II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. Carrera Judicial. (BOE-A-2024-10695)
Acuerdo de 23 de mayo de 2024, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convocan pruebas de promoción y especialización en los asuntos propios de los órganos de lo mercantil.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 129
Martes 28 de mayo de 2024
Sexta.
Sec. II.B. Pág. 61469
Proceso selectivo.
1. El orden de actuación de todas las personas aspirantes se iniciará
alfabéticamente por apellidos, comenzando por la letra «W» según lo establecido en la
Resolución de 27 de julio de 2023, de la Secretaría de Estado de Función Pública (BOE
núm. 180, 29 de julio de 2023). En el supuesto de que no exista ningún opositor cuyo
primer apellido comience por la letra «W», el orden de actuación se iniciará por aquellos
cuyo primer apellido comience por la letra «X», y así sucesivamente.
2. El proceso selectivo tiene por objeto apreciar el grado de capacitación
profesional necesario para el ejercicio de funciones jurisdiccionales en materia mercantil.
Consistirá en la realización de un ejercicio teórico y un dictamen, cuya superación dará
acceso a un curso teórico-práctico a celebrar en la Escuela Judicial.
3. Ambos ejercicios versarán sobre las materias que componen el programa que
aparece como anexo I al presente Acuerdo, cuyo contenido, para todos los ejercicios del
proceso selectivo, se ajustará a la normativa publicada en el «Boletín Oficial del Estado»
a la fecha de la publicación de la convocatoria, aun cuando no hubiera entrado en vigor.
En la valoración de estas materias, el Tribunal tendrá en cuenta:
a) La formación jurídica de la persona candidata en las materias propias de los
órganos de lo mercantil, concretada en el conocimiento de la norma, doctrina y
jurisprudencia aplicables.
b) La actualización y suficiencia de su preparación mediante el conocimiento de las
novedades legislativas, doctrinales y jurisprudenciales en dichas materias.
c) La capacidad de argumentación jurídica y razonamiento lógico para alcanzar
conclusiones válidas, tanto formal como materialmente.
d) La capacidad de exponer por escrito u oralmente, según proceda por el tipo de
ejercicio, con coherencia, claridad, orden y fluidez, dedicando el tiempo necesario a cada
institución o cuestión a resolver y empleando con propiedad y corrección jurídica
términos y expresiones.
A estos efectos, para el ejercicio teórico, cada miembro presente del Tribunal
cumplimentará el instrumento de evaluación que se acompaña como anexo II de estas
bases, incorporándose al final de la sesión al acta correspondiente. Para el ejercicio
práctico, cada miembro presente del Tribunal cumplimentará un instrumento de
evaluación adaptado al ejercicio propuesto, incorporándose al final de la sesión al acta
correspondiente.
a) Se efectuará un solo llamamiento, quedando decaídas en su derecho las personas
candidatas que no comparezcan a realizar la prueba, a menos que, con anterioridad a dicho
acto, justifiquen debidamente la causa de su incomparecencia, que será apreciada por el
Tribunal. E n este supuesto, se efectuará una nueva convocatoria por el Tribunal. Si el
llamamiento se produjese dentro de las cuatro semanas anteriores a la fecha prevista para
el alumbramiento de la mujer aspirante o dentro de las dieciséis semanas siguientes al
parto, a petición de la candidata, se efectuará una nueva convocatoria, que tendrá lugar
entre la decimosexta y vigésima semana posterior al alumbramiento.
b) Las personas aspirantes, antes de dar comienzo a la exposición, dispondrán de
un máximo de quince minutos de reflexión, pudiendo confeccionar si lo desean un
esquema por escrito y a la vista del Tribunal. Para la exposición de los temas, las
personas aspirantes dispondrán de hasta sesenta minutos, no pudiendo dedicar a cada
uno de ellos más de veinte minutos ni menos de quince.
cve: BOE-A-2024-10695
Verificable en https://www.boe.es
4. El ejercicio teórico consistirá en la exposición oral ante el Tribunal, constituido en
audiencia pública, de tres temas extraídos a la suerte, de entre los que componen la
primera parte del programa (temas 1 a 42). Su distribución será la siguiente: un tema del
primer bloque (temas 1 a 12), un tema del segundo bloque (temas 13 a 26) y un tema del
tercer bloque (temas 27 a 42). Para su realización y calificación se observarán las
siguientes reglas:
Núm. 129
Martes 28 de mayo de 2024
Sexta.
