III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2024-10406)
Resolución de 14 de mayo de 2024, del Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con la Fundación Blanca Morell Ariza, en materia de ayudas para investigadores de enfermedades raras.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 125
Jueves 23 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 59009
sanitaria, así como la prestación de servicios científico-técnicos de referencia en el
ámbito de la salud pública, y tiene entre sus funciones el desarrollo de actividades de
investigación que conllevan la formación de personal investigador.
Que el Instituto de Investigación de Enfermedades Raras (en adelante, IIER) forma
parte de la estructura del ISCIII, dependiendo de la Subdirección General de Servicios
Aplicados, Formación e Investigación. Su finalidad, entre otras, es ampliar el conocimiento
sobre la epidemiología y los mecanismos subyacentes al origen y progresión de las
enfermedades raras, las malformaciones congénitas, el Síndrome del Aceite Tóxico y los
Trastornos del Espectro del Autismo, así como el desarrollo de una investigación básica y
traslacional encaminada a la búsqueda de sus causas y nuevas estrategias terapéuticas.
El IIER cuenta con dos áreas principales: Genética Humana y Epidemiología. También
cuenta con una serie de servicios transversales, entre los que se encuentran el Registro y
el Biobanco de Enfermedades Raras, el Servicio de diagnóstico Genético, la unidad de
información y el programa de casos sin diagnóstico SpainUDP.
3. Que la Fundación publicó, con fecha 4 de julio, las bases de la convocatoria para
la adjudicación de una beca predoctoral para la realización de tesis doctoral en gliomas
difusos de línea media (en adelante, la convocatoria).
4. Que la Fundación, a través de su Comité Científico, en reunión celebrada el
día 10 de noviembre 2023, acordó la adjudicación de la beca predoctoral (en adelante,
Ayuda Económica) a doña Carmen de Pablo Carreras (en adelante, la Investigadora)
para su proyecto de Tesis doctoral «búsqueda de compuestos y genes diana para frenar
DIPG in vivo. Generación de modelos genéticos en Drosophila Melanogaster» (en
adelante, el Proyecto) para ser realizado en el IIER del ISCIII y bajo la dirección de tesis
del Dr. don Sergio Casas Tintó (en adelante, Director de Tesis).
5. Que, al objeto de regular el desarrollo del proyecto por medio de la Ayuda
Económica para el desarrollo y difusión de la beca predoctoral, es intención de las Partes
proceder a formalizar el presente convenio, sujeto a los pactos y condiciones
establecidas en las siguientes
CLÁUSULAS
1.1 El presente convenio tiene por objeto establecer las condiciones por las que la
Fundación concede la financiación (tal y como este término se define en la cláusula
cuarta) para la realización del proyecto en el seno de una tesis doctoral de investigación
que se llevará a cabo en el ISCIII por la Investigadora, así como todo el conjunto de
derechos y obligaciones que regularán la relación entre las Partes para asegurar el
correcto uso de la financiación y el cumplimiento del Proyecto.
1.2 El ISCIII acogerá y coordinará las actividades recogidas en el Proyecto de tesis
doctoral realizado por la Investigadora y cuya dirección científica se llevará a cabo por el
Director de Tesis.
1.3 El compromiso de la Fundación se establece única y exclusivamente con el
ISCIII mediante la suscripción del presente convenio, con independencia de las
relaciones internas y de coordinación que surjan entre el ISCIII, el Director de Tesis y la
Investigadora. De este modo la Fundación responderá única y exclusivamente frente al
ISCIII, sin que de ella dependa ningún tipo de relación o vínculo contractual con la
Investigadora o con el Director de Tesis.
Segunda.
Laboralidad de la Investigadora.
2.1 El ISCIII destinará la financiación a la suscripción de un contrato laboral con la
Investigadora por un plazo máximo de cuatro años, de acuerdo con lo previsto en el
artículo 21 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación,
bajo la modalidad de contrato predoctoral, y atendiendo a lo dispuesto en el Real
Decreto 103/2019, de 1 de marzo, y según la normativa laboral y convencional que sean
cve: BOE-A-2024-10406
Verificable en https://www.boe.es
Primera. Objeto.
