III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Comunidad Autónoma de Aragón. Convenio. (BOE-A-2024-10626)
Resolución de 20 de mayo de 2024, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se publica el Convenio con el Consejo General del Poder Judicial, la Comunidad Autónoma de Aragón y la Universidad de Zaragoza, para la realización de prácticas externas en juzgados y tribunales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 128
Lunes 27 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 60248
dotación y la gestión de las oficinas judiciales y de los órganos y servicios de apoyo a los
órganos jurisdiccionales.
Por su parte, el artículo 69 de la citada norma prescribe que además de las
competencias expresamente previstas por el Estatuto, la Comunidad Autónoma de
Aragón ejercerá todas las funciones y facultades que la Ley Orgánica del Poder Judicial
atribuya al Gobierno de España con relación a la Administración de Justicia en Aragón.
De conformidad con el Decreto 290/2023, de 20 de diciembre, del Gobierno de
Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo
Territorial, Despoblación y Justicia, compete al citado departamento el ejercicio de las
funciones en materia de Administración de Justicia que hayan sido transferidas por el
Estado, así como las atribuidas por el Estatuto de Autonomía, la Ley Orgánica 6/1985,
de 1 de julio, del Poder judicial y demás normativa aplicable en materia de justicia.
Séptimo.
Uno de los fines de la Universidad de Zaragoza es el de la preparación académica y
profesional en los distintos ámbitos y disciplinas de sus estudiantes y para dar
cumplimiento a este objetivo, resulta de interés la organización de prácticas externas que
completen los conocimientos adquiridos en las aulas.
Octavo.
Las instituciones firmantes manifiestan su más amplia coincidencia en diversos fines
de interés común, siendo uno de ellos el de la formación integral de alumnado
universitario, a través de una formación que combine la teoría y la práctica.
Noveno.
El Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas
académicas externas de los estudiantes universitarios, desarrolla aspectos tales como
los objetivos de las prácticas, las entidades colaboradoras y las personas destinatarias,
requisitos, tutorías y contenidos de los convenios de cooperación educativa. Además,
dicha regulación ha de promover la incorporación de estudiantes en prácticas en el
ámbito de las administraciones públicas, impulsando la empleabilidad de las futuras y los
futuros profesionales, fomentando su capacidad de emprendimiento, creatividad e
innovación y dando respuesta al compromiso con la transformación económica basada
en la sociedad del conocimiento.
Décimo.
El nuevo convenio se ajusta al modelo de Convenio Prácticum aprobado por la
Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial.
Es deseo de las instituciones firmantes la organización de prácticas externas en
juzgados y tribunales en la forma que se detalla en la parte dispositiva de este convenio,
por considerar que esta actividad puede resultar de gran interés para la formación de
profesionales que en un futuro pudieran colaborar o dar servicio a la Administración de
Justicia, lo que redundará en una mayor calidad de la misma.
cve: BOE-A-2024-10626
Verificable en https://www.boe.es
Undécimo.
Núm. 128
Lunes 27 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 60248
dotación y la gestión de las oficinas judiciales y de los órganos y servicios de apoyo a los
órganos jurisdiccionales.
Por su parte, el artículo 69 de la citada norma prescribe que además de las
competencias expresamente previstas por el Estatuto, la Comunidad Autónoma de
Aragón ejercerá todas las funciones y facultades que la Ley Orgánica del Poder Judicial
atribuya al Gobierno de España con relación a la Administración de Justicia en Aragón.
De conformidad con el Decreto 290/2023, de 20 de diciembre, del Gobierno de
Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo
Territorial, Despoblación y Justicia, compete al citado departamento el ejercicio de las
funciones en materia de Administración de Justicia que hayan sido transferidas por el
Estado, así como las atribuidas por el Estatuto de Autonomía, la Ley Orgánica 6/1985,
de 1 de julio, del Poder judicial y demás normativa aplicable en materia de justicia.
Séptimo.
Uno de los fines de la Universidad de Zaragoza es el de la preparación académica y
profesional en los distintos ámbitos y disciplinas de sus estudiantes y para dar
cumplimiento a este objetivo, resulta de interés la organización de prácticas externas que
completen los conocimientos adquiridos en las aulas.
Octavo.
Las instituciones firmantes manifiestan su más amplia coincidencia en diversos fines
de interés común, siendo uno de ellos el de la formación integral de alumnado
universitario, a través de una formación que combine la teoría y la práctica.
Noveno.
El Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas
académicas externas de los estudiantes universitarios, desarrolla aspectos tales como
los objetivos de las prácticas, las entidades colaboradoras y las personas destinatarias,
requisitos, tutorías y contenidos de los convenios de cooperación educativa. Además,
dicha regulación ha de promover la incorporación de estudiantes en prácticas en el
ámbito de las administraciones públicas, impulsando la empleabilidad de las futuras y los
futuros profesionales, fomentando su capacidad de emprendimiento, creatividad e
innovación y dando respuesta al compromiso con la transformación económica basada
en la sociedad del conocimiento.
Décimo.
El nuevo convenio se ajusta al modelo de Convenio Prácticum aprobado por la
Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial.
Es deseo de las instituciones firmantes la organización de prácticas externas en
juzgados y tribunales en la forma que se detalla en la parte dispositiva de este convenio,
por considerar que esta actividad puede resultar de gran interés para la formación de
profesionales que en un futuro pudieran colaborar o dar servicio a la Administración de
Justicia, lo que redundará en una mayor calidad de la misma.
cve: BOE-A-2024-10626
Verificable en https://www.boe.es
Undécimo.