III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Comunidad Foral de Navarra. Convenio. (BOE-A-2024-10850)
Resolución de 20 de mayo de 2024, del Instituto Nacional de Estadística, por la que se publica el Convenio con el Instituto de Estadística de Navarra-Nastat, sobre cooperación estadística e intercambio de información.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 130

Miércoles 29 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 62343

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA
10850

Resolución de 20 de mayo de 2024, del Instituto Nacional de Estadística, por
la que se publica el Convenio con el Instituto de Estadística de NavarraNastat, sobre cooperación estadística e intercambio de información.

Suscrito el Convenio sobre cooperación estadística e intercambio de información
entre el Instituto Nacional de Estadística y el Instituto de Estadística de Navarra-Nastat,
en función de lo establecido en el punto 8 del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín
Oficial del Estado» de dicho Convenio que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 20 de mayo de 2024.–La Presidenta del Instituto Nacional de Estadística,
Elena Manzanera Díaz.
ANEXO
Convenio sobre cooperación estadística e intercambio de información entre el
Instituto Nacional de Estadística y el Instituto de Estadística de Navarra-Nastat
REUNIDOS
De una parte, don Carlos Javier Ballano Fernández, Director General de Planificación
Estadística y Procesos del Instituto Nacional de Estadística, nombrado mediante Real
Decreto 835/2022, de 5 de octubre, actuando en representación del citado Instituto, de
conformidad con lo establecido en el apartado primero, punto 1.f), de la Resolución de 8
de marzo de 2024 de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística, por la que se
delegan competencias (BOE núm. 70, de 20 de marzo).
Y, de otra, don Pablo Cebrián Jiménez, Director del Instituto de Estadística de
Navarra, nombrado mediante Decreto Foral 142/2015, de 28 de agosto, actuando en el
ejercicio de las funciones atribuidas por el artículo 31.1.i) de la Ley Foral 11/1997, de 27
de junio, de estadística de Navarra, y facultado para la firma de este convenio mediante
Orden Foral 17/2024, de 8 de marzo, del Consejero de Presidencia e Igualdad.
A efectos de este convenio la expresión «las Partes» designa conjuntamente al
Instituto Nacional de Estadística y al Instituto de Estadística de Navarra-Nastat.
EXPONEN

Que las Partes conscientes de la importancia de mantener y reforzar las relaciones
de cooperación estadística y el intercambio de información, de acuerdo con lo
establecido en sus respectivas leyes de estadística, de la forma más adecuada para el
beneficio mutuo, y, sobre todo de los usuarios de las estadísticas oficiales estatales y
autonómicas, suscribieron en 2020 un Convenio sobre cooperación estadística e
intercambio de información que ha venido desarrollándose de forma satisfactoria para
ambas partes y cuya vigencia ha finalizado.
Segundo.
Que la experiencia adquirida en el desarrollo del citado convenio aconseja la
continuidad de esta cooperación y el mantenimiento, de mutuo acuerdo, de cauces

cve: BOE-A-2024-10850
Verificable en https://www.boe.es

Primero.