I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2024-10239)
Real Decreto 503/2024, de 21 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 22 de mayo de 2024

Sec. I. Pág. 58320

asistencia en materia de registros, la gestión y coordinación de los medios necesarios
para la celebración de actos públicos oficiales, y la gestión de la vigilancia y la seguridad
y de otros servicios generales.
n) La planificación, elaboración, supervisión y dirección de los proyectos de
ejecución de obras, la gestión patrimonial y la conservación e inventario de los inmuebles
afectos al Ministerio.
ñ) La gestión económica y financiera del Departamento.
o) La dirección y supervisión de la contratación del Departamento y de sus
organismos adscritos.
p) El desarrollo de los sistemas de información necesarios para el funcionamiento
de los servicios, el impulso de la transformación digital y la innovación en el
Departamento.
q) La coordinación o realización, en su caso, de las operaciones estadísticas
derivadas de los planes sectoriales que describan la actividad del Departamento, que
figuren en el Plan Estadístico Nacional o potencialmente puedan ser incluidas.
r) La coordinación, programación y ejecución de la actividad editorial y difusora de
las publicaciones del Ministerio en los diferentes soportes y en la sección referida al
Ministerio de la Web institucional del Departamento.
s) El ejercicio de las funciones de Unidad de Igualdad del Ministerio, según lo
previsto en el artículo 77 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad
efectiva de mujeres y hombres y en el artículo 3 del Real Decreto 259/2019, de 12 de
abril, por el que se regulan las Unidades de Igualdad de la Administración General del
Estado.
t) La dirección de los archivos generales, centros documentales, bibliotecas y
mediateca del Departamento.
u) La aprobación de instrucciones y órdenes de servicio en relación con la gestión y
tramitación de materias propias del Departamento.
v) La planificación y ejecución de la política de gastos corrientes del Departamento
en bienes y servicios, las propuestas de dotación presupuestaria y la gestión y
seguimiento del capítulo 2 del presupuesto de los servicios centrales y periféricos del
Departamento.
w) El apoyo en la gestión de los medios y recursos de los Comisionados para las
Energías Renovables, Hidrógeno y Almacenamiento; del Ciclo del Agua y Restauración
de Ecosistemas; y para la Economía Circular.
x) Las políticas de igualdad de género.
y) La coordinación de las actividades de gobierno, gestión del dato y gestión de la
calidad del dato del departamento.
z) La organización y gestión del secretariado de la Red de autoridades ambientales
y el punto de contacto del programa LIFE de la Unión Europea.
3. De la Subsecretaría para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
dependen los siguientes órganos directivos:
a) La Secretaría General Técnica.
b) La Dirección General de Servicios.
4. Asimismo, depende de la Subsecretaría la Subdirección General de Relaciones
Internacionales, que ejerce las competencias indicadas en las letras g), h) e i) del
apartado 2.
Además, le corresponde la representación del Ministerio en la Agencia Europea de
Medio Ambiente y en particular en su Consejo de Administración, en su Red de Puntos
Focales Nacionales y en las reuniones de la Red de Agencias Europeas de Medio
Ambiente, y la coordinación de la Red EIONET en España.
La Subdirección General de Relaciones Internacionales ejerce también la
representación del Ministerio en la Red de la Unión Europea para la aplicación y el

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