II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-10833)
Resolución de 22 de mayo de 2024, de la Universidad de las Illes Balears, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 130

Miércoles 29 de mayo de 2024

Sec. II.B. Pág. 62225

y, en su caso, a los suplentes para proceder al acto de constitución de la comisión,
fijando la fecha, la hora y el lugar de celebración. En dicha citación, que deberá ser
notificada por medios electrónicos, se indicará el día, la hora y el lugar en la que tendrá
lugar el acto de constitución.
5.4 La constitución de la comisión exigirá la presencia de la totalidad de sus
miembros titulares. Los miembros titulares que no concurrieran al citado acto cesarán y
serán sustituidos conforme a lo previsto en el artículo 12 del Acuerdo
Normativo 15356/2024, de 21 de febrero, por el que se regula el régimen de concursos
de acceso a los cuerpos docentes universitarios y de contratación en la modalidad de
profesor permanente laboral.
Los miembros de la comisión presentes en el acto de constitución deberán haber
firmado una declaración de no incurrir en ninguna de las circunstancias de
incompatibilidad recogidas en el artículo 32.4 del Real Decreto 678/2923, de 18 de julio,
por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes
universitarios y el régimen de concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos.
5.5 En el acto de constitución la comisión deberá establecer: a) el plazo para la
presentación de la documentación por los candidatos; b) la forma de aportación de la
documentación; c) los criterios específicos para la valoración de los méritos curriculares
con relación al perfil de la plaza; d) la fecha en la que la comisión procederá a la
valoración de los méritos curriculares; y, si procede, e) la fecha, hora y lugar en el que se
realizará la entrevista a los candidatos admitidos y el orden de intervención. En cualquier
caso, la fecha en la que la comisión procederá a la valoración de los méritos curriculares
deberá respetar los plazos establecidos en el artículo 19.5 del Acuerdo
Normativo 15356/2024, de 21 de febrero, por el que se regula el régimen de concursos
de acceso a los cuerpos docentes universitarios y de contratación, en la modalidad de
profesor permanente laboral y celebrarse, como mínimo, diez días naturales después del
acto de la constitución.
Esta resolución de la comisión se publicará en el Tablón Electrónico Oficial de la
Sede electrónica de la Universidad de las Illes Balears.
5.6 De conformidad con el apartado 3 del artículo 11 («Normas generales») del
Acuerdo Normativo 15356/2024, de 21 de febrero, por el que se regula el régimen de
concursos de acceso a los cuerpos docentes universitarios y de contratación en la
modalidad de profesor permanente laboral, los currículums vitae de los miembros de las
comisiones se harán públicos a través de la plataforma de gestión de la Fundación
Española para la Ciencia y la Tecnología (FECyT).
5.7 Los miembros de las Comisiones que no sean de la Universidad de las Illes
Balears tendrán derecho a percibir los gastos de viaje, dietas y asistencias de
conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre
indemnizaciones por razón del servicio.
Procedimiento de celebración de los concursos

6.1 Una vez constituida la Comisión, necesitará de la participación de un mínimo de
dos miembros para actuar válidamente. Si la comisión queda con menos de dos
miembros, no podrá actuar válidamente y anulándose las actuaciones que hubieran
podido llevar a cabo en esta situación. A continuación se nombrará una nueva comisión
por el procedimiento establecido en el artículo 12.8 del Acuerdo Normativo 15356/2024,
de 21 de febrero, por el que se regula el régimen de concursos de acceso a los cuerpos
docentes universitarios y de contratación en la modalidad de profesor permanente
laboral.
6.2 La comisión tomará sus acuerdos por mayoría simple y no se permite la
abstención; en caso de empate, será dirimente el voto de calidad del presidente. Las
deliberaciones tendrán carácter secreto.
6.3 Durante el desarrollo de los concursos de acceso, las comisiones resolverán las
dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como la actuación que

cve: BOE-A-2024-10833
Verificable en https://www.boe.es

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