III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Convenios. (BOE-A-2024-10331)
Resolución de 16 de mayo de 2024, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se publica el Convenio de cooperación con la Autoridad Holandesa de Consumidores y Mercados, para la organización de una conferencia en los Países Bajos sobre la Ley de Mercados Digitales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 124
Miércoles 22 de mayo de 2024
Cláusula 9.
Sec. III. Pág. 58619
Legislación aplicable, jurisdicción y duración.
(1) El Acuerdo de Cooperación está sujeto exclusivamente a la legislación de los
Países Bajos. La única jurisdicción competente para todos los litigios derivados del
presente Acuerdo de Cooperación es La Haya.
(2) El presente Acuerdo de Cooperación entrará en vigor en la fecha de su firma
por ambas partes y finalizará con la conclusión satisfactoria del proyecto o antes, en
caso de que el proyecto, por algún motivo, finalice prematuramente. La duración
estimada del Acuerdo de Cooperación es de dos meses.
cve: BOE-A-2024-10331
Verificable en https://www.boe.es
Firmado el 8 de mayo de 2024.–Por la CNMC, la Presidenta, Cani Fernández
Vicién.–Por ACM, el Presidente del Consejo, Martjin Snoep.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 124
Miércoles 22 de mayo de 2024
Cláusula 9.
Sec. III. Pág. 58619
Legislación aplicable, jurisdicción y duración.
(1) El Acuerdo de Cooperación está sujeto exclusivamente a la legislación de los
Países Bajos. La única jurisdicción competente para todos los litigios derivados del
presente Acuerdo de Cooperación es La Haya.
(2) El presente Acuerdo de Cooperación entrará en vigor en la fecha de su firma
por ambas partes y finalizará con la conclusión satisfactoria del proyecto o antes, en
caso de que el proyecto, por algún motivo, finalice prematuramente. La duración
estimada del Acuerdo de Cooperación es de dos meses.
cve: BOE-A-2024-10331
Verificable en https://www.boe.es
Firmado el 8 de mayo de 2024.–Por la CNMC, la Presidenta, Cani Fernández
Vicién.–Por ACM, el Presidente del Consejo, Martjin Snoep.
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X