I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2024-10239)
Real Decreto 503/2024, de 21 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 22 de mayo de 2024
Sec. I. Pág. 58315
ejecución, modernización y seguimiento de infraestructuras de prevención de incendios
forestales, en el ámbito de competencias de la Administración General del Estado.
ñ) La actualización, impulso e implementación de la Estrategia Nacional de Lucha
contra la Desertificación (ENLD) y de su Plan de Acción asociado.
o) El desarrollo del Plan de Actuaciones Prioritarias en materia de restauración
hidrológico-forestal, control de la erosión y defensa contra la desertificación. La
realización, supervisión y control de estudios y proyectos de restauración forestal y
medioambiental y su ejecución mediante obras declaradas de interés general o de
emergencia en terrenos afectados por inundaciones, temporales extraordinarios o
grandes incendios que supongan riesgo inmediato de erosión del suelo o grave peligro
para poblaciones o bienes, en el ámbito de actuación de la Administración General del
Estado.
p) El ejercicio de las funciones en materias de competencia estatal para el
cumplimiento del Reglamento (CE) n.º 2173/2005 del Consejo, de 20 de diciembre
de 2005, relativo al establecimiento de un sistema de licencias FLEGT para las
importaciones de madera en la Comunidad Europea, y del Reglamento (UE) 2023/1115
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de mayo de 2023, relativo a la
comercialización en el mercado de la Unión y a la exportación desde la Unión de
determinadas materias primas y productos asociados a la deforestación y la degradación
forestal (EUDR), así como del Reglamento (UE) n.º 995/2010 del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 20 de octubre de 2010, por el que se establecen las obligaciones de los
agentes que comercializan madera y productos de la madera (EUTR).
q) La aplicación y el seguimiento de la Estrategia Española para la Conservación y
el Uso Sostenible de los Recursos Genéticos Forestales en colaboración con el
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y las comunidades autónomas, y
coordinación y cooperación respecto a la normativa de materiales forestales de
reproducción, sin perjuicio de sus respectivas competencias.
r) La recopilación, digitalización, elaboración y sistematización de la información
forestal para mantener y actualizar la información forestal española en las materias
competencia de la Dirección General y su integración en el Inventario Español de
Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
s) El desarrollo, la implantación y la gestión del Sistema Integrado de Información
de la Biodiversidad en España, para la generación, seguimiento y gobernanza del
conocimiento sobre el patrimonio natural y la biodiversidad.
t) El análisis, la modelización y proyecciones en diferentes escenarios y la provisión
de información y servicios de analítica avanzada sobre el patrimonio natural y la
biodiversidad a los órganos del departamento y a otras administraciones públicas para el
apoyo a la planificación y toma de decisiones en las diferentes políticas públicas.
u) La implantación del gobierno del dato en materia de biodiversidad y patrimonio
natural; así como la remisión de los datos establecidos en los compromisos
internacionales y la transmisión a la sociedad mediante un sistema único de estadísticas
e indicadores, sin perjuicio de las funciones técnicas y, en particular, de carácter
estadístico que correspondan a otros órganos del departamento.
v) La elaboración del Inventario Español del Patrimonio Natural y de la
Biodiversidad, de acuerdo con la Ley 42/2007, de 13 de diciembre; la contabilidad del
patrimonio natural en coordinación con el Instituto Nacional de Estadística; el desarrollo
de la Red EIONET y la función de centro nacional de referencia de la Agencia Europea
de Medio Ambiente en estas materias.
w) La elaboración y coordinación de las operaciones estadísticas incluidas en el
Plan Estadístico Nacional, en coordinación con la Subsecretaría, así como los conjuntos
de datos espaciales incluidos en el Plan Cartográfico Nacional, relativos a las
competencias de la Dirección General.
x) La generación y difusión de información y documentación especializada en
materia de biodiversidad, bosques y desertificación.
cve: BOE-A-2024-10239
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 124
Miércoles 22 de mayo de 2024
Sec. I. Pág. 58315
ejecución, modernización y seguimiento de infraestructuras de prevención de incendios
forestales, en el ámbito de competencias de la Administración General del Estado.
