II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Escala de Ayudantes de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación. (BOE-A-2024-10262)
Resolución de 10 de mayo de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por promoción interna, en la Escala de Ayudantes de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 22 de mayo de 2024

Sec. II.B. Pág. 58385

1.4 Si en una especialidad convocan plazas del turno general distintos organismos,
en el caso de que alguna de las plazas convocadas resulta desierta, el órgano convocante
decidirá la especialidad en la que se incrementará el número de las inicialmente previstas,
a propuesta de los distintos organismos destinatarios de estas plazas.
Si en una especialidad se convocan plazas del turno general en un único organismo,
en el supuesto de que alguna de las plazas quedase desierta, el organismo al que
corresponda la plaza podrá proponer al órgano convocante que se destine a incrementar
el número de las inicialmente previstas para especialidad distinta en el mismo
organismo. En el caso de que este organismo no tuviera personas aspirantes que hayan
superado el proceso selectivo en especialidad distinta, el órgano convocante podrá
resolver que la plaza desierta se destine a incrementar el número de las plazas
inicialmente previstas para especialidad distinta de otro organismo.
2.

Proceso selectivo

El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición, con las
valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I. El ejercicio de
la fase de oposición se celebrará en un plazo máximo de tres meses contados a partir
del día siguiente la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial de Estado».
Las fechas de celebración de alguno de los ejercicios pueden coincidir con las fechas de
celebración de ejercicios de otros procesos selectivos. De acuerdo con lo establecido en
el artículo 61.8 del texto refundido de la Ley del Estatuto básico del Empleado público,
aprobado mediante Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, el órgano de
selección no podrá proponer el acceso a la condición de funcionario a un número
superior de aprobados al de plazas convocadas.
3.

Especialidades

Los temarios que han de regir el proceso selectivo figuran como anexo II de esta
resolución de convocatoria y están compuestos por un grupo de materias específicas,
divididos en dos partes, una parte general correspondiente al área global en la que se
clasifica la especialidad y una parte específica, correspondiente a la especialidad por la
que se presente la persona aspirante.
4. Requisitos de las personas aspirantes
Para la admisión a la realización del proceso selectivo, las personas aspirantes
deberán poseer, en el día de finalización del plazo de presentación de instancias de
participación, los requisitos de nacionalidad, capacidad, edad y habilitación previstos en
el apartado décimo de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio («Boletín Oficial del
Estado» núm. 174, de 22 de julio), por la que se aprueban las bases comunes que han
de regir los procesos de selección del personal de los cuerpos y escalas de la
Administración General del Estado, excepto en lo que hace referencia a la titulación
requerida para participar en esta convocatoria, que serán los siguientes:
4.1 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener en el día de
finalización del plazo de presentación de instancias de participación, del título de
Bachiller o Técnico. Así mismo se estará a lo establecido en la Orden EDU/1603/2009,
de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en
Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006,
de 3 de mayo, de Educación.
Aquellas personas funcionarias del subgrupo C2 que carezcan de la titulación
requerida podrán participar en este proceso selectivo siempre que tengan una
antigüedad de diez años en los cuerpos o escalas del subgrupo C2 incluidos en el
ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de
la Función Pública. También podrán participar aquellas personas funcionarias que,

cve: BOE-A-2024-10262
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Núm. 124