I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Formación profesional. (BOE-A-2024-10685)
Real Decreto 500/2024, de 21 de mayo, por el que se modifican determinados reales decretos por los que se establecen títulos de Formación Profesional de grado superior y se fijan sus enseñanzas mínimas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 28 de mayo de 2024

Sec. I. Pág. 61167

obtención, expedición y homologación de los títulos académicos y profesionales y
normas básicas para el desarrollo del artículo 27 de la Constitución Española, a fin de
garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en esta materia.
En la tramitación de este real decreto se han cumplido los trámites establecidos en la
Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, y en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Ha emitido dictamen el Consejo Escolar del Estado y ha sido informado el Ministerio de
Política Territorial y Memoria Democrática.
En su virtud, a propuesta de la Ministra de Educación, Formación Profesional y
Deportes, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 21 de
mayo de 2024,
DISPONGO:
Artículo primero. Objeto y ámbito de aplicación.
Uno. El presente real decreto tiene por objeto la modificación de determinados
reales decretos por los que se establecen títulos de Formación Profesional de grado
superior y se fijan sus enseñanzas mínimas para su adaptación a lo establecido en el
Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema
de Formación Profesional.
Dos. Las modificaciones contenidas en este real decreto serán de aplicación, en los
términos que se indica en cada caso, a la ordenación de los títulos de Formación
Profesional de grado superior establecidos en los siguientes reales decretos:
a) Forman parte de este ámbito los reales decretos que a continuación se
relacionan:
1.º Real Decreto 1394/2007, de 29 de octubre, por el que se establece el título de
Técnico Superior en Educación infantil y se fijan sus enseñanzas mínimas.
2.º Real Decreto 1395/2007, de 29 de octubre, por el que se establece el título de
Técnico Superior en Laboratorio de análisis y de control de calidad y se fijan sus
enseñanzas mínimas.
3.º Real Decreto 1685/2007, de 14 de diciembre, por el que se establece el título de
Técnico Superior en Audiología Protésica y se fijan sus enseñanzas mínimas.
4.º Real Decreto 1687/2007, de 14 de diciembre, por el que se establece el título de
Técnico Superior en Programación de la Producción en Fabricación Mecánica y se fijan
sus enseñanzas mínimas.
5.º Real Decreto 1688/2007, de 14 de diciembre, por el que se establece el título de
Técnico Superior en Vitivinicultura y se fijan sus enseñanzas mínimas.
6.º Real Decreto 174/2008, de 8 de febrero, por el que se establece el título de
Técnico Superior en Construcciones Metálicas y se fijan sus enseñanzas mínimas.
7.º Real Decreto 175/2008, de 8 de febrero, por el que se establece el título de
Técnico Superior en Química Industrial y se fijan sus enseñanzas mínimas.
8.º Real Decreto 219/2008, de 15 de febrero, por el que se establece el título de
Técnico Superior en Desarrollo de Proyectos de Instalaciones Térmicas y de Fluidos y se
fijan sus enseñanzas mínimas.
9.º Real Decreto 220/2008, de 15 de febrero, por el que se establece el título de
Técnico Superior en Mantenimiento de Instalaciones Térmicas y de Fluidos y se fijan sus
enseñanzas mínimas.
10.º Real Decreto 954/2008, de 6 de junio, por el que se establece el título de
Técnico Superior en Patronaje y Moda y se fijan sus enseñanzas mínimas.
11.º Real Decreto 1177/2008, 11 de julio, por el que se establece el título de
Técnico Superior en Eficiencia Energética y Energía Solar Térmica y se fijan sus
enseñanzas mínimas

cve: BOE-A-2024-10685
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Núm. 129