III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Federación Española de Orientación. Estatutos. (BOE-A-2024-10551)
Resolución de 13 de mayo de 2024, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Federación Española de Orientación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 127

Sábado 25 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 59682

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL
Y DEPORTES
10551

Resolución de 13 de mayo de 2024, de la Presidencia del Consejo Superior
de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Federación Española
de Orientación.

En ejercicio de las competencias conferidas por el artículo 14.g) de la Ley 39/2022,
de 30 de diciembre, del Deporte, la Comisión Directiva del Consejo Superior de Deportes
en su sesión de 10 de abril de 2024, ratificó la modificación de los Estatutos de la
Federación Española de Orientación, autorizando su inscripción en el Registro Estatal de
Entidades Deportivas.
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 45.4 de la Ley 39/2022. de 30 de
diciembre, del Deporte y artículo 12.3 del Real Decreto 1835/1991, de 20 de diciembre,
sobre federaciones deportivas españolas, dispongo la publicación de los Estatutos de la
Federación Española de Orientación, contenidos en el anexo a la presente resolución.
Madrid, 13 de mayo de 2024.–El Presidente del Consejo Superior de Deportes, José
Manuel Rodríguez Uribes.
ANEXO
Estatutos de la Federación Española de Orientación
TÍTULO I
Disposiciones generales
CAPÍTULO I
Régimen jurídico

1. La Federación Española de Orientación, en lo sucesivo FEDO, es una entidad
asociativa privada, sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica y patrimonio propio e
independiente del de sus asociados. La FEDO, además de sus propias atribuciones,
ejerce, por delegación, funciones de carácter administrativo, actuando, en este caso,
como agente colaborador de la Administración Pública.
2. La FEDO está integrada por las Federaciones y Agrupaciones deportivas de
ámbito autonómico, Clubes y Asociaciones deportivas, orientadores, técnicos, jueces y
otros colectivos interesados que promuevan, practiquen o contribuyan al desarrollo del
deporte de Orientación.
3. El ámbito de actuación de la FEDO, en el desarrollo de las competencias que le
son propias, de defensa y promoción general del deporte federado de ámbito estatal, se
extiende al conjunto del territorio del Estado español y su organización territorial se
ajusta a la del Estado en Comunidades Autónomas.
Artículo 2.
1. El deporte que compete a la FEDO es la Orientación en cualquiera de sus
especialidades con base en el mapa y, especialmente, en las determinadas por la

cve: BOE-A-2024-10551
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 1.