I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Formación profesional. (BOE-A-2024-10683)
Real Decreto 498/2024, de 21 de mayo, por el que se modifican determinados reales decretos por los que se establecen títulos de Formación Profesional de grado básico y se fijan sus enseñanzas mínimas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 129

Martes 28 de mayo de 2024

Sec. I. Pág. 60948

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL
Y DEPORTES
10683

Real Decreto 498/2024, de 21 de mayo, por el que se modifican
determinados reales decretos por los que se establecen títulos de Formación
Profesional de grado básico y se fijan sus enseñanzas mínimas.
ÍNDICE

Artículo primero. Objeto y ámbito de aplicación.
Artículo segundo. Modificación del artículo relativo al establecimiento de títulos.
Artículo tercero. Modificación del apartado relativo a la identificación del título.
Artículo cuarto. Modificación del apartado relativo a cualificaciones y unidades de
competencia.
Artículo quinto. Modificación del apartado relativo a los módulos profesionales.
Artículo sexto. Modificación del apartado relativo al desarrollo de los módulos.
Artículo séptimo. Carácter de los contenidos del currículo.
Artículo octavo. Modificación del apartado relativo al profesorado.
Artículo noveno. Modificación del apartado relativo a correspondencia entre
módulos profesionales y unidades de competencia.
Artículo décimo. Referencias a las familias profesionales para admisión.
Disposición adicional primera. Horas del currículo básico.
Disposición adicional segunda. Nivel básico de la actividad preventiva.
Disposición adicional tercera. Convalidación de ámbitos no profesionales.
Disposición adicional cuarta. Titulación.
Disposición adicional quinta. Convalidación a través de estándares de
competencias profesionales.
Disposición adicional sexta. Referencias a las competencias profesionales,
personales y sociales.
Disposición adicional séptima. Expresión de la calificación.
Disposición transitoria única. Aplicación de los reales decretos por los que se
establecen títulos de formación profesional básica de acuerdo con el calendario
establecido en el Real Decreto 278/2023, de 11 de abril.
Disposición final primera. Título competencial.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la
Formación Profesional, concreta el compromiso asumido por España de modernización
de nuestro país, facilitando la cualificación, la empleabilidad y, en consecuencia, la
generación de riqueza. Pone en el centro de la acción política a la persona y su
necesidad de cualificarse y mantenerse actualizada a lo largo de toda su vida.
Para canalizar todas las expectativas, la ley orgánica requiere ser desarrollada,
dando cobertura reglamentaria a la concreción de la flexibilización y accesibilidad del
sistema planteadas, para que las administraciones responsables del desarrollo de las
políticas en materia de formación profesional y su gestión desde cada comunidad

cve: BOE-A-2024-10683
Verificable en https://www.boe.es

Anexo I. Currículo básico del módulo de Proyecto intermodular de aprendizaje
colaborativo para grado básico.
Anexo II. Tabla de adaptación horaria del currículo básico.
Anexo III. Carga horaria del currículo básico.