II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Escala de Ayudantes de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación. (BOE-A-2024-10262)
Resolución de 10 de mayo de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por promoción interna, en la Escala de Ayudantes de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 22 de mayo de 2024

Sec. II.B. Pág. 58391

previsto en la base décimo-octava de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio (BOE de 22
de julio de 2017). En el anexo V se incluye el modelo que debe cumplimentar el personal
funcionario de carrera.
2. Fase de concurso: Esta fase, que se aplicará únicamente a las personas
aspirantes que hayan superado la fase de oposición, tiene por objeto la valoración de los
siguientes méritos:
2.1 Antigüedad. Se valorarán los servicios prestados como personal funcionario de
carrera del subgrupo C2, referidos a la fecha de publicación de esta resolución, en
cuerpos y escalas de la Administración General de Estado, en cuerpos y escalas
Postales y Telegráficos o en cuerpos y escalas del resto de Administraciones incluidos
en el ámbito de aplicación del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público,
con destino definitivo, estos últimos en la Administración General del Estado, teniendo en
cuenta los servicios efectivos prestados y reconocidos hasta la fecha de publicación de
esta convocatoria al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre. Este mérito se
valorará a razón de 1,2 punto por cada año completo de servicios, hasta un máximo
de 18 puntos.
2.2 Servicios prestados en los agentes del Sistema Español de Ciencia, Tecnología
e Innovación siguientes: Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, Agencia
Estatal de Investigación y Organismos Públicos de Investigación de la Administración
General del Estado.
– Servicios prestados, siendo funcionario de carrera del subgrupo C2, referidos a la
fecha de publicación de esta resolución, como personal técnico o de gestión,
administración y servicios relacionados con la investigación, el desarrollo, la
transferencia de conocimiento y la innovación, de acuerdo a lo establecido en el
artículo 3.5 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación,
en los agentes públicos de coordinación, financiación y ejecución siguientes de la
Administración General del Estado del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e
Innovación: Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, Agencia Estatal de
Investigación y Organismos Públicos de Investigación de la Administración General del
Estado. Se valorarán únicamente los años de servicios efectivamente prestados en las
entidades públicas indicadas, hasta la fecha de publicación de la convocatoria. Este
mérito se valorará a razón de 1,8 puntos por cada año completo de servicios.
– Servicios prestados, siendo funcionario interino del subgrupo C2, como personal
técnico o de gestión, administración y servicios relacionados con la investigación, el
desarrollo, la transferencia de conocimiento y la innovación, de acuerdo a lo establecido
en el artículo 3.5 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la
Innovación, en los agentes públicos de coordinación, financiación y ejecución de la
Administración General del Estado del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e
Innovación: Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, Agencia Estatal de
Investigación y Organismos Públicos de Investigación de la Administración General del
Estado. Se valorarán únicamente los años de servicios efectivamente prestados en las
entidades públicas indicadas, hasta la fecha de publicación de la convocatoria. Este
mérito se valorará a razón de 0,9 puntos por cada año completo de servicios.
La puntuación máxima de los méritos contemplados en este apartado 2.2 será
de 18 puntos.
2.3 Grado personal consolidado y formalizado en la Administración General del
Estado como personal funcionario a través del acuerdo de reconocimiento de grado por
la autoridad competente hasta la fecha de finalización del plazo de presentación del
certificado de requisitos y méritos. Se otorgará la siguiente puntuación.
– Grados 12 e inferiores: 4 puntos.
– Grados 13 a 17: 8 puntos.
– Grados 18 o superiores: 12 puntos.

cve: BOE-A-2024-10262
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Núm. 124