III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Demarcación y planta judicial. (BOE-A-2024-10465)
Orden PJC/492/2024, de 17 de mayo, por la que se dispone la fecha de entrada en funcionamiento de nueve juzgados, correspondientes a la programación de 2023 y se modifica la Orden JUS/1093/2023, de 29 de septiembre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 126

Viernes 24 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 59398

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
Orden PJC/492/2024, de 17 de mayo, por la que se dispone la fecha de
entrada en funcionamiento de nueve juzgados, correspondientes a la
programación de 2023 y se modifica la Orden JUS/1093/2023, de 29 de
septiembre.

Los Reales Decretos 954/2022, de 15 de noviembre, y 1170/2023, de 27 de
diciembre, disponen la creación de setenta unidades judiciales correspondientes a las
programaciones de 2022 y de 2023 y de adecuación de la planta judicial,
respectivamente.
En los apartados quinto y tercero de la disposición final tercera de los reales decretos
mencionados se establece que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.5 de la
Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial, la fecha de
entrada en funcionamiento de los juzgados que se crean y constituyen, a excepción de
aquellos mencionados en los apartados segundo y cuarto de la disposición final tercera
de ambos, será fijada por el titular del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones
con las Cortes, oído el Consejo General del Poder Judicial, y publicada en el «Boletín
Oficial del Estado».
Mediante la Orden JUS/1093/2023, de 29 de septiembre, por la que se modifica la
Orden JUS/511/2023, de 19 de mayo, y conforme con lo establecido en el artículo 20.5
de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, a petición de la comunidad autónoma de
Canarias, se establece la fecha de entrada en funcionamiento para el 30 de junio
de 2024 para los Juzgados de Primera Instancia número 6 de San Bartolomé de
Tirajana, de Instrucción número 4 de San Bartolomé de Tirajana, de Primera Instancia e
Instrucción número 5 de Granadilla de Abona, al poder garantizar y facilitar la efectiva
entrada en funcionamiento de estos juzgados con la dotación de todos los medios.
Ante la imposibilidad material de ejecutar y finalizar las actuaciones necesarias que
permitan garantizar la entrada en funcionamiento de estos tres juzgados en la
comunidad autónoma de Canarias, cuya entrada en funcionamiento está establecida
inicialmente en la Orden JUS/1093/2023, de 29 de septiembre, en su artículo 2,
apartado 2, letras a), b) y c), para el 30 junio de 2024, se hace necesario dejar sin efecto
la fecha inicialmente establecida para dicha entrada en funcionamiento.
Por ello, y a solicitud de la citada comunidad autónoma se procede a dejar sin efecto
la fecha de entrada en funcionamiento de los Juzgados de Primera Instancia número 6
de San Bartolomé de Tirajana, de Instrucción número 4 de San Bartolomé de Tirajana y
de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Granadilla de Abona ante las dificultades
detectadas en los locales para la entrada en funcionamiento en la fecha inicialmente
establecida, hasta el 30 de septiembre de 2024, fecha en la que se puede garantizar y
facilitar la efectiva entrada en funcionamiento de estos juzgados con la dotación de todos
los medios.
Además, conforme a lo dispuesto en el artículo 7 y en los apartados 5.1 y 5.2 de la
disposición final tercera del Real Decreto 1170/2023, de 27 de diciembre, desde el día
siguiente a la fecha de entrada en funcionamiento de los Juzgados de Violencia sobre la
Mujer número 4 de Málaga y número 3 de Las Palmas de Gran Canaria, serán efectivas
el 1 de octubre y 1 de julio de 2024, las agrupaciones de partidos judiciales en las
comunidades autónomas de Andalucía y de Canarias, relativas a la extensión de la
competencia de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer de Málaga al partido judicial de
Torremolinos y la de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer de las Palmas de Gran

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