II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-10620)
Resolución de 17 de mayo de 2024, de la Universidad de Burgos, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plazas de personal laboral de la categoría de Auxiliares de Servicios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 27 de mayo de 2024

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de administración y servicios (PTGAS)». Para su presentación se deberá utilizar
certificado digital. Cualquier incidencia será atendida llamando al teléfono 947 258705.
Excepcionalmente, solo cuando no sea posible presentar la solicitud de forma
telemática a través de la Sede Electrónica de la Universidad de Burgos, se podrán
presentar las solicitudes, en el modelo normalizado que se adjunta como Anexo III, por
cualquiera de los medios y en los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas. En este caso la justificación de los méritos se presentará en
soporte informático que contendrá la información escaneada de los documentos en
formato pdf, en un único fichero, que acompañará a la solicitud, identificando al aspirante
y plaza en la carátula del mismo.
3.2 Los aspirantes deberán abonar a la Universidad de Burgos la cantidad de 12
euros en concepto de participación en el proceso selectivo. El ingreso o transferencia
bancaria deberá ser efectuado en la entidad CAIXABANK, n.º de cuenta: ES75 2100
9168 6022 0002 9156 con el título «Universidad de Burgos. Cuenta restringida de
ingresos de oposiciones» haciendo constar en el ingreso o transferencia bancaria la
referencia «CONCURSO-OPOSICIÓN LIBRE. AUXILIAR DE SERVICIOS», además del
nombre y apellidos del aspirante.
La falta de abono de estos derechos durante el plazo de presentación de instancias
no es subsanable, lo cual determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso la
realización del ingreso supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y
forma, de la solicitud.
3.3 Estarán exentas del pago de la tasa por derechos de examen:
– Las personas aspirantes con discapacidad igual o superior al 33 por ciento,
debiendo acompañar a la solicitud certificación acreditativa de tal condición y
acreditación de compatibilidad de limitaciones en la actividad con las funciones de la
plaza a la que aspira, expedida por los órganos competentes en materia de servicios
sociales.
– Las personas aspirantes que sean miembros de familias numerosas que tengan
reconocida tal condición, de acuerdo con el artículo 12 de la Ley 40/2003, de 18 de
noviembre, de Protección a las Familias Numerosas: exención del 100 por cien a los
miembros de familias numerosas clasificadas en la categoría especial y una bonificación
del 50 por ciento para los de categoría general. Deberán adjuntar acreditación de la
condición de familia numerosa.
– Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al
menos, de un mes anterior a la fecha de convocatoria de estas pruebas selectivas
siempre que no hayan rechazado oferta de empleo adecuado, que no se hayan negado
a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión
profesionales, y que carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual al salario
mínimo interprofesional. Deberán adjuntar certificación acreditativa y actualizada de que
cumplen estas condiciones, es decir:
● «Períodos de inscripción e informe negativo de rechazos», expedido por el servicio
de empleo correspondiente de cada comunidad autónoma.
● Certificado expedido por el SEPE en el que conste si percibe o no subsidio, así
como la cantidad o Certificado expedido por la Agencia Tributaria relativo a rentas/
rendimientos imputables por el IRPF.
– Las personas aspirantes víctimas de actos de terrorismo en los términos
establecidos en el artículo 2 de la Ley 4/2017, de 26 de septiembre, de Reconocimiento y
Atención a la Víctimas de Terrorismo de Castilla y León. La condición de víctima de
terrorismo deberá acreditarse de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la
citada Ley.
– Las personas aspirantes que sean víctimas de violencia de género de acuerdo con
lo establecido en el artículo 1 de la Ley 13/2010, de 9 de diciembre, contra la violencia de

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Núm. 128