III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Convenios. (BOE-A-2024-10841)
Resolución de 22 de mayo de 2024, del Consorcio de la Zona Franca de Vigo, por la que se publica el Convenio con la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Pontevedra, Vigo, y Villagarcía de Arousa, para la ejecución de acciones de promoción comercial exterior dentro del Programa Pyme Global de la Cámara de Comercio de España, financiado por FEDER en el marco del "Programa Plurirregional de España FEDER 2021-2027".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 130
Miércoles 29 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 62266
Seguimiento del convenio, podrán acordar la continuación y finalización de las
actuaciones en curso que consideren oportunas, estableciendo un plazo máximo
improrrogable de 6 meses para su finalización, transcurrido el cual deberá realizarse la
liquidación del convenio en los términos establecidos en el apartado 2 del artículo 52 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Novena.
Régimen de modificación.
Toda modificación del convenio deberá formalizase mediante adenda, conforme a los
requisitos legalmente establecidos y previa autorización prevista en el artículo 50 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.
Décima. Naturaleza y régimen jurídico.
Este convenio tiene naturaleza administrativa y se regirá, además de lo dispuesto en
su clausulado, por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
Asimismo, le serán de aplicación las demás normas de derecho administrativo
aplicable, o en su defecto, las derivadas del derecho privado.
Las cuestiones litigiosas a que pueda dar lugar la interpretación, modificación,
efectos o resolución del presente convenio, serán resueltas de conformidad con la
Ley 29/1998, del 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
En prueba de conformidad, se firma por las partes, en Vigo el 20 de mayo de 2024.–
Por el Consorcio de la Zona Franca de Vigo, David Regades Fernández.–Por la Cámara
de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Vigo José García Costas.
ANEXO I
Este presupuesto es orientativo, siendo posible ampliar los gastos de una acción si
en otra no se ejecuta.
En ningún caso se superará el gasto máximo subvencionable de 86.211,83 euros.
Presupuesto (100 %)
–
Euros
Aportación FEDER
(60 %)
–
Euros
Aportación CZFV
(40 %)
–
Euros
Misión inversa Conxemar/
Encuentro empresarios.
60.531,83
36.319,10
24.212,73
Misión inversa feria Navalia.
25.680,00
15.408,00
10.272,00
Totales.
86.211,83
51.727,10
34.484,73
Totales.
9.000,00
9.000,00
43 484,73
Acciones de apoyo: Gastos no subvencionables en el programa PIP, tales como los
importes no subvencionables por superar el máximo de las bolsas de viaje
subvencionables según origen de los importadores, mejora en el montaje del stand, un
cóctel o cena, etc.
cve: BOE-A-2024-10841
Verificable en https://www.boe.es
Gastos no subvencionables.
Núm. 130
Miércoles 29 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 62266
Seguimiento del convenio, podrán acordar la continuación y finalización de las
actuaciones en curso que consideren oportunas, estableciendo un plazo máximo
improrrogable de 6 meses para su finalización, transcurrido el cual deberá realizarse la
liquidación del convenio en los términos establecidos en el apartado 2 del artículo 52 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Novena.
Régimen de modificación.
Toda modificación del convenio deberá formalizase mediante adenda, conforme a los
requisitos legalmente establecidos y previa autorización prevista en el artículo 50 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.
Décima. Naturaleza y régimen jurídico.
Este convenio tiene naturaleza administrativa y se regirá, además de lo dispuesto en
su clausulado, por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
Asimismo, le serán de aplicación las demás normas de derecho administrativo
aplicable, o en su defecto, las derivadas del derecho privado.
Las cuestiones litigiosas a que pueda dar lugar la interpretación, modificación,
efectos o resolución del presente convenio, serán resueltas de conformidad con la
Ley 29/1998, del 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
En prueba de conformidad, se firma por las partes, en Vigo el 20 de mayo de 2024.–
Por el Consorcio de la Zona Franca de Vigo, David Regades Fernández.–Por la Cámara
de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Vigo José García Costas.
ANEXO I
Este presupuesto es orientativo, siendo posible ampliar los gastos de una acción si
en otra no se ejecuta.
En ningún caso se superará el gasto máximo subvencionable de 86.211,83 euros.
Presupuesto (100 %)
–
Euros
Aportación FEDER
(60 %)
–
Euros
Aportación CZFV
(40 %)
–
Euros
Misión inversa Conxemar/
Encuentro empresarios.
60.531,83
36.319,10
24.212,73
Misión inversa feria Navalia.
25.680,00
15.408,00
10.272,00
Totales.
86.211,83
51.727,10
34.484,73
Totales.
9.000,00
9.000,00
43 484,73
Acciones de apoyo: Gastos no subvencionables en el programa PIP, tales como los
importes no subvencionables por superar el máximo de las bolsas de viaje
subvencionables según origen de los importadores, mejora en el montaje del stand, un
cóctel o cena, etc.
cve: BOE-A-2024-10841
Verificable en https://www.boe.es
Gastos no subvencionables.