I. Disposiciones generales. COMUNIDAD DE MADRID. Presupuestos. (BOE-A-2024-10765)
Ley 15/2023, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 130

Miércoles 29 de mayo de 2024

Sec. I. Pág. 61997

TÍTULO I
De la aprobación de los presupuestos y de sus modificaciones
CAPÍTULO I
De los créditos y su financiación
Artículo 1.

Ámbito de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid.

1. Los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el ejercicio del
año 2024 están integrados por:
a) El Presupuesto de la Asamblea de Madrid.
b) El Presupuesto de la Cámara de Cuentas.
c) El Presupuesto de la Administración de la Comunidad de Madrid.
d) Los Presupuestos de los organismos autónomos administrativos.
e) Los Presupuestos de los organismos autónomos mercantiles.
f) Los Presupuestos de los entes públicos a los que se refiere el artículo 6 de la
Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid,
cuya normativa específica confiere carácter limitativo a los créditos de su presupuesto de
gastos.
g) Los Presupuestos de las empresas públicas con forma de entidad de derecho
público.
h) Los Presupuestos de las empresas públicas con forma de sociedad mercantil.
i) Los Presupuestos de los restantes entes públicos a que se refiere el artículo 6 de
la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de
Madrid.
j) Los Presupuestos de los consorcios adscritos a la Comunidad de Madrid.
k) Los Presupuestos de las fundaciones del Sector Público autonómico.
2. A los efectos de esta ley, se entiende por fundaciones del Sector Público
autonómico aquéllas que reúnan alguno de los requisitos siguientes:
a) Que se constituyan de forma inicial, con una aportación mayoritaria, directa o
indirecta, de la Administración General de la Comunidad de Madrid o cualquiera de los
sujetos integrantes del sector público institucional autonómico, o bien reciban dicha
aportación con posterioridad a su constitución.
b) Que el patrimonio de la fundación esté integrado en más de un 50 por ciento por
bienes o derechos aportados o cedidos por sujetos integrantes del sector público
institucional autonómico con carácter permanente.
c) La mayoría de derechos de voto en su patronato corresponda a representantes
del sector público institucional autonómico.

1. En el estado de gastos del Presupuesto de la Asamblea de Madrid se aprueban
créditos por un importe total de 40.190.190 euros, que se financiarán con los derechos
económicos a reconocer durante el ejercicio del año 2024 de igual cuantía.
2. En el estado de gastos del Presupuesto de la Cámara de Cuentas se aprueban
créditos por un importe total de 9.521.166 euros, que se financiarán con los derechos
económicos a reconocer durante el ejercicio del año 2024 de igual cuantía.
3. En el estado de gastos del Presupuesto de la Administración de la Comunidad
de Madrid se aprueban créditos por un importe total de 29.835.961.700 euros, de los

cve: BOE-A-2024-10765
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Artículo 2. De los créditos iniciales y financiación de los mismos.