Sec. II.B. Pág. 61469
Proceso selectivo.
1. El orden de actuación de todas las personas aspirantes se iniciará
alfabéticamente por apellidos, comenzando por la letra «W» según lo establecido en la
Resolución de 27 de julio de 2023, de la Secretaría de Estado de Función Pública (BOE
núm. 180, 29 de julio de 2023). En el supuesto de que no exista ningún opositor cuyo
primer apellido comience por la letra «W», el orden de actuación se iniciará por aquellos
cuyo primer apellido comience por la letra «X», y así sucesivamente.
2. El proceso selectivo tiene por objeto apreciar el grado de capacitación
profesional necesario para el ejercicio de funciones jurisdiccionales en materia mercantil.
Consistirá en la realización de un ejercicio teórico y un dictamen, cuya superación dará
acceso a un curso teórico-práctico a celebrar en la Escuela Judicial.
3. Ambos ejercicios versarán sobre las materias que componen el programa que
aparece como anexo I al presente Acuerdo, cuyo contenido, para todos los ejercicios del
proceso selectivo, se ajustará a la normativa publicada en el «Boletín Oficial del Estado»
a la fecha de la publicación de la convocatoria, aun cuando no hubiera entrado en vigor.
En la valoración de estas materias, el Tribunal tendrá en cuenta:
a) La formación jurídica de la persona candidata en las materias propias de los
órganos de lo mercantil, concretada en el conocimiento de la norma, doctrina y
jurisprudencia aplicables.
b) La actualización y suficiencia de su preparación mediante el conocimiento de las
novedades legislativas, doctrinales y jurisprudenciales en dichas materias.
c) La capacidad de argumentación jurídica y razonamiento lógico para alcanzar
conclusiones válidas, tanto formal como materialmente.
d) La capacidad de exponer por escrito u oralmente, según proceda por el tipo de
ejercicio, con coherencia, claridad, orden y fluidez, dedicando el tiempo necesario a cada
institución o cuestión a resolver y empleando con propiedad y corrección jurídica
términos y expresiones.
A estos efectos, para el ejercicio teórico, cada miembro presente del Tribunal
cumplimentará el instrumento de evaluación que se acompaña como anexo II de estas
bases, incorporándose al final de la sesión al acta correspondiente. Para el ejercicio
práctico, cada miembro presente del Tribunal cumplimentará un instrumento de
evaluación adaptado al ejercicio propuesto, incorporándose al final de la sesión al acta
correspondiente.
a) Se efectuará un solo llamamiento, quedando decaídas en su derecho las personas
candidatas que no comparezcan a realizar la prueba, a menos que, con anterioridad a dicho
acto, justifiquen debidamente la causa de su incomparecencia, que será apreciada por el
Tribunal. E n este supuesto, se efectuará una nueva convocatoria por el Tribunal. Si el
llamamiento se produjese dentro de las cuatro semanas anteriores a la fecha prevista para
el alumbramiento de la mujer aspirante o dentro de las dieciséis semanas siguientes al
parto, a petición de la candidata, se efectuará una nueva convocatoria, que tendrá lugar
entre la decimosexta y vigésima semana posterior al alumbramiento.
b) Las personas aspirantes, antes de dar comienzo a la exposición, dispondrán de
un máximo de quince minutos de reflexión, pudiendo confeccionar si lo desean un
esquema por escrito y a la vista del Tribunal. Para la exposición de los temas, las
personas aspirantes dispondrán de hasta sesenta minutos, no pudiendo dedicar a cada
uno de ellos más de veinte minutos ni menos de quince.
cve: BOE-A-2024-10695
Verificable en https://www.boe.es
4. El ejercicio teórico consistirá en la exposición oral ante el Tribunal, constituido en
audiencia pública, de tres temas extraídos a la suerte, de entre los que componen la
primera parte del programa (temas 1 a 42). Su distribución será la siguiente: un tema del
primer bloque (temas 1 a 12), un tema del segundo bloque (temas 13 a 26) y un tema del
tercer bloque (temas 27 a 42). Para su realización y calificación se observarán las
siguientes reglas: