III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Fundaciones. (BOE-A-2024-10467)
Resolución de 13 de febrero de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Española de Cefaleas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 126

Viernes 24 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 59404

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
10467

Resolución de 13 de febrero de 2024, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la
Fundación Española de Cefaleas.
Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.
La Fundación citada fue constituida por la entidad «Sociedad Española de
Neurología», según resulta de la escritura otorgada ante el notario de Madrid, José Luis
Ruiz Abad, el 27 de julio de 2023 con el número 1.754 de protocolo, subsanada
mediante diligencia de 27 de diciembre de 2023.
Segundo.

Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Fuerteventura 4, bajos
oficina 4, CP 28703 de San Sebastián de los Reyes (Madrid) y su ámbito de actuación se
extiende a todo el territorio del Reino de España.
Tercero. Dotación.
Dotación inicial: treinta mil euros (30.000 €). La dotación es dineraria y ha sido
totalmente desembolsada tal y como se acredita con la correspondiente certificación
bancaria.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso
de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos
previstos en la ley.

La orientación, ayuda y apoyo a personas que padezcan cefaleas en cualquiera de
las etapas de la vida (infancia, adolescencia, edad adulta y tercera edad), sus familiares
o cuidadores.
La información, formación, prevención, investigación y evaluación de la discapacidad
producida por las diferentes formas de cefalea, así como la orientación, ayuda y apoyo a
todos los pacientes que la sufran en todas las etapas de la vida, familiares o cuidadores.
La información y educación de pacientes y sus familiares, profesionales sanitarios,
cuidadores, medios de información, agentes sociales y sociedad en general sobre todas
las formas de cefalea y sus graves consecuencias sobre la calidad de vida de los que
la sufren. Se impulsará especialmente la realización de actividades encaminadas a la
prevención de la cronificación de las cefaleas.
La promoción social del conocimiento de las cefaleas con sus graves consecuencias
sobre la calidad de vida de quienes las sufren y el desarrollo de programas adecuados
para solicitar y conseguir que estas enfermedades reciban una atención social prioritaria,
así como el impulso a la interacción entre los neurólogos y demás profesionales de la
salud y todos los sectores de la sociedad que puedan estar relacionados con las
cefaleas.
La defensa, el apoyo y la promoción de todas aquellas personas, físicas o jurídicas,
públicas o privadas, que estén relacionadas con el estudio, el tratamiento, la investigación,

cve: BOE-A-2024-10467
Verificable en https://www.boe.es

Cuarto. Fines de la Fundación.