvalía que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.5
e), las adaptaciones posibles en tiempo y medios para la realización de las pruebas.
7.
7.1
Documentación a presentar por los concursantes
Los concursantes deberán entregar la siguiente documentación:
a) Curriculum vitae según modelo utilizado en la solicitud de acreditación a la
Agencia Nacional de Evaluación y Acreditación (ANECA). El uso de este modelo de
currículum exime a los candidatos de presentar documentación acreditativa de los
méritos alegados.
7.2
Forma de presentación:
a) Toda la documentación se aportará en formato electrónico en la forma que se les
indique a los candidatos en la convocatoria realizada por la comisión en los términos del
apartado 5.5.
Desarrollo del concurso de acceso, turno de promoción interna
8.1 La valoración de méritos se realizará en sesión secreta. En caso de celebración
de entrevista, ésta se desarrollará en sesión pública.
8.2 La entrevista constará de una exposición y defensa por parte del aspirante, en
un máximo de treinta minutos, de los méritos académicos y la adecuación a la plaza.
Seguidamente, la comisión debatirá con el concursante, durante un máximo de sesenta
minutos, sobre todos aquellos aspectos que estime relevantes en relación con la
documentación aportada, la exposición y la defensa realizadas.
8.3 Finalizada la valoración de méritos o, si procede, la entrevista, cada miembro
de la comisión elaborará un informe razonado sobre la valoración de cada uno de los
candidatos y en los que se tienen que desglosar cada uno de los aspectos evaluados
respecto de los criterios establecidos. Estos informes pueden ser sustituidos por un solo
informe de la comisión, cuando haya consenso entre todos los miembros.
A la vista de los informes, los miembros de la comisión votarán, sin que sea posible
la abstención en las votaciones, qué candidatos han superado el concurso de méritos.
9.
Propuesta de provisión
9.1 La comisión elevará al Rector, en el plazo máximo de tres meses desde el acto
de constitución, una propuesta motivada, y con carácter vinculante, en la que se
relacionarán todos los candidatos por orden de preferencia para su nombramiento, y sin
cve: BOE-A-2024-10833
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