III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2024-10674)
Resolución de 19 de mayo de 2024, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio entre el Centro de Referencia Estatal de Atención a Personas con Enfermedad de Alzheimer y otras Demencias de Salamanca y la Fundación General de la Universidad de Salamanca, para la realización de prácticas académicas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 128
Lunes 27 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 60842
educativo Fundación General de la Universidad de Salamanca en el caso de las
prácticas académicas externas curriculares, de conformidad con lo previsto en el
apartado 4.b) de la nueva disposición adicional quincuagésima segunda del texto
refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, introducida a través del Real Decretoley 2/2023 de 16 de marzo, de medidas urgentes para la ampliación de derechos
de los pensionistas de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de
pensiones.»
Segunda.
Prórroga.
A través de la presente adenda se procede a prorrogar la duración del convenio por
un período de cuatro años adicionales a la vigencia del mismo.
Tercera. Obligaciones de las partes.
Las partes intervinientes se comprometen a continuar desarrollando las actuaciones
precisas dirigidas a dar continuidad al objeto del convenio. Las obligaciones asumidas
entre las partes se entenderán vigentes hasta la finalización del plazo de duración del
convenio.
Cuarta.
Eficacia de la adenda.
La presente adenda se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las
partes y resultará eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su
formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del sector público estatal, siempre que se produzca antes de la extinción
del convenio. Asimismo, será publicada en el plazo de diez días hábiles desde su
formalización en el «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de su publicación facultativa
en el boletín oficial de la comunidad autónoma.
Quinta.
Subsistencia del resto del convenio.
Se mantienen plenamente en vigor todos y cada uno de los términos y condiciones
del convenio en lo no estipulado por esta adenda.
cve: BOE-A-2024-10674
Verificable en https://www.boe.es
En prueba de conformidad, las partes implicadas firman la presente adenda de
modificación y prórroga en la fecha indicada en el pie de firma, tomándose como fecha
de formalización del presente documento la fecha del último firmante (15 de mayo
de 2024).–Por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales, la Directora General, María
Teresa Sancho Castiello.–Por la Fundación General de la Universidad de Salamanca, el
Director Gerente, Óscar González Benito.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 128
Lunes 27 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 60842
educativo Fundación General de la Universidad de Salamanca en el caso de las
prácticas académicas externas curriculares, de conformidad con lo previsto en el
apartado 4.b) de la nueva disposición adicional quincuagésima segunda del texto
refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, introducida a través del Real Decretoley 2/2023 de 16 de marzo, de medidas urgentes para la ampliación de derechos
de los pensionistas de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de
pensiones.»
Segunda.
Prórroga.
A través de la presente adenda se procede a prorrogar la duración del convenio por
un período de cuatro años adicionales a la vigencia del mismo.
Tercera. Obligaciones de las partes.
Las partes intervinientes se comprometen a continuar desarrollando las actuaciones
precisas dirigidas a dar continuidad al objeto del convenio. Las obligaciones asumidas
entre las partes se entenderán vigentes hasta la finalización del plazo de duración del
convenio.
Cuarta.
Eficacia de la adenda.
La presente adenda se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las
partes y resultará eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su
formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del sector público estatal, siempre que se produzca antes de la extinción
del convenio. Asimismo, será publicada en el plazo de diez días hábiles desde su
formalización en el «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de su publicación facultativa
en el boletín oficial de la comunidad autónoma.
Quinta.
Subsistencia del resto del convenio.
Se mantienen plenamente en vigor todos y cada uno de los términos y condiciones
del convenio en lo no estipulado por esta adenda.
cve: BOE-A-2024-10674
Verificable en https://www.boe.es
En prueba de conformidad, las partes implicadas firman la presente adenda de
modificación y prórroga en la fecha indicada en el pie de firma, tomándose como fecha
de formalización del presente documento la fecha del último firmante (15 de mayo
de 2024).–Por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales, la Directora General, María
Teresa Sancho Castiello.–Por la Fundación General de la Universidad de Salamanca, el
Director Gerente, Óscar González Benito.
https://www.boe.es
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