III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-10639)
Resolución de 21 de mayo de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y la Universidad Nacional de Educación a Distancia, para la realización de prácticas académicas de los alumnos de grado y de posgrado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 128

Lunes 27 de mayo de 2024
Segunda.
A)

Sec. III. Pág. 60345

Condiciones generales del convenio.

Oferta del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.

El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes podrá ofrecer plazas
de prácticas con la periodicidad y en el número de puestos que determine.
B)

Modalidades de prácticas académicas externas.

Las prácticas académicas externas tendrán carácter curricular y se configuran como
actividades académicas integrantes del Plan de Estudios del que se trate.
C)

Naturaleza y condiciones de las prácticas.

La naturaleza y condiciones particulares de cada práctica concreta serán
establecidas entre la UNED y la Consejería de Educación a la que este adscrito el centro
o programa al que el alumno vaya a ir destinado. para cada una de ellas.
Las prácticas ofertadas asegurarán el correcto desarrollo y seguimiento de las
actividades académicas del estudiante, con la duración que establezca el plan de
estudios, no superior al cincuenta por ciento de los créditos del curso académico
correspondiente, conforme regulación del Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre,
por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en
las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.
Cuando las prácticas se realicen en el marco del programa Erasmus+, su duración
mínima y máxima se ajustará a la normativa establecida en la Guía del Programa.
La colaboración de este convenio se concretará en un proyecto formativo por
estudiante, que constará en documento anexo, y será firmado por el tutor académico
designado por la Universidad, el estudiante, y el tutor designado por el Ministerio de
Educación, Formación Profesional y Deportes. En este anexo se recogerán las
condiciones particulares de las prácticas: las fechas de comienzo y finalización, horario,
lugar de desarrollo, datos identificativos del estudiante y el proyecto formativo, objetivo y
contenido específico de las prácticas.
Cuando las prácticas se realicen en el marco del programa Erasmus+, el proyecto
formativo se formalizará a través del modelo de Acuerdo de aprendizaje para prácticas
establecido en el mismo.
Desarrollo de las Prácticas.

1. La actividad del estudiante será tutorizada y evaluada simultáneamente por un
tutor del centro o del programa en el que el alumno realice las prácticas y por un profesor
de la Universidad (en adelante, tutor académico), con el fin de permitir a dicha
Universidad la calificación del período de prácticas y la constatación de la misma en su
expediente académico.
2. El estudiante tendrá derecho a los permisos necesarios para asistir a los
exámenes, pruebas de evaluación y otras actividades obligatorias de sus estudios,
comunicándolo previamente y con antelación suficiente al centro en el que realice las
prácticas.
3. El estudiante tendrá derecho a disponer de los recursos necesarios para el
acceso de los estudiantes con discapacidad.
4. El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, a través de la
Consejería de Educación en correspondiente, se reserva en todo momento el derecho a
excluir de este programa de cooperación a todo estudiante que no cumpla con los
compromisos reflejados en la cláusula tercera.
5. En aquellos casos en que la práctica realizada genere un producto susceptible
de propiedad intelectual, salvo acuerdo particular entre el estudiante y la entidad, se
atenderá a lo dispuesto en la legislación española vigente.
6. La rescisión del período de prácticas se podrá producir por mutuo acuerdo de las
partes intervinientes, por la imposibilidad de desarrollar las actividades programadas por

cve: BOE-A-2024-10639
Verificable en https://www.boe.es

D)