Núm. 125
Jueves 23 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 59009
sanitaria, así como la prestación de servicios científico-técnicos de referencia en el
ámbito de la salud pública, y tiene entre sus funciones el desarrollo de actividades de
investigación que conllevan la formación de personal investigador.
Que el Instituto de Investigación de Enfermedades Raras (en adelante, IIER) forma
parte de la estructura del ISCIII, dependiendo de la Subdirección General de Servicios
Aplicados, Formación e Investigación. Su finalidad, entre otras, es ampliar el conocimiento
sobre la epidemiología y los mecanismos subyacentes al origen y progresión de las
enfermedades raras, las malformaciones congénitas, el Síndrome del Aceite Tóxico y los
Trastornos del Espectro del Autismo, así como el desarrollo de una investigación básica y
traslacional encaminada a la búsqueda de sus causas y nuevas estrategias terapéuticas.
El IIER cuenta con dos áreas principales: Genética Humana y Epidemiología. También
cuenta con una serie de servicios transversales, entre los que se encuentran el Registro y
el Biobanco de Enfermedades Raras, el Servicio de diagnóstico Genético, la unidad de
información y el programa de casos sin diagnóstico SpainUDP.
3. Que la Fundación publicó, con fecha 4 de julio, las bases de la convocatoria para
la adjudicación de una beca predoctoral para la realización de tesis doctoral en gliomas
difusos de línea media (en adelante, la convocatoria).
4. Que la Fundación, a través de su Comité Científico, en reunión celebrada el
día 10 de noviembre 2023, acordó la adjudicación de la beca predoctoral (en adelante,
Ayuda Económica) a doña Carmen de Pablo Carreras (en adelante, la Investigadora)
para su proyecto de Tesis doctoral «búsqueda de compuestos y genes diana para frenar
DIPG in vivo. Generación de modelos genéticos en Drosophila Melanogaster» (en
adelante, el Proyecto) para ser realizado en el IIER del ISCIII y bajo la dirección de tesis
del Dr. don Sergio Casas Tintó (en adelante, Director de Tesis).
5. Que, al objeto de regular el desarrollo del proyecto por medio de la Ayuda
Económica para el desarrollo y difusión de la beca predoctoral, es intención de las Partes
proceder a formalizar el presente convenio, sujeto a los pactos y condiciones
establecidas en las siguientes
CLÁUSULAS
1.1 El presente convenio tiene por objeto establecer las condiciones por las que la
Fundación concede la financiación (tal y como este término se define en la cláusula
cuarta) para la realización del proyecto en el seno de una tesis doctoral de investigación
que se llevará a cabo en el ISCIII por la Investigadora, así como todo el conjunto de
derechos y obligaciones que regularán la relación entre las Partes para asegurar el
correcto uso de la financiación y el cumplimiento del Proyecto.
1.2 El ISCIII acogerá y coordinará las actividades recogidas en el Proyecto de tesis
doctoral realizado por la Investigadora y cuya dirección científica se llevará a cabo por el
Director de Tesis.
1.3 El compromiso de la Fundación se establece única y exclusivamente con el
ISCIII mediante la suscripción del presente convenio, con independencia de las
relaciones internas y de coordinación que surjan entre el ISCIII, el Director de Tesis y la
Investigadora. De este modo la Fundación responderá única y exclusivamente frente al
ISCIII, sin que de ella dependa ningún tipo de relación o vínculo contractual con la
Investigadora o con el Director de Tesis.
Segunda.
Laboralidad de la Investigadora.
2.1 El ISCIII destinará la financiación a la suscripción de un contrato laboral con la
Investigadora por un plazo máximo de cuatro años, de acuerdo con lo previsto en el
artículo 21 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación,
bajo la modalidad de contrato predoctoral, y atendiendo a lo dispuesto en el Real
Decreto 103/2019, de 1 de marzo, y según la normativa laboral y convencional que sean
cve: BOE-A-2024-10406
Verificable en https://www.boe.es
Primera. Objeto.