III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2024-10206)
Resolución de 13 de mayo de 2024, de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Salamanca, para la realización de prácticas académicas externas no remuneradas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 123

Martes 21 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 57891

EXPONEN
Primero.
Que la AECID, de conformidad con los artículos 1.1 y 21.1 del Real
Decreto 1403/2007 de 26 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia
Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, es una entidad de Derecho
Público adscrita al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y de Cooperación a
través de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional (SECI).
Segundo.
Que la Universidad de Salamanca es una entidad de derecho público dotada de
personalidad jurídica y plena autonomía, integrada el sector público institucional
conforme a lo establecido en los artículos 2.2 c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 2.2c) de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, teniendo por
objeto el servicio público de la educación superior mediante la investigación, la docencia
y el estudio, a tenor de lo dispuesto en el artículo 1.2 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22
de marzo del sistema universitario, que mantiene el compromiso de contribuir a la
construcción de una sociedad, colaborando con entidades, empresas y agentes sociales,
a cuyo fin conoce las iniciativas que lleva a cabo la AECID, manifestando su voluntad de
colaborar con ella.
Tercero.
Que la formación que ofrece la Universidad de Salamanca debe basarse tanto en la
teoría como en la práctica, proporcionando a los alumnos una orientación profesional
que les permita incorporarse al mercado de trabajo en condiciones idóneas y responder
con eficacia y garantías a las exigencias de la sociedad y de sus instituciones.
Cuarto.
Que la AECID comparte con la Universidad de Salamanca el interés por contribuir a
la formación en materia de cooperación internacional para el desarrollo de titulados
superiores universitarios, y manifiesta su deseo de colaborar en la formación de los
alumnos de ese centro educativo, al objeto de completar sus conocimientos teóricos y
habilidades, a través de la realización de prácticas curriculares y extracurriculares.
Quinto.

Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio para la
participación del alumnado en la AECID, para la realización de prácticas académicas
externas curriculares y extracurriculares no remuneradas, que se regirá por las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del convenio.

El presente convenio tiene por objeto establecer las condiciones por las que
estudiantes de grado y posgrado de la Universidad de Salamanca realizarán un

cve: BOE-A-2024-10206
Verificable en https://www.boe.es

Que de conformidad con lo previsto en el artículo 50.2 de la Ley 40/2015, de 1
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el presente convenio ha sido informado
favorablemente por la Asesoría Jurídica de la AECID y su firma ha sido autorizada por el
Ministerio de Hacienda, con fecha 20 de marzo de 2024.