III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2024-10309)
Resolución de 13 de mayo de 2024, de la Dirección General de Políticas contra la Despoblación, por la que se publica el Convenio con la Universidad de A Coruña, para la realización del Programa Campus Rural de prácticas universitarias en el medio rural.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 124

Miércoles 22 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 58491

título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
Decimocuarta.

Imagen institucional.

La Universidad hará constar la colaboración del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico en todas las actividades que se lleven a cabo con cargo
a este convenio, especialmente aquellas que tengan que ver con la difusión del proyecto
en medios de comunicación. El Ministerio hará constar la colaboración de las
universidades participantes en todas las actividades que se lleven a cabo con cargo a
este convenio, especialmente aquellas que tengan que ver con la difusión del proyecto
en medios de comunicación.
Decimoquinta.

Seguimiento y justificación.

Finalizado el periodo de prácticas, la Universidad aportará la cuenta justificativa, que
constará de una parte técnica y una parte económica.
En relación con la parte técnica, la documentación a presentar será la siguiente:
– Documento de formalización de prácticas entre la Universidad y el alumnado.
– Declaración responsable del estudiante de residir en el municipio de las prácticas
(o en otro, si se realizan según las excepciones de la cláusula séptima, punto 4, de este
convenio).
– Memoria de prácticas del alumno.
– Informe de tutoría.
– Formulario técnico anexo al convenio (previsión).
– Formulario técnico anexo al convenio (definitivo).
En cuanto a la parte económica, se presentará el formulario económico anexo al
convenio y un certificado firmado por el responsable competente en cada Universidad
que acredite el importe total abonado por la universidad con un desglose del coste del
programa en los conceptos de bolsa de ayudas, seguridad social y coste de gestión del
programa.
Para su verificación en caso de considerarse necesario, la Universidad deberá
conservar los documentos justificativos originales o copias compulsadas de los pagos
realizados a personas físicas, así como los documentos acreditativos de los ingresos en
la Tesorería General de la Seguridad Social.
Tanto la memoria de prácticas, el informe de tutoría, y la certificación económica
deberán remitirse, además de al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico, a CRUE Universidades Españolas, como parte firmante del convenio para
el desarrollo y la coordinación del Programa Campus Rural de prácticas universitarias en
el medio rural.
Vigencia.

El presente convenio tiene una vigencia de un año, contado a partir de su inscripción
en el Registro electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector
Público Estatal y será objeto de publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Se podrá acordar su prórroga durante un plazo máximo de cuatro años adicionales
en los términos establecidos por el artículo 49.h) 2.º de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, con los mismos requisitos y condiciones
exigidos para la aprobación inicial.
Dicha prórroga surtirá efectos con su inscripción en el Registro electrónico Estatal de
Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal antes de la fecha de
extinción del convenio. Asimismo, será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2024-10309
Verificable en https://www.boe.es

Decimosexta.