ñ) La actualización, impulso e implementación de la Estrategia Nacional de Lucha
contra la Desertificación (ENLD) y de su Plan de Acción asociado.
o) El desarrollo del Plan de Actuaciones Prioritarias en materia de restauración
hidrológico-forestal, control de la erosión y defensa contra la desertificación. La
realización, supervisión y control de estudios y proyectos de restauración forestal y
medioambiental y su ejecución mediante obras declaradas de interés general o de
emergencia en terrenos afectados por inundaciones, temporales extraordinarios o
grandes incendios que supongan riesgo inmediato de erosión del suelo o grave peligro
para poblaciones o bienes, en el ámbito de actuación de la Administración General del
Estado.
p) El ejercicio de las funciones en materias de competencia estatal para el
cumplimiento del Reglamento (CE) n.º 2173/2005 del Consejo, de 20 de diciembre
de 2005, relativo al establecimiento de un sistema de licencias FLEGT para las
importaciones de madera en la Comunidad Europea, y del Reglamento (UE) 2023/1115
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de mayo de 2023, relativo a la
comercialización en el mercado de la Unión y a la exportación desde la Unión de
determinadas materias primas y productos asociados a la deforestación y la degradación
forestal (EUDR), así como del Reglamento (UE) n.º 995/2010 del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 20 de octubre de 2010, por el que se establecen las obligaciones de los
agentes que comercializan madera y productos de la madera (EUTR).
q) La aplicación y el seguimiento de la Estrategia Española para la Conservación y
el Uso Sostenible de los Recursos Genéticos Forestales en colaboración con el
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y las comunidades autónomas, y
coordinación y cooperación respecto a la normativa de materiales forestales de
reproducción, sin perjuicio de sus respectivas competencias.
r) La recopilación, digitalización, elaboración y sistematización de la información
forestal para mantener y actualizar la información forestal española en las materias
competencia de la Dirección General y su integración en el Inventario Español de
Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
s) El desarrollo, la implantación y la gestión del Sistema Integrado de Información
de la Biodiversidad en España, para la generación, seguimiento y gobernanza del
conocimiento sobre el patrimonio natural y la biodiversidad.
t) El análisis, la modelización y proyecciones en diferentes escenarios y la provisión
de información y servicios de analítica avanzada sobre el patrimonio natural y la
biodiversidad a los órganos del departamento y a otras administraciones públicas para el
apoyo a la planificación y toma de decisiones en las diferentes políticas públicas.
u) La implantación del gobierno del dato en materia de biodiversidad y patrimonio
natural; así como la remisión de los datos establecidos en los compromisos
internacionales y la transmisión a la sociedad mediante un sistema único de estadísticas
e indicadores, sin perjuicio de las funciones técnicas y, en particular, de carácter
estadístico que correspondan a otros órganos del departamento.
v) La elaboración del Inventario Español del Patrimonio Natural y de la
Biodiversidad, de acuerdo con la Ley 42/2007, de 13 de diciembre; la contabilidad del
patrimonio natural en coordinación con el Instituto Nacional de Estadística; el desarrollo
de la Red EIONET y la función de centro nacional de referencia de la Agencia Europea
de Medio Ambiente en estas materias.
w) La elaboración y coordinación de las operaciones estadísticas incluidas en el
Plan Estadístico Nacional, en coordinación con la Subsecretaría, así como los conjuntos
de datos espaciales incluidos en el Plan Cartográfico Nacional, relativos a las
competencias de la Dirección General.
x) La generación y difusión de información y documentación especializada en
materia de biodiversidad, bosques y desertificación.
cve: BOE-A-2024-10239
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 124