III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-10218)
Resolución de 9 de mayo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el III Convenio colectivo del Grupo Acciona Energía.
110 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 123
Martes 21 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 57995
Formación: Titulación universitaria de grado superior o medio o conocimientos
equivalentes equiparados por la empresa, completada con una experiencia dilatada en
su sector profesional. Elevado nivel de inglés.
Tareas: se incluyen, a título enunciativo, las siguientes actividades y todas las que,
por analogía, sean equivalentes a las mismas:
– Funciones que suponen la responsabilidad de ordenar, coordinar y supervisar la
ejecución de tareas heterogéneas de producción, comercialización, ingeniería,
administración, calidad, asesoría jurídica, RR.HH., servicios, construcción, etc. o de
cualquier agrupación de ellas, cuando las dimensiones de la empresa aconsejen esas
agrupaciones.
– Tareas de alto contenido técnico consistentes en prestar soporte con autonomía
media, y bajo directrices y normas que no delimitan totalmente la forma de proceder en
funciones de investigación, control de calidad, vigilancia y control de procesos
industriales, etc.
– Tareas técnicas de dirección y supervisión en el área de contabilidad, consistente
en reunir los elementos suministrados por los colaboradores, confeccionar estados,
balances, costos, provisiones de tesorería, y otros trabajos análogos en base al plan
contable de la empresa.
– Tareas de análisis de sistemas informáticos consistentes en definir, desarrollar e
implantar los sistemas mecanizados tanto a nivel físico como a nivel logístico.
– Comprenden a título orientativo los siguientes puestos:
● Responsable función.
● Coordinadores/as de agrupación.
Nivel 8:
– Coordinación, supervisión, ordenación y/o dirección de trabajos heterogéneos o
del conjunto de actividades dentro de un área de actividad, servicio o departamento.
– Tareas de dirección técnica de alta complejidad y heterogeneidad con elevado
nivel de autonomía e iniciativa dentro de su campo, en funciones de investigación,
control de calidad, definición de procesos constructivos, administración, asesoría jurídico
laboral y fiscal, etcétera.
– Tareas de gestión comercial y de desarrollo de negocio con amplia responsabilidad
sobre un sector geográfico delimitado.
– Tareas técnicas de muy alta complejidad y polivalencia con el máximo nivel de
autonomía e iniciativa dentro de su campo, pudiendo implicar asesoramiento en las
decisiones fundamentales de la empresa.
– Funciones consistentes en planificar, ordenar y supervisar un área, servicio o
departamento con responsabilidad sobre resultados y ejecución de los mismos.
– Comprenden, a título orientativo, los siguientes puestos:
● Jefe/a de sección.
● Jefe/a de operación.
● Jefe/a de mantenimiento.
cve: BOE-A-2024-10218
Verificable en https://www.boe.es
Criterios generales: Las personas trabajadoras pertenecientes a este nivel tienen la
responsabilidad directa en la gestión de una o varias áreas funcionales de la empresa o
realizan tareas técnicas de la más alta complejidad y cualificación. Toman decisiones o
participan en su elaboración, así como en la definición de objetivos concretos.
Desempeñan sus funciones con alto nivel de autonomía, iniciativa y responsabilidad.
Formación: Titulación universitaria de grado superior o conocimientos equivalentes
equiparados por la Empresa y/o con experiencia consolidada en el ejercicio de su sector
profesional. Elevado nivel de inglés.
Tareas: se incluyen, a título enunciativo, las siguientes actividades y todas las que,
por analogía, sean equivalentes a las mismas:
Núm. 123
Martes 21 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 57995
Formación: Titulación universitaria de grado superior o medio o conocimientos
equivalentes equiparados por la empresa, completada con una experiencia dilatada en
su sector profesional. Elevado nivel de inglés.
Tareas: se incluyen, a título enunciativo, las siguientes actividades y todas las que,
por analogía, sean equivalentes a las mismas:
– Funciones que suponen la responsabilidad de ordenar, coordinar y supervisar la
ejecución de tareas heterogéneas de producción, comercialización, ingeniería,
administración, calidad, asesoría jurídica, RR.HH., servicios, construcción, etc. o de
cualquier agrupación de ellas, cuando las dimensiones de la empresa aconsejen esas
agrupaciones.
– Tareas de alto contenido técnico consistentes en prestar soporte con autonomía
media, y bajo directrices y normas que no delimitan totalmente la forma de proceder en
funciones de investigación, control de calidad, vigilancia y control de procesos
industriales, etc.
– Tareas técnicas de dirección y supervisión en el área de contabilidad, consistente
en reunir los elementos suministrados por los colaboradores, confeccionar estados,
balances, costos, provisiones de tesorería, y otros trabajos análogos en base al plan
contable de la empresa.
– Tareas de análisis de sistemas informáticos consistentes en definir, desarrollar e
implantar los sistemas mecanizados tanto a nivel físico como a nivel logístico.
– Comprenden a título orientativo los siguientes puestos:
● Responsable función.
● Coordinadores/as de agrupación.
Nivel 8:
– Coordinación, supervisión, ordenación y/o dirección de trabajos heterogéneos o
del conjunto de actividades dentro de un área de actividad, servicio o departamento.
– Tareas de dirección técnica de alta complejidad y heterogeneidad con elevado
nivel de autonomía e iniciativa dentro de su campo, en funciones de investigación,
control de calidad, definición de procesos constructivos, administración, asesoría jurídico
laboral y fiscal, etcétera.
– Tareas de gestión comercial y de desarrollo de negocio con amplia responsabilidad
sobre un sector geográfico delimitado.
– Tareas técnicas de muy alta complejidad y polivalencia con el máximo nivel de
autonomía e iniciativa dentro de su campo, pudiendo implicar asesoramiento en las
decisiones fundamentales de la empresa.
– Funciones consistentes en planificar, ordenar y supervisar un área, servicio o
departamento con responsabilidad sobre resultados y ejecución de los mismos.
– Comprenden, a título orientativo, los siguientes puestos:
● Jefe/a de sección.
● Jefe/a de operación.
● Jefe/a de mantenimiento.
cve: BOE-A-2024-10218
Verificable en https://www.boe.es
Criterios generales: Las personas trabajadoras pertenecientes a este nivel tienen la
responsabilidad directa en la gestión de una o varias áreas funcionales de la empresa o
realizan tareas técnicas de la más alta complejidad y cualificación. Toman decisiones o
participan en su elaboración, así como en la definición de objetivos concretos.
Desempeñan sus funciones con alto nivel de autonomía, iniciativa y responsabilidad.
Formación: Titulación universitaria de grado superior o conocimientos equivalentes
equiparados por la Empresa y/o con experiencia consolidada en el ejercicio de su sector
profesional. Elevado nivel de inglés.
Tareas: se incluyen, a título enunciativo, las siguientes actividades y todas las que,
por analogía, sean equivalentes a las mismas: