II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-10620)
Resolución de 17 de mayo de 2024, de la Universidad de Burgos, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plazas de personal laboral de la categoría de Auxiliares de Servicios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 27 de mayo de 2024
Sec. II.B. Pág. 60193
8.4 Por la autoridad convocante, vista la propuesta del Tribunal calificador se
procederá a la contratación de personal laboral fijo, mediante resolución que se publicará
en el BOCyL.
8.5 La contratación de las personas seleccionadas se efectuará en el plazo máximo
de un mes contado desde el día siguiente a la fecha de publicación de su nombramiento
en el BOCyL
9. Protección de datos personales
9.1 El tratamiento de los datos personales se ajustará a lo establecido en el
Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril
de 2018, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento
de datos personales y a la libre circulación de estos datos, así como en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de
los Derechos Digitales
9.2 Los datos personales recogidos en la solicitud de admisión serán tratados con
la finalidad de la gestión del proceso selectivo y las comunicaciones necesarias para ello
y del análisis y estudio de los datos relativos a estos procesos selectivos.
9.3 El nombre, apellidos y número de documento de identidad se publicarán
respectando la anonimización exigida en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales. La Universidad de
Burgos tomará medidas para que esa información no sea indexada por los buscadores
de Internet.
9.4 La Universidad de Burgos es responsable del tratamiento de esos datos y
publica su política de protección de datos en su página web. Los derechos de protección
de datos de las personas solicitantes se podrán ejercer dirigiéndose al responsable del
tratamiento o al delegado de protección de datos por las vías establecidas en https://
www.ubu.es/proteccion-de-datos/derechos-en-materia-de-proteccion-de-datos
10.
Norma final
10.1 Los aspirantes por el hecho de participar en el proceso selectivo se someten a
las bases de esta convocatoria y su desarrollo y a las decisiones que adopte el Tribunal
calificador, sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes.
10.2 Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer
recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contado desde el día
siguiente a su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Burgos.
Potestativamente, podrá interponerse recurso de reposición ante el Rectorado de la
Universidad de Burgos, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación.
En este caso, no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo, antes
mencionado hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido desestimación
presunta del de reposición.
Asimismo, cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del
Tribunal podrán ser impugnados por los interesados en los casos y formas establecidas
en la Ley de Procedimiento Administrativos Común de las Administraciones Públicas
10.3 En coherencia con el valor de la igualdad de género asumida por la
Universidad de Burgos, todas las denominaciones que estas bases se efectúan en
género masculino, cuando no hayan sido sustituidas por términos genéricos, se
entenderán hechas indistintamente en género femenino.
Burgos, 17 de mayo de 2024.–El Rector, Manuel Pérez Mateos.
cve: BOE-A-2024-10620
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 128
Lunes 27 de mayo de 2024
Sec. II.B. Pág. 60193
8.4 Por la autoridad convocante, vista la propuesta del Tribunal calificador se
procederá a la contratación de personal laboral fijo, mediante resolución que se publicará
en el BOCyL.
8.5 La contratación de las personas seleccionadas se efectuará en el plazo máximo
de un mes contado desde el día siguiente a la fecha de publicación de su nombramiento
en el BOCyL
9. Protección de datos personales
9.1 El tratamiento de los datos personales se ajustará a lo establecido en el
Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril
de 2018, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento
de datos personales y a la libre circulación de estos datos, así como en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de
los Derechos Digitales
9.2 Los datos personales recogidos en la solicitud de admisión serán tratados con
la finalidad de la gestión del proceso selectivo y las comunicaciones necesarias para ello
y del análisis y estudio de los datos relativos a estos procesos selectivos.
9.3 El nombre, apellidos y número de documento de identidad se publicarán
respectando la anonimización exigida en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales. La Universidad de
Burgos tomará medidas para que esa información no sea indexada por los buscadores
de Internet.
9.4 La Universidad de Burgos es responsable del tratamiento de esos datos y
publica su política de protección de datos en su página web. Los derechos de protección
de datos de las personas solicitantes se podrán ejercer dirigiéndose al responsable del
tratamiento o al delegado de protección de datos por las vías establecidas en https://
www.ubu.es/proteccion-de-datos/derechos-en-materia-de-proteccion-de-datos
10.
Norma final
10.1 Los aspirantes por el hecho de participar en el proceso selectivo se someten a
las bases de esta convocatoria y su desarrollo y a las decisiones que adopte el Tribunal
calificador, sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes.
10.2 Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer
recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contado desde el día
siguiente a su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Burgos.
Potestativamente, podrá interponerse recurso de reposición ante el Rectorado de la
Universidad de Burgos, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación.
En este caso, no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo, antes
mencionado hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido desestimación
presunta del de reposición.
Asimismo, cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del
Tribunal podrán ser impugnados por los interesados en los casos y formas establecidas
en la Ley de Procedimiento Administrativos Común de las Administraciones Públicas
10.3 En coherencia con el valor de la igualdad de género asumida por la
Universidad de Burgos, todas las denominaciones que estas bases se efectúan en
género masculino, cuando no hayan sido sustituidas por términos genéricos, se
entenderán hechas indistintamente en género femenino.
Burgos, 17 de mayo de 2024.–El Rector, Manuel Pérez Mateos.
cve: BOE-A-2024-10620
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 128