II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-10368)
Resolución de 16 de mayo de 2024, de la Universidad Jaume I, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Media de Informática.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 23 de mayo de 2024

Sec. II.B. Pág. 58765

establecido en el artículo 60 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público, y se garantizará la composición equilibrada entre mujeres y hombres.
12.2 La relación nominal de las personas que integran el órgano técnico de
selección será publicada con una antelación mínima de un mes a la fecha de comienzo
de las pruebas, mediante resolución que se publicará en el TAO-UJI, una vez se hayan
publicado las listas provisionales de personas admitidas y excluidas.
12.3 El órgano técnico de selección, para la realización de las pruebas, podrá
solicitar la designación de personal colaborador, ayudante y asesor especialista que
estimo oportunos.
12.4 Corresponde al órgano técnico de selección las funciones relativas a la
determinación concreta del contenido de las pruebas y a la calificación de las personas
admitidas, así como, en general, la adopción de todas las medidas que sean necesarias
en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.
12.5 Las personas integrantes del órgano técnico de selección, así como el
personal asesor, tendrán que abstenerse y podrán ser recusadas por las personas
interesadas cuando concurran circunstancias de las previstas en los artículos 23 y 24 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen jurídico del sector público.
Así mismo, tendrán que abstenerse las personas integrantes del órgano técnico de
selección que hubieron hecho tareas de preparación de aspirantes en los cinco años
anteriores a la publicación de esta convocatoria.
12.6 A efectos de comunicaciones y de cualquier otra incidencia el órgano técnico
de selección tendrá su sede en el Servicio de Recursos Humanos de la Universitat
Jaume I.
12.7 El órgano técnico de selección, a efectos de gratificaciones e
indemnizaciones, se regirá por el que se dispone en el Reglamento sobre
indemnizaciones por razón del servicio y gratificaciones de la Universitat Jaume I,
aprobado por el Consejo de Gobierno del 12 de julio de 2023 y modificado por el
Consejo de Gobierno del 24 de octubre de 2023.
12.8 El funcionamiento del órgano técnico de selección se adaptará al que
establece la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, y otra
normativa vigente.
12.9 Para el desarrollo de estas pruebas selectivas, el órgano técnico de selección
se ajustará a las Instrucciones para los órganos técnicos de selección encargados de los
procesos selectivos del PTGAS de la Universitat Jaume I aprobadas por la Gerencia.
ANEXO II
Temario
General
1. La Constitución Española.
2. El Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana.
3. El Estatuto Básico del Empleado Público.
4. La función pública valenciana.
5. Ley Orgánica del Sistema universitario.
6. Ley Orgánica de Protección de datos personales y garantía de los derechos
digitales.
7. Los Estatutos de la Universitat Jaume I.
8. Transparencia y acceso a la información pública. Aplicación en la Comunidad
Valenciana.
9. Ley de Prevención de riesgos laborales.
10. Ley Orgánica para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres.

cve: BOE-A-2024-10368
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Núm. 125