II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-10620)
Resolución de 17 de mayo de 2024, de la Universidad de Burgos, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plazas de personal laboral de la categoría de Auxiliares de Servicios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 27 de mayo de 2024

Sec. II.B. Pág. 60189

Para ello se tendrá en cuenta la dificultad de la prueba propuesta, la capacidad para
aplicar los conocimientos a las cuestiones teóricas o situaciones prácticas que se
planteen y el grado de conocimiento exigible para el acceso al grupo de referencia. Esta
prueba se valorará de 0 a 40 puntos, siendo necesario sumar al menos 20 puntos para
superarla. El tiempo máximo de realización de este segundo ejercicio práctico será de 90
minutos.
El Tribunal hará pública en el Tablón Electrónico Oficial (TEOUBU) y en la página
web de la Universidad de Burgos la relación provisional de aspirantes que hayan
superado este segundo ejercicio de la Fase de Oposición estableciendo el plazo de
reclamaciones a la misma.
B) Fase de Concurso. Finalizada la fase de oposición tendrá lugar la fase de
concurso. Tan solo participarán en esta fase aquellos aspirantes que hayan superado la
fase de oposición. En ningún caso, los puntos obtenidos en esta fase podrán ser
computados para superar las pruebas que se han realizado en la fase de oposición.
Para que el Tribunal pueda valorar los méritos será requisito necesario e
imprescindible que los aspirantes los aleguen expresamente y aporten justificación
documental acreditativa de todos y cada uno de los méritos a que se hace referencia en
el presente apartado.
Estos documentos justificativos deberán ser aportados por las personas aspirantes
que hayan superado la fase de oposición en el plazo improrrogable de 10 días hábiles
contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista de aprobados de la fase de
oposición, a través de la Sede Electrónica, tal y como se indica para la presentación de
solicitudes en la base 3 de esta convocatoria.
La documentación justificativa de méritos que no se presente dentro del plazo
indicado en el párrafo anterior no será tenida en cuenta, ni los méritos a que se refiere
dicha documentación serán valorados en el concurso.
La valoración de los méritos se efectuará con arreglo al baremo que a continuación
se detalla:
1. Valoración del trabajo desarrollado. La experiencia en puestos de trabajo en
Administraciones Públicas con la misma o superior categoría y especialidad que la del
puesto ofertado hasta un máximo de 10 puntos, a razón de:
– 1 punto por año o fracción superior a 6 meses, en puestos de trabajo de igual
categoría y especialidad en la Universidad de Burgos.
– 0,8 puntos por año en puestos de trabajo de igual categoría y especialidad en
otras universidades.
– 0,6 puntos por año en puestos de trabajo de igual categoría y especialidad en
otras Administraciones Públicas.
En el caso de personas aspirantes que figuren como empleados públicos de la
Universidad de Burgos no deberán acreditarlo documentalmente. En el resto de casos, el
trabajo desarrollado se acreditará mediante certificación del Servicio de Personal de la
administración correspondiente, en el que se acreditarán los extremos referentes a fecha
de inicio y fin de cada uno de los contratos, así como las categorías profesionales
desempeñadas.
2. Antigüedad. Se valorará hasta un máximo de 4 puntos, computándose los
reconocidos que se hubieran prestado con anterioridad a la adquisición de la condición
de personal laboral fijo en Administraciones Públicas de la siguiente forma:
– 1 punto por año o fracción superior a 6 meses en la Universidad de Burgos.
– 0,8 puntos por año en las Universidades públicas del ámbito del Convenio
colectivo.
– 0,6 puntos por año en otras Administraciones públicas.

cve: BOE-A-2024-10620
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Núm. 128