III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Convenios. (BOE-A-2024-10327)
Resolución de 13 de mayo de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Fundación Bancaria Caixa d'Estalvis i Pensions de Barcelona, "La Caixa", en relación con el proyecto de acogida en familia para personas y familias refugiadas beneficiarias del sistema de acogida de protección internacional y temporal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 124

Miércoles 22 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 58602

– Derivar a las familias interesadas en la acogida a una Oficina Técnica de Acogida
de Fundación «La Caixa», en la que se desarrollarán las siguientes funciones:
● Informar convenientemente a la familia.
● Proceder a la evaluación de su idoneidad si accede a formar parte del proyecto
según los criterios consensuados por el MISSM y la Fundación «La Caixa».
● Acompañar a la familia durante todas las fases del proyecto: información y cribaje,
validación de la idoneidad, asignación de familia acogida, convivencia y fin de la acogida.
La gestión de estas oficinas corresponderá a entidades sociales especialistas en
intervención familiar que son colaboradoras del programa CaixaProinfancia de
Fundación «La Caixa».
– Trasladar al MISSM la información relativa a las familias que han sido calificadas
como idóneas para la acogida y su clasificación, a efectos de que el Ministerio proceda a
la correspondiente asignación entre familias acogedoras y familias o personas
beneficiarias.
– Ofrecer soporte a las familias acogedoras durante todo el proceso, desde el primer
encuentro con la persona beneficiaria que va a ser acogida y durante todo el tiempo que
dure la acogida.
Fundación «La Caixa» únicamente será responsable de las incidencias que pudieran
surgir en la implementación del Programa, en lo relativo a aquellos servicios que pone a
disposición y que se detallan en este convenio.
Cuarta.

Compromisos del MISSM.

Sin perjuicio de las competencias previstas en el Real Decreto 497/2020, de 28 de abril,
en el Reglamento de regulación del Sistema de Acogida de Protección Internacional o en
las instrucciones o demás disposiciones que se pudieran dictar en la materia, y en ejecución
de las competencias propias en materia de gestión del sistema de acogida de protección
internacional, el MISSM asume los siguientes compromisos:
– Asignar a las familias o personas beneficiarias la familia de acogida que resulte
más idónea de entre cuantas familias hayan sido calificadas como idóneas para el
acogimiento.
– Atender las incidencias que puedan surgir durante el proceso de asignación.
– Trasladar a la Fundación «La Caixa» el documento de asignación, en el que se
recojan los compromisos asumidos por las familias beneficiarias.
– Asignar a las familias o personas beneficiarias una entidad de referencia del
sistema de acogida de protección internacional del MISSM que:
● realice un seguimiento y acompañamiento de la acogida en todas sus fases.
● atienda cuantas incidencias puedan surgir a lo largo de la convivencia de las
familias.

Quinta.

Compromisos de ambas partes.

El MISSM y Fundación «La Caixa» se comprometen a establecer de forma asidua
espacios de reunión entre todos los agentes que participan en el proyecto (MISSM,
Fundación «La Caixa», OTAs y Entidades de referencia del SAPIT) así como a elaborar
protocolos de trabajo conjuntos que permitan:
– Disponer cada parte de toda la información necesaria para cumplir eficazmente
con las funciones que le correspondan.

cve: BOE-A-2024-10327
Verificable en https://www.boe.es

– Garantizar la salida de la familia o persona beneficiaria de producirse una
incidencia que impida dar continuidad de la acogida.