III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Pesca marítima. (BOE-A-2024-10740)
Orden APA/499/2024, de 27 de mayo, por la que se modifica el anexo III de la Orden APA/423/2020, de 18 de mayo, por la que se establece un plan de gestión para la conservación de los recursos pesqueros demersales en el mar Mediterráneo.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 129
Martes 28 de mayo de 2024
ii)
Sec. III. Pág. 61751
En la totalidad del litoral:
– En la zona comprendida entre la demora de 176°, trazada desde la central
térmica de Cubelles, en situación 41° 12,2’ de latitud Norte y 1° 39,4’ de longitud
Este y la demora de 150°, trazada desde el cabo de Salou en situación 41° 03,29’
de latitud Norte y 1° 10,28’ Este, del 13 de octubre al 12 de noviembre (ambos
incluidos).
d) Entre la isóbata de 150 y 500 metros:
– En el resto del litoral de Tarragona, desde la zona comprendida entre la
demora de 123° trazada desde la gola Sur del rio Ebro, en situación 40° 40,9’ de
latitud Norte y 0° 51,30’ de longitud Este, y todo el litoral de Castellón hasta el
paralelo de la Gola de Cerrada, en situación 39° 43’.7 N y 0.º 11’.1 W, del 1 al 31
de octubre (ambos inclusive).
e) El litoral de la provincia de Valencia/València, y norte de Alicante/Alacant
hasta la demora de 125° trazada en situación 38° 44,19’ latitud Norte y 0° 13,00’
longitud Este en el Cabo de la Nao del 1 al 31 de octubre (ambos inclusive).
f) El resto del litoral de la provincia de Alicante/Alacant, de la siguiente
manera:
g) El litoral de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, entre la isóbata
de 150 y 500 metros, del 1 al 28 de febrero (ambos inclusive).
h) El litoral de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, del 7 de
octubre al 5 de noviembre (ambos inclusive).
i) El litoral de las provincias de Almería y Granada, y la zona de la reserva de
pesca del entorno de la isla de Alborán y caladeros adyacentes regulada en el
artículo 2.1 de la Orden de 8 de septiembre de 1998, por la que se establece una
reserva marina y una reserva de pesca en el entorno de la isla de Alborán y se
regula el ejercicio de la pesca en los caladeros adyacentes, del 1 al 28 de febrero
(ambos inclusive).
j) El litoral de la provincia de Málaga y el litoral mediterráneo de la provincia
de Cádiz del 1 al 31 de octubre (ambos inclusive).»
Dos.
Se introduce un nuevo apartado L) en el anexo III con la siguiente redacción:
«L) Vedas espaciotemporales adicionales para la protección de los recursos
demersales:
a) En la provincia de Tarragona, en todas las profundidades de la zona
comprendida entre la demora de 140°, trazada desde el puerto de l’Hospitalet de
cve: BOE-A-2024-10740
Verificable en https://www.boe.es
– En la zona comprendida desde la demora de 130° trazada desde la punta de
la Escaleta, en situación 38° 31,6’ de latitud Norte y 0° 05,47’ de la longitud Oeste
hasta la demora de 145° trazada en situación 38° 44,19’ latitud Norte y 0° 13,00’
longitud Este en el Cabo la Nao, del 24 de febrero al 24 de marzo (ambos
inclusive).
– En la zona comprendida desde la demora de 130° trazada desde la punta de
la Escaleta, en situación 38° 31,6’ de latitud Norte y 0° 05,47’ de longitud Oeste
hasta la demora de 145° trazada desde El Campello en situación de 38° 25,712’
latitud Norte y 0° 23,066’ de longitud Oeste, del 1 al 31 de octubre (ambos
inclusive).
– En la zona comprendida entre la demora de 120° trazada desde el Mojón en
el punto situado en 37° 50,90’ latitud Norte y 00° 45,70’ longitud Oeste hasta la
demora de 140° trazada desde el punto situado en 38° 21,19’ de latitud Norte
y 00° 24,162’ longitud Oeste, en el Cabo de L´Horta del 1 al 30 de noviembre
(ambos inclusive).
Núm. 129
Martes 28 de mayo de 2024
ii)
Sec. III. Pág. 61751
En la totalidad del litoral:
– En la zona comprendida entre la demora de 176°, trazada desde la central
térmica de Cubelles, en situación 41° 12,2’ de latitud Norte y 1° 39,4’ de longitud
Este y la demora de 150°, trazada desde el cabo de Salou en situación 41° 03,29’
de latitud Norte y 1° 10,28’ Este, del 13 de octubre al 12 de noviembre (ambos
incluidos).
d) Entre la isóbata de 150 y 500 metros:
– En el resto del litoral de Tarragona, desde la zona comprendida entre la
demora de 123° trazada desde la gola Sur del rio Ebro, en situación 40° 40,9’ de
latitud Norte y 0° 51,30’ de longitud Este, y todo el litoral de Castellón hasta el
paralelo de la Gola de Cerrada, en situación 39° 43’.7 N y 0.º 11’.1 W, del 1 al 31
de octubre (ambos inclusive).
e) El litoral de la provincia de Valencia/València, y norte de Alicante/Alacant
hasta la demora de 125° trazada en situación 38° 44,19’ latitud Norte y 0° 13,00’
longitud Este en el Cabo de la Nao del 1 al 31 de octubre (ambos inclusive).
f) El resto del litoral de la provincia de Alicante/Alacant, de la siguiente
manera:
g) El litoral de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, entre la isóbata
de 150 y 500 metros, del 1 al 28 de febrero (ambos inclusive).
h) El litoral de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, del 7 de
octubre al 5 de noviembre (ambos inclusive).
i) El litoral de las provincias de Almería y Granada, y la zona de la reserva de
pesca del entorno de la isla de Alborán y caladeros adyacentes regulada en el
artículo 2.1 de la Orden de 8 de septiembre de 1998, por la que se establece una
reserva marina y una reserva de pesca en el entorno de la isla de Alborán y se
regula el ejercicio de la pesca en los caladeros adyacentes, del 1 al 28 de febrero
(ambos inclusive).
j) El litoral de la provincia de Málaga y el litoral mediterráneo de la provincia
de Cádiz del 1 al 31 de octubre (ambos inclusive).»
Dos.
Se introduce un nuevo apartado L) en el anexo III con la siguiente redacción:
«L) Vedas espaciotemporales adicionales para la protección de los recursos
demersales:
a) En la provincia de Tarragona, en todas las profundidades de la zona
comprendida entre la demora de 140°, trazada desde el puerto de l’Hospitalet de
cve: BOE-A-2024-10740
Verificable en https://www.boe.es
– En la zona comprendida desde la demora de 130° trazada desde la punta de
la Escaleta, en situación 38° 31,6’ de latitud Norte y 0° 05,47’ de la longitud Oeste
hasta la demora de 145° trazada en situación 38° 44,19’ latitud Norte y 0° 13,00’
longitud Este en el Cabo la Nao, del 24 de febrero al 24 de marzo (ambos
inclusive).
– En la zona comprendida desde la demora de 130° trazada desde la punta de
la Escaleta, en situación 38° 31,6’ de latitud Norte y 0° 05,47’ de longitud Oeste
hasta la demora de 145° trazada desde El Campello en situación de 38° 25,712’
latitud Norte y 0° 23,066’ de longitud Oeste, del 1 al 31 de octubre (ambos
inclusive).
– En la zona comprendida entre la demora de 120° trazada desde el Mojón en
el punto situado en 37° 50,90’ latitud Norte y 00° 45,70’ longitud Oeste hasta la
demora de 140° trazada desde el punto situado en 38° 21,19’ de latitud Norte
y 00° 24,162’ longitud Oeste, en el Cabo de L´Horta del 1 al 30 de noviembre
(ambos inclusive).