I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Formación profesional. (BOE-A-2024-10682)
Real Decreto 497/2024, de 21 de mayo, por el que se modifican determinados reales decretos por los que se establecen, en el ámbito de la Formación Profesional, cursos de especialización de grado medio y superior y se fijan sus enseñanzas mínimas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 28 de mayo de 2024

Sec. I. Pág. 60898

transparencia porque durante el procedimiento de elaboración de la norma se ha
permitido la participación activa de los potenciales destinatarios a través del trámite de
audiencia e información pública y quedan justificados los objetivos que persigue la ley.
Este real decreto se dicta al amparo de las competencias que atribuye al Estado el
artículo 149.1.30.ª de la Constitución Española, para la regulación de las condiciones de
obtención, expedición y homologación de los títulos académicos y profesionales y
normas básicas para el desarrollo del artículo 27 de la Constitución Española, a fin de
garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en esta materia.
En la tramitación de este real decreto se han cumplido los trámites establecidos en la
Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, y en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Ha emitido dictamen el Consejo Escolar del Estado y ha sido informado el Ministerio de
Política Territorial y Memoria Democrática.
En su virtud, a propuesta de la Ministra de Educación, Formación Profesional y
Deportes, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 21 de
mayo de 2024,
DISPONGO:
Artículo primero. Objeto y ámbito de aplicación.
Uno. El presente real decreto tiene por objeto la modificación de determinados
reales decretos por los que se establecen cursos de especialización de grado medio y
superior y se fijan sus enseñanzas mínimas para su adaptación a lo establecido en el
Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema
de Formación Profesional.
Dos. Las modificaciones contenidas en este real decreto serán de aplicación, en los
términos que se indica en cada caso, a la ordenación de los cursos de especialización de
grado medio establecida por los siguientes reales decretos:
a) Real Decreto 482/2020, de 7 de abril, por el que se establece el curso de
especialización en Panadería y bollería artesanales y se fijan los aspectos básicos del
currículo, y se modifica el Real Decreto 651/2017, de 23 de junio, por el que se establece
el Título de Técnico Superior en Acondicionamiento Físico y se fijan los aspectos básicos
del currículo.
b) Real Decreto 262/2021, de 13 de abril, por el que se establece el curso de
especialización en Implementación de redes 5G y se fijan los aspectos básicos del
currículo.
c) Real Decreto 281/2021, de 20 de abril, por el que se establece el curso de
especialización en Mantenimiento de vehículos híbridos y eléctricos y se fijan los
aspectos básicos del currículo.
d) Real Decreto 206/2022, de 22 de marzo, por el que se establece el curso de
especialización en Instalación y mantenimiento de sistemas conectados a internet (IoT) y
se fijan los aspectos básicos del currículo, y se modifica el Real Decreto 280/2021, de 20
de abril, por el que se establece el curso de especialización en Fabricación aditiva y se
fijan los aspectos básicos del currículo, en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia.
Tres. Las modificaciones contenidas en este real decreto serán de aplicación, en
los términos que se indica en cada caso, a la ordenación de los cursos de
especialización de grado superior establecida por los siguientes reales decretos:
a) Forman parte de este ámbito los reales decretos que a continuación se
relacionan:
1.º Real Decreto 93/2019, 1 de marzo, por el que se establece el curso de
especialización en Cultivos celulares y se fijan los aspectos básicos del currículo, y se
modifica el Real Decreto 74/2018, de 19 de febrero, por el que se establece el título de

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Núm